Comunidad de Madrid

  • Plazo indefinido 
    • Referencia


      77615

      ¿Qué es? >

    • Procedimiento para adjudicación directa de locales en arrendamiento, propiedad del Agencia de Vivienda Social, a favor de Organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan por objeto el desarrollo de actividades calificadas de interés público o social.

      ¿Quién puede? >

    • 1. Tratarse de una organización sin ánimo de lucro
      2. Solvencia económica de la organización

      ¿Qué necesitas presentar? >

      ¿Cómo lo solicito? >


    • En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
      Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
      a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
      Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los
      Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

      Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
      Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
      Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
      Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

      b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
      Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro
      de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

      Tramitación >

    • Una vez recibida la solicitud se dará traslado de la misma al Departamento correspondiente, se realizarán las comprobaciones oportunas de la documentación presentada; tras ello se realizará el estudio para la viabilidad de la adjudicación del local en régimen de arrendamiento.
      Se remitirá al solicitante por correo ordinario una resolución y con el procedimiento a seguir en el caso de que resulte adjudicatario de un local comercial.

      Normativa Aplicable >

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras
      Organismo autónomo Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid

    Gestión

  • Históricas cerradas Fin:03 octubre 2016

    • Estado de la licitación


      Resuelta
    • Tipo resolución


      Formalizado
    • Tipo Publicación


      Convocatoria anunciada a licitación
    • Objeto del contrato


      Ascensor y sectorización contra incendios en el IES Villablanca de Madrid.
    • Código CPV


      45214220-8
    • Compra pública innovadora


      No
    • Número de expediente


      A/OBR-006462/2016
    • Referencia


      832386
    • Tipo de contrato


      Obras
    • Entidad adjudicadora


      Consejería de Educación y Juventud
    • Código NUTS

      ES300
    • Procedimiento Adjudicación


      Abierto
    • Valor estimado sin I.V.A


      97.093,96 euros
    • Formalización del contrato publicada en BOCM el


      18 mayo 2017
    • Presupuesto base licitación (sin impuestos)


      97.093,96 euros
    • Presupuesto base licitación. Importe total


      117.483,69 euros

    • Duración del contrato


      2 Meses
    • Fecha límite de presentación


      03 octubre 2016 14:00
    • Fecha publicación de la licitación en el BOCM


      05 septiembre 2016
    • Puntos de Información



      * Obtención de documentación e información:

      - Consejería de Educación, Juventud y Deporte. Calle Santa Hortensia, número 30, segunda planta. 28002 Madrid. Teléfono: 91 732 50 39 / 27. Fax: 91 732 50 26 / 25.

      - Oficinas de Atención al Ciudadano.

      * Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:

      - Registro de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. Calle Santa Hortensia, número 30, planta baja. 28002 Madrid.

      * Apertura de ofertas:

      - Sala de Juntas de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, Calle Santa Hortensia, número 30, planta baja. 28002 . Madrid. Día 5 de octubre de 2016, a las 10:00 h.

      - Resultado de la calificación de la documentación administrativa: se comunicará en el “perfil del contratante” de la página web de la Comunidad de Madrid (http://www.madrid.org/contratospublicos).
    • Adjudicación del contrato publicada el


      04 mayo 2017
    • RESULTADOS DE LA LICITACIÓN
      Nºlote Nºofertas Resultado NIF adjudicatario Nombre o razón social adjudicatario Importe adjudicación (sin IVA) Importe adjudicación (con IVA)
      7 Formalizado B84384296 IC-10 PROYECTOS TÉCNICOS Y CONSTRUCCIONES, S.L 72.791,34 88.077,52

    Gestión

    Actas de las mesas, licitadores y documentación complementaria (5)

    Pliegos de condiciones (1)

    Composición de la Mesa de Contratación

    Publicación de la licitación en el BOCM

    Proyecto

    Adjudicación del contrato (Publicado el 04 mayo 2017 17:31)

    Publicación de la formalización en el BOCM

  • Históricas cerradas

    Inicio: 27 junio 2016 | Fin: 04 julio 2016

    • Referencia


      563709

    ¿Qué es? >

    • Acceso a la información sobre la asignación de destinos provisionales al personal docente no universitario para el curso escolar 2016-2017 en el Cuerpo de Maestros.
    • Calendario de actuaciones


      28/07/2016 Relación de aspirantes que deberán presentar en la Dirección de Área Territorial correspondiente, el certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales
      (Ver listados en el apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha)
      27/07/2016 Adjudicación informática definitiva, Vacantes y relación definitiva de puestos de carácter voluntario
      (Ver listados en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      15/07/2016 Adjudicación informática provisional, Vacantes y relación provisional de puestos de carácter voluntario
      (Ver listados en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      * Reclamaciones: Del 16 al 18 de julio de 2016.
      (Ver modelo alegaciones en el apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha)
      * Podrán presentar escrito de alegaciones preferentemente, a través del Fax nº 91 276 77 95

