Ayudas a proyectos de investigación en el ámbito de la calidad democrática (DEMOC)

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Se aprueban las bases y se abre la convocatoria de ayudas a proyectos de investigación en el ámbito de la calidad democrática para el año 2016.

Las ayudas son para proyectos de investigación originales e inéditos en materia de calidad democrática, que permitan obtener resultados científicos y propuestas de intervención aplicables en este ámbito.

El importe máximo destinado a esta convocatoria es de 36.000 euros, con un importe para ayuda de entre 6.000 euros y 12.000 euros.

Los trabajos de investigación deben versar sobre alguno de los temas siguientes:

  • Los retos de la participación on line: análisis de diferentes herramientas y experiencias de participación on line para detectar qué elementos hacen que sean más o menos utilizados por la ciudadanía.
  • La incorporación de las iniciativas sociales en los espacios de toma de decisión: análisis de los elementos que dificultan o facilitan la inclusión de iniciativas sociales en las agendas de los gobiernos, tanto desde la perspectiva de las administraciones como de las propias iniciativas.
  • La participación interna de las organizaciones sin ánimo de lucro: análisis de entidades y plataformas que han logrado dinamizar su participación interna y movilizar más agentes de la sociedad civil.

• La innovación democrática en el mundo local: análisis de experiencias exitosas de participación ciudadana en el ámbito local, tanto en el diseño como en la gestión de políticas, servicios, espacios o equipamientos públicos.

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Plazo de presentación de solicitudes: del 23 de septiembre al 22 de octubre de 2016, ambos incluidos.

Contacto: Neus Sallés (nsalles@gencat.cat) Teléfono: 93 268 87 95

A quién va dirigido

A las universidades que forman parte del sistema universitario catalán y a las entidades públicas o privadas de Cataluña sin finalidad de lucro que tengan la investigación como una de sus actividades principales.

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Plazos

Plazo de presentación de solicitudes: del 23 de septiembre al 22 de octubre de 2016, ambos incluidos.

Documentación

Junto con la solicitud se debe enviar la siguiente documentación:

a) Anexo al formulario de solicitud, donde se especificará:

  1. Título del proyecto
  2. Adscripción a alguno de los ámbitos de investigación señalados en la convocatoria
  3. Antecedentes y estado actual del tema que se propone para la búsqueda
  4. Argumentación de los objetivos, plan de trabajo y cronograma
  5. Organización u organizaciones objeto de estudio
  6. Metodología prevista para la búsqueda
  7. Modelo de seguimiento y evaluación del proyecto
  8. Bibliografía relacionada con la temática
  9. Impacto y aplicabilidad del proyecto, teniendo en cuenta las propuestas de intervención que pueden derivar
  10. Definición del público al que va dirigido la investigación y propuesta de difusión de la investigación más allá de la divulgación científica
  11. Currículum del investigador/a principal y de los miembros del equipo de investigación en relación con el objeto de la convocatoria y el tema de la investigación
  12. Descripción del organigrama de trabajo y coordinación

b) Presupuesto completo y detallado del proyecto, en el que figuren todos los gastos previstos.

c) Las declaraciones responsables, que se incluyen en el formulario de solicitud:

- Declaración responsable del cumplimiento de los requisitos y las condiciones generales establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

- Declaración responsable de no haber solicitado ni recibido ayudas, premios o subvenciones para el mismo proyecto de la Generalidad de Cataluña o de otras administraciones o entidades públicas o privadas nacionales o internacionales.

- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa sobre propiedad intelectual.

- Declaración responsable de no haber sido sancionado por resolución administrativa firme o condenado por sentencia judicial firme por haber ejercido o tolerado prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.

- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad.

- Declaración responsable de erradicación de la violencia machista, de conformidad con el artículo 29 de la Ley 5/2008, de 24 de abril.

- Declaración responsable sobre el cumplimiento de la normativa en materia de política lingüística.

- Declaración responsable de haber adaptado los estatutos según la normativa vigente.

- Declaración responsable de haber cumplido el deber de presentar las cuentas anuales ante el Protectorado.

El formulario de solicitud incorpora una autorización expresa a la AGAUR para hacer las consultas necesarias para verificar los datos de identidad del solicitante, así como para acreditar que el solicitante está al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

En caso de que no se autorice la comprobación, se deberá adjuntar una fotocopia compulsada del documento de identidad y se deberán presentar los certificados acreditativos del cumplimiento de las obligaciones mencionadas.

La presentación de la solicitud de subvención faculta a AGAUR para comprobar la conformidad de los datos que se contienen o se declaran.

Requisitos

Los trabajos deben estar escritos al menos en catalán y deben hacer uso no sexista de los lenguajes (escrito e iconográfico).

Las propuestas deben ser proyectos originales que no hayan recibido financiación de la Generalidad de Cataluña o de otras administraciones o de entidades públicas o privadas y deben crear nuevo conocimiento que tenga aplicabilidad e impacto en la sociedad.

Los proyectos se deben implementar en el periodo máximo de un año a contar desde la publicación de la resolución final de concesión de la ayuda.

Quedan excluidos del objeto de estas ayudas los trabajos de tesis doctoral. Tampoco son subvencionables los proyectos que tengan por objeto la organización y la realización de cursos, seminarios o congresos.

