Plazo indefinido
Centros que ofrecen, atención preventiva, rehabilitadora y de cuidados personales, así como vivienda permanente y atención integral a las personas mayores que, por su situación socio-familiar, no puedan ser atendidos en sus propios domicilios y requieran ser ingresadas en un centro residencial.
Estas residencias están integradas en la red pública de la Comunidad de Madrid, ya sean propias, concertadas o gestionadas
1. Tener 65 años cumplidos.
2. Acreditar la residencia en la Comunidad de Madrid durante los dos últimos años anteriores a la solicitud.
3. No padecer enfermedad infecto-contagiosa, ni cualquier otra que requiera atención permanente y continuada en Centros Hospitalarios.
Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad
Organismo Autónomo Agencia Madrileña de Atención Social
Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad
D.G. de Atención al Mayor y a la Dependencia
Cuando por causas de fuerza mayor, debidamente acreditadas, no pueda ser ocupada la plaza en la fecha establecida por el Centro Residencial, el interesado, antes de dicha fecha podrá solicitar el aplazamiento del ingreso en el centro por un máximo de tres meses contados desde el vencimiento del plazo indicado.
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Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad
D.G. de Atención al Mayor y a la Dependencia
El listado de residencias y la información sobre el servicio a los residentes, puede consultarse en el apartado información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
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PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Consejería de Presidencia
D. G. de Cooperación con el Estado y la Unión Europea
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Históricas cerradas Fin:12 agosto 2016
RESULTADOS DE LA LICITACIÓN | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|
Nºlote | Nºofertas | Resultado | NIF adjudicatario | Nombre o razón social adjudicatario | Importe adjudicación (sin IVA) | Importe adjudicación (con IVA) |
6 | Formalizado | A59202861 | CESPA GESTIÓN DE RESIDUOS S.A.U. | 19.554,2 | 21.509,62 |
PRÓRROGAS DE CONTRATO | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|
Fecha Aprobación | Nºlote | NIF contratista | Nombre o razón social contratista | Importe prórroga (sin IVA) | Importe prórroga (con IVA) | Variación plazo ejecución |
10/07/2017 | A59202861 | CESPA GESTION DE RESIDUOS, S.A.U. | 19.554,2 | 21.509,62 | 12 Meses |
Actas de las mesas, licitadores y documentación complementaria (4)
Pliegos de condiciones (2)
Composición de la Mesa de Contratación
Publicación de la licitación en el BOCM
Prórroga del contrato (Publicado el 18 agosto 2017 13:01)
Acceso al tablón de anuncios >
Adjudicación del contrato (Publicado el 15 diciembre 2016 15:01)
Anuncio de la formalización del contrato (Publicado el 15 diciembre 2016 15:01)
Plazo indefinido
Solicitud de revisión de la tipificación del vertido, de Uso industrial a Uso doméstico y asimilado y viceversa, a fin de que el Canal de Isabel II realice las modificaciones oportunas en la tarifa aplicada por el servicio de depuración de aguas residuales.
Solicitud de revisión de coeficiente K aplicado al concepto por depuración, que pondera la contaminación de los vertidos industriales.
En el apartado Gestión, de Información relacionada, en la columna de la derecha, puede encontrar las instrucciones para la cumplimentación del informe de una caracterización del vertido reciente.
* Decreto 154/1997, de 13 de noviembre, sobre normas complementarias para la valoración de la contaminación y aplicación de tarifas por depuración de aguas residuales. (BOCM de 27 de noviembre de 1997)
* Ley 10/1993, de 26 de octubre, sobre Vertidos Líquidos Industriales al Sistema Integral de Saneamiento. (BOCM de 12 de noviembre de 1993. Corrección de errores: BOCM de 27 de diciembre de 1994)
* Resolución de 10 de diciembre de 2009, del Director General del Medio Ambiente, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes correspondientes a diversos procedimientos (BOCM nº 308, de 29 de diciembre).
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Sostenibilidad y Cambio Climático
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Descarga Track de la senda (consultar apartado información relacionada).
Referencia 271695
Recorrido por la parte alta de los cortados del río Jarama en el paraje conocido como "El Piul", dentro del Parque Regional del Sureste, con interesantes vistas panorámicas de toda la comarca de Las Vegas.
Más información en > www.sendasdemadrid.es
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
Referencia 680826
Recorrido corto de algo más de 6 km que recorre los campos del suroeste de Hoyo de Manzanares por un terreno cómodo. Durante el recorrido se pueden admirar vistas del Valle de los Caídos, el Monte de Abantos o el Canto del Pico.
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
Programas:
Referencia 680827
Itinerario de menos de 4 km que nos lleva a la Cascada del Covacho, pequeño salto de agua que cae entre piedras de granito. En este lugar se puede descansar y disfrutar de la naturaleza para luego volver al punto de partida en Hoyo de Manzanares.
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
Programas:
Referencia 680828
Ruta de 11 km que entre encinas y enebros recorre la zona sur de Hoyo de Manzanares disfrutando de magníficas vistas de la sierra de este municipio.
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
Programas:
Perfil Senda Ruta de los Carboneros >