Recuperación de permiso de conducción

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

Pérdida de vigencia de la autorización declarada por haber perdido la totalidad de los puntos

Su titular podrá obtener nuevamente un permiso o licencia de conducción de la misma clase de la que era titular y con la misma antigüedad, previa realización y superación con aprovechamiento de un curso de sensibilización y reeducación vial de recuperación del permiso o la licencia de conducción de 24 horas, en centro de formación autorizado, cuyo coste será a cargo del interesado, y posterior superación de la prueba de control de conocimientos sobre las materias descritas en la Orden INT/2596/2005, de 28 de julio, por la que se regulan los cursos de sensibilización y reeducación vial para los titulares de un permiso o licencia de conducción.

La información de los centros de formación autorizados puede consultarse en la página web o solicitarse en la Jefatura Provincial de Tráfico.

La prueba podrá realizarse en cualquier Jefatura Provincial de Tráfico, a la que el interesado dirigirá una solicitud, en el modelo oficial, acompañada de los siguientes documentos:

a) DNI o NIE, así como el consentimiento, en su caso, para que sus datos de identidad personal puedan ser consultados mediante el Sistema de Verificación de Datos.

De no constar su consentimiento, fotocopia del DNI o, en el caso de extranjeros, fotocopia de la tarjeta de estudiante, de la Tarjeta de Identidad de Extranjero, o de la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. En el caso de ciudadanos de la UE o EEE o de cualquier otro Estado al que se extienda por Convenio Internacional el régimen previsto para los anteriores, copia de su certificado de registro, al que deberán acompañar asimismo copia de su DNI o pasaporte.

Los documentos deberán estar en vigor.

b) Una fotografía reciente de 32 por 26 mm, en color y con fondo claro, liso y uniforme, tomada de frente con la cabeza totalmente descubierta, y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.

c) Informe de aptitud psicofísica por centro de reconocimiento de conductores autorizado.

d) Talón-foto

e) Copia de la certificación prevista en el anexo b) de la Orden INT/2596/2005, de 28 de julio, expedida por el centro autorizado para impartir los cursos de sensibilización y reeducación, de que el interesado ha realizado y superado con aprovechamiento un curso de recuperación del permiso o la licencia o certificado de haber realizado y superado con aprovechamiento el ciclo adicional correspondiente, en los casos en que proceda.

f) El trámite devenga el paso de una tasa II.3

Pérdida de vigencia por condena judicial superior a 2 años

El titular de una autorización para conducir que haya perdido su vigencia por haber sido condenado a la pena de privación del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores por tiempo superior a dos años podrá obtener nuevamente un permiso o licencia de conducción de la misma clase de la que era titular y con la misma antigüedad, una vez cumplida la condena y previo cumplimiento de los requisitos exigidos en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ( el mismo curso y examen que para recuperar el permiso por agotamiento del saldo de puntos) y posterior superación de la prueba de control de conocimientos.

Si la condena es igual o inferior a dos años, para volver a conducir, únicamente deberá acreditar haber superado con aprovechamiento el curso de sensibilización y reeducación vial

Enlaces de interés

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.