      Para la renuncia a puestos voluntarios, se realiza a través de la siguiente aplicación
      29/06/2016 Relación de funcionarios de carrera, en prácticas y aspirantes a interinidad que han presentado instancia para la asignación de puestos docentes
      (Ver listados en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      * Reclamaciones: Hasta el 5 de julio de 2016.
      (Ver modelo alegaciones en el apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha)
      27/06/2016 Nueva apertura de plazo: del 27 de junio al 4 de julio de 2016.
      NOTA: Presentación de instancia informatizada solicitando centros aquellos maestros, funcionarios de carrera, que hayan visto modificada su situación después del 23 de mayo de 2016.

    ¿Quién puede? >

    • Los

      requisitos

      de los participantes se podrán consultar en el apartado Información Relacionada, a la derecha de esta ficha.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    • Solicitud

      informatizada de participación en el proceso.

      Solicitudes de comisión de servicios de carácter personal:

      1. Documentación original acreditativa de la situación personal o familiar alegada en la solicitud de comisión de servicios.
      2. Solicitud de petición de centros.
      3. Hoja de servicios, certificación o documentación que justifique la antigüedad en el Cuerpo.
      4. Quienes hubieran disfrutado en el presente curso de una comisión de servicios de carácter humanitario, deberán acompañar a la documentación el informe del Director del centro en el que se hayan prestado servicios, que no será vinculante.

      Además, si proceden de otra Comunidad Autónoma:

      1. Documentación que certifique las especialidades para las que se encuentra habilitado.
      2. Documentación que acredite la puntuación obtenida en el procedimiento selectivo en que obtuvo el ingreso en el Cuerpo.

      Maestros que deseen reingresar en el curso 2016-2017:

      1. Escrito dirigido a la Directora General de Recursos Humanos solicitando el reingreso.
      2. Copia de la resolución por la que se les declara en excedencia, si pasó a esta situación antes del 1 de julio de 1999
      3. Hoja de servicios o documentación que justifique la antigüedad en el Cuerpo.
      4. Solicitud de petición de centros cumplimentada en el impreso.

      Si desea actuar por medio de representante, deberá consignar sus datos en el apartado correspondiente de la solicitud, y presentar:

      1. Copia del DNI del representante o autorizar su consulta.
      2. Documento de otorgamiento de la representación.

    ¿Cómo lo solicito? >

    • Trámite no disponible, fuera de plazo.
      - La tramitación de las solicitudes se efectúa mediante el acceso a la aplicación para cumplimentar la solicitud de petición de puestos ordinarios y voluntarios (Consultar apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha).
      - Los participantes con certificado electrónico, una vez cumplimentada la solicitud pueden presentarla por vía telemática. También podrán consultar la solicitud presentada en el curso 2015-2016, recuperarla y efectuar las modificaciones que deseen para el curso 2016-2017, siendo válidos, únicamente los datos de la última registrada.
      - Los participantes sin certificado electrónico deberán inscribir la solicitud a través de la aplicación de ayuda a la cumplimentación y una vez cumplimentada, deben imprimir el documento, firmarlo y presentarlo en soporte papel.

      Lugar de presentación

      - Las solicitudes cumplimentadas y presentadas a través del Registro Telemático de la Consejería de Educación Juventud y Deporte no necesitan su presentación en soporte papel.
      - Los maestros que prestan servicios durante el presente curso escolar 2015-2016 en un centro público de la Comunidad de Madrid y cumplimenten su solicitud sin certificado electrónico, excepto el tipo K (maestros que solicitan una comisión de servicios), podrán entregarla en el registro de la secretaría del centro.

      - En el resto de los casos, lo harán en las Direcciones de Área Territorial o en las oficinas a que se refiere la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común en su artículo 38.4.

      Información adicional >

      Anexos I, II, III, IV, V (ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha)

      Normativa Aplicable >

        • * Resolución de 12 de mayo de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se dictan las instrucciones y se establece el calendario para la asignación de puestos docentes a los maestros funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas y los aspirantes a interinidad para el curso escolar 2016-2017, en los centros públicos de la Comunidad de Madrid (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).
          * Normas de procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües a los maestros funcionarios de carrera sin destino, los funcionarios pendientes de la realización de la fase de prácticas y los aspirantes a interinidad y para la formación de listas de aspirantes a interinidad de puestos de carácter voluntario para el curso escolar 2016-2017, (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Educación