200750241-Reconocimiento de la situación de dependencia

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Tramita Presencialmente

Consiste en

Obtener el reconocimiento del grado de dependencia y el derecho a las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia.

Requisitos

  1. Estar en situación de dependencia (en alguno de los grados establecidos en el Real Decreto 174/2011, de 11 de febrero, BOE nº 42, de 18 de febrero de 2011).

  2. Residir en territorio español, y haberlo hecho durante 5 años, 2 de los cuales serán inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.

  3. Para los menores de 5 años esta exigencia se aplicará a quien ejerza su guarda y custodia.

  4. Las personas que no tengan la nacionalidad española, se regirán por lo establecido en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero. En caso de menores que carezcan de nacionalidad española, se tendrán en cuenta las leyes del menor vigentes, tanto en el ámbito estatal como en el autonómico, así como en los tratados internacionales.

  5. En el caso de emigrantes retornados que no cumplan con el requisito de la residencia, podrán solicitar el acceso a prestaciones asistenciales con igual contenido y extensión que las establecidas para las personas dependientes, siempre que acrediten su condición.

  6. Residir en cualquier concejo del Principado de Asturias a la fecha de presentación de la solicitud.

Necesitas

  1. Solicitud en modelo normalizado.

  2. Infome de salud (a facilitar en el centro de salud de referencia).

  3. Autorización de consulta para verificación de los datos de convivientes.

  4. Autorización de consulta para verificación de datos del solicitante.

  5. Cuando no se acredite la residencia durante 5 años en territorio español:

    • certificados acreditativos adicionales de este requisito.
    • Acreditación de la representación legal.

    • Copia del documento nacional de identidad.

    • Autorización para representación voluntaria.

    • Copia del documento nacional de identidad.

    • Ficha de acreedores.

    • Declaración responsable de la persona cuidadora (según el modelo establecido).

    • En el caso de que no exista relación de parentesco hasta el tercer grado:

      • certificado de empadronamiento de la persona cuidadora de, al menos, 1 año en el mismo municipio o en otro vecino.
    • Original de la última factura emitida por el centro o entidad prestadora del servicio.

    • Ficha de acreedores.

    • Ficha de acreedores.

    • Copia del contrato suscrito con el asistente personal o el centro prestador del servicio, que deberá estipular el importe.

    • Copia del documento nacional de identidad.

    • En caso de separación, divorcio o ruptura de una situación de análoga naturaleza a la conyugal:

      • copia de la sentencia y, de existir, del convenio regulador de los efectos patrimoniales y económicos que se deriven de ello, en el que consten la existencia o no de pensiones compensatorias o de alimentos y su importe actualizado. En caso de incumplimiento del abono de dichas pensiones:
        • documento que acredite que se han ejercido las acciones judiciales oportunas para su cobro (excepto en los casos en que existan malos tratos).
    • En caso de que el solicitante o sus convivientes fueran perceptores de pensiones o prestaciones públicas de otros Estados:

      • certificado emitido por la entidad pagadora con sus importes anuales y revalorizaciones (o documentación acreditativa de las mismas).
    • En caso de que el solicitante fuera titular de bienes o derechos de contenido económico sometidos a cargas o gravámenes:

      • documentación acreditativa de las mismas (hipotecas, préstamos...).
  6. Si te opones a que el Principado de Asturias recabe información en otras Administraciones Públicas o estos documentos no han sido aportados anteriormente a cualquier Administración, necesitas además:
  7. Certificado de empadronamiento en un concejo del Principado de Asturias a la fecha de presentación de la solicitud.

  8. Documento nacional de identidad o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de la persona extranjera residente en territorio español.

Te interesa saber

  1. RECONOCIMIENTO DEL DERECHO A LA PRESTACIÓN

    La presentación de la documentación necesaria para la elaboración del programa individual de atención en el momento de la solicitud, no conllevará necesariamente el reconocimiento del derecho a la prestación a que se refiera, sino que esta se determinará por parte de los órganos competentes, que verificarán el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada tipo de prestación, y que esta es el modo de intervención más idóneo para la persona dependiente según su situación y circunstancias.

  2. LISTADO DE SERVICIOS SOCIALES

    Para facilitar la presentación de la solicitud se adjunta listado de los centros de servicios sociales existentes en el Principado de Asturias a los que deberán acudir en función del lugar de empadronamiento de la persona dependiente. (Ver: "Más información > Centros municipales de servicios sociales").

  3. VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA

    Será necesario que la persona que figure como cuidador no profesional se encuentre presente en el momento de la valoración de la situación de dependencia, salvo que justifique por escrito su ausencia por motivos laborales o de salud.

  4. TIPOS DE PRESTACIONES

    Se adjunta listado con la descripción de los diferentes tipos de prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia. (Ver: "Más información > Prestaciones del Sistema de Dependencia").

Plazo de solicitud

Todo el año

Cómo solicitarlo

Paso 1:

Descarga la solicitud.

Descargar formularios de solicitud


Paso 2:

Cumpliméntala.

Paso 3:

Preséntala en el lugar indicado.

Dónde

En el centro de servicios sociales del ayuntamiento donde esté empadronado el solicitante.

Te respondemos mediante

1. Notificación por correo certificado con acuse de recibo

Recursos

1.Recurso potestativo de reposición o contencioso-administrativo

Tu solicitud será tramitada por

Servicio de Gestión de Prestaciones por Dependencia

Tu solicitud será resuelta por

CONSEJERÍA DE SERVICIOS Y DERECHOS SOCIALES

Código: 200750241

Más información


Oficinas de la administración

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Calle La Minería 1, 33011, Oviedo

Tel. 985108009

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Calle Suárez de la Riva 11, 33007, Oviedo

Consejería de Empleo, Industria y Turismo

Plaza España 1, 33007, Oviedo

Servicio de Salud del Principado de Asturias

Plaza Del Carbayón 1 y 2, 33001, Oviedo

Consejería de Servicios y Derechos Sociales

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Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales

Calle Coronel Aranda 2, 33005, Oviedo

Instituto Asturiano de Administración Pública "Adolfo Posada"

Avenida Julián Clavería 11, 33006, Oviedo

Tel. 985108400

Consejería de Educación y Cultura

Calle Coronel Aranda 2, 33071, Oviedo

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