Autorización para impartir certificados de profesionalidad no financiados con fondos públicos

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Son autorizaciones del Servicio Público de Empleo de Cataluña a centros de formación de iniciativa privada para que puedan impartir, acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad en la modalidad presencial, no financiadas con fondos públicos.
En el marco de este programa se entiende que son centros de iniciativa privada aquellos centros entidades o empresas, de titularidad publica o privada, que impartan acciones formativas no financiadas con fondos públicos provenientes del Servicios Públicos de Ocupación.

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Nuevo procedimiento de autorización a centros y entidades acreditados en el Registro del Servicio Público de Empleo de Cataluña para poder impartir acciones formativas conducentes a la obtención de certificados de profesionalidad en la modalidad presencial con financiación privada.

A quién va dirigido

A empresas, entidades y centros, inscritas, en el Registro de centros y entidades de formación del Servicio Público de Empleo de Cataluña y acreditado para impartir el certificado de profesionalidad correspondiente.

Organismo responsable

Normativa

Documentación relacionada

Solicitar la autorización

Plazos

Este trámite se puede solicitar en cualquier momento.

Requisitos

  1. Reunir els requisits especificats en els reials decrets que regulen els certificats de professionalitat la formació dels quals sol·liciten impartir, tot d'acord amb l'article 12.1 del Reial decret 34/2008.
  2. Estar donat d'alta en el Registre de centres i entitats de formació del SOC i acreditats en els certificats de professionalitat que volen impartir.
  3. Complir les obligacions tributàries davant l'Estat i la Generalitat i les obligacions davant la Seguretat Social.
  4. Mantenir tots els requisits a partir dels quals es va produir l'alta i l'acreditació al Registre de centres i entitats que imparteixen formació professional per a l'ocupació, especialment pel que fa a espais, instal·lacions, dotacions, equipaments i personal docent en referència al certificat de professionalitat que volen impartir.
  5. Disposar dels mitjans tècnics, humans i materials necessaris per realitzar funcions de programació, coordinació i control intern de l'acció formativa.
  6. Disposar del document acreditatiu de la solidesa de l'immoble o immobles on s'impartiran les accions, expedit/s i visat/s a partir dels 4 anys anteriors a la data de sol·licitud d'autorització.

Tasas

Las tasas a abonar por la autorización de las acciones formativas son las siguientes:

  1. En el momento de pedir la solicitud de autorización para impartir acciones formativas dirigidas a la obtención de certificados de profesionalidad no financiadas con fondos públicos: 136,50 ? (hace falta tener en cuenta que a esta tasa se le aplicará el 10% de bonificación que prevé la ley 2/2014, de medidas fiscales, administrativas y financieras y del sector público, para las solicitudes por medios electrónicos, por lo cual quedará determinada en 122,85 ?).
  2. Una vez recibida la autorización para impartir las acciones formativas: 483 ? por cada acción formativa autorizada, en concepto de seguimiento, control y evaluación. Las acciones formativas autorizadas no se podrán iniciar hasta que no se haya hecho efectivo el pago de esta tasa.

Estas tasas están reguladas por el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalitat de Catalunya. Se ha aplicado el incremento determinado en el artículo 44 de Ley 2/2015, de 11 de marzo, de presupuestos de la Generalidad de Cataluña para 2015.

Plazos

Del20.06.2014

Por internet

La solicitud se tiene que tramitar mediante el formulario genérico.
Paso 1. Informar en la aplicación informática del SOC (GIA), los datos de las acciones formativas que se quieren impartir, de acuerdo con las instrucciones de la Guía para la solicitud y gestión de acciones formativas asociadas a certificados de profesionalidad con financiación privada. Una vez cumplimentado, el GIA generará en formato PDF el documento. Una vez cumplimentado, el GIA generará en formato PDF el documento Anexo de datos específicos de la solicitud de autorización para impartir las acciones formativas de certificados de profesionalidad no financiadas con fondos públicos realizadas por empresas y centros de iniciativa privada en Cataluña. Temporalización de las acciones formativas y declaraciones responsables" (G146NCPRO-019-00).
En este documento se incluye la declaración responsable del cumplimiento de los requisitos.
Paso 2. Rellenar la solicitud genérica (enlace 'Solicitar la autorización'). En el apartado "Objeto de la solicitud" el interesado tiene que hacer constar "Solicitud de autorización para impartir las acciones formativas de certificados de profesionalidad no financiadas con fondos públicos".
Paso 3. Adjuntar el anexo de datos específicos generado por el GIA a la solicitud genérica y enviar.
Paso 4. Hacer el ingreso de la tasa de autorización. Una vez enviada la solicitud el sistema generará un acuse de recibo y una carta de pago de la tasa de autorización. Esta tasa se tiene que hacer efectiva en el plazo de 10 días hábiles a partir de la fecha de recibo de la carta de pago. Si transcurrido este plazo no se ha abonado el importe correspondiente, se entenderá la solicitud como desestimada y se cerrará el procedimiento.
El formulario genérico, se puede firmar con certificado digital o con firma manuscrita. En este último caso el mismo sistema informático indicará al interesado el lugar y el plazo para ir a firmar la solicitud presentada.

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Tel. 932275706

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Carrer Girona 20, 08010, Barcelona

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