Son gastos subvencionables los derivados de:

  1. La incorporación de personal de apoyo a la investigación, mediante cualquier modalidad de adscripción laboral temporal o becarios/as, de acuerdo con la normativa que sea aplicable al centro que recibe la ayuda.
  2. La adquisición de material inventariable o bibliográfico directamente relacionado con el objeto de la ayuda.
  3. La adquisición de material fungible.
  4. Los desplazamientos para hacer trabajo de campo directamente vinculado a la investigación, hasta un máximo del 20% del importe otorgado.
  5. Otros gastos, debidamente justificados y directamente relacionadas con el logro de los objetivos del proyecto de investigación, hasta un máximo del 20% del importe otorgado.

Los beneficiarios podrán subcontratar servicios o actividades relacionados con el objeto de la ayuda y que no puede asumir directamente el equipo de investigación, siempre que se indique previamente en el presupuesto y no supere el 40% del importe otorgado.

El gasto mínimo, realizado y justificado, de la actividad subvencionada exigible para poder considerar cumplido el objeto y la finalidad de la subvención, no podrá suponer una desviación presupuestaria superior al 20% entre el coste inicialmente presupuestado y el coste final justificado de la actividad subvencionada. En otro caso, el incumplimiento de este gasto mínimo establecido comportará la revocación de la subvención otorgada.

En caso de que el coste final efectivo de la actividad subvencionada sea inferior al coste inicialmente presupuestado por debajo de la desviación prevista en el punto anterior, se reducirá en la misma proporción, la cuantía de la subvención otorgada.

No son gastos subvencionables los gastos derivados de:

  1. Las retribuciones de personal funcionario ni de personal fijo vinculado estatutaria o contractualmente a la entidad solicitante.
  2. La adquisición de equipamiento informático.
  3. Los gastos protocolarios y los costes indirectos.

Tasas

No hay tasas asociadas a este trámite.

Otras Informaciones

En la solicitud se determinará la persona responsable de la ejecución del proyecto.

La ejecución del proyecto corresponde a un equipo de investigación adscrito a la entidad beneficiaria.

Los equipos de investigación deben estar constituidos por:

a) Al menos cuatro personas investigadoras con dos doctores/as, los cuales deben tener dedicación completa y estar vinculados estatutaria o contractualmente a la plantilla universitaria o de la entidad. Una de estas dos personas asume la responsabilidad del proyecto y puede actuar en nombre y representación de la entidad beneficiaria.

Las personas con contratos ICREA, Ramón y Cajal u otros contratos posdoctorales con una duración mínima de dos años computan como miembros del equipo de investigación con vinculación permanente.

b) Una persona de la organización sobre la que verse la investigación.

El resto del equipo puede tener la siguiente composición: personal vinculado contractualmente o estatutariamente a las personas beneficiarias, becarios/as, personal contratado predoctoral o postdoctoral con credencial o personal técnico de apoyo a la investigación, que puede formar parte del equipo siempre que tenga carácter investigador.

c) Pueden formar parte de los equipos de investigación personas vinculadas a otras instituciones o entidades no universitarias ni de investigación relacionadas con el tema de estudio de la propuesta.

No puede constar ninguna persona como miembro de dos o más equipos de investigación.

Los miembros de los equipos de investigación pueden ser de diferentes universidades o centros de investigación, pero el proyecto, a efectos económicos y administrativos, queda vinculado a la institución de adscripción de la persona responsable.

Los beneficiarios de las ayudas deberán cumplir los principios éticos recogidos en los códigos éticos del sector de la investigación.

Plazos
Del23.09.2016al 22.10.2016

La solicitud, de acuerdo con el modelo normalizado (formulario y anexo), la tiene que formalizar la persona responsable del proyecto con el visto bueno del vicerrector/a competente en la materia o de la dirección de la institución solicitante.

El formulario se tiene que enviar telemáticamente y en papel en la sede del AGAUR o a cualquier otro lugar que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Presencialmente


Puntos de tramitación

También se puede presentar en cualquier otro de los lugares que prevé el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.


Oficinas de la administración

Institut de Recerca de L'Energia de Catalunya (IREC)

Otros Jardins de Les Dones de Negre 1, 08930, Sant Adrià de Besòs

Consorci de Comerç, Artesania I Moda de Catalunya

Calle Provença 339, 08037, Barcelona

Grupo de Asisténcia Sanitária y Social (SAGESSA)

Avenida Dr. Josep Laporte 2, 43204, Reus

Consorci Per a la Normalització Lingüística (CPNL)

Calle Mallorca 272, 08037, Barcelona

Tel. 932723100

Consorci Hospitalari de Vic

Calle Francesc Pla, el Vigatà 1, 08500, Vic

Tel. 938891111

Fundación Privada Centro de Investigación en Salud Internacional de Barcelona (CRESIB)

Calle Rosselló 132, 08036, Barcelona

Tel. 932275706

Institut D'Investigacions Biomèdiques August Pi I Sunyer (IDIBAPS)

Calle Rosselló 149-153, 08036, Barcelona

Escola D'Administració Pública de Catalunya (EAPC)

Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

Consorci del Parc Fluvial del Llobregat

Otros Torre de L'Amo de Viladomiu Nou s/n, 08680, Gironella

Tel. 938250689

Cataluña Radio

Avinguda Diagonal 614-616, 08021, Barcelona

Institut Català de Ciències del Clima (IC3)

Calle Doctor Trueta 203, 08005, Barcelona

Autoritat Territorial de la Mobilitat (ATM). Àrea de Girona

Plaza Pompeu Fabra 1, 17002, Girona

Tel. 902627781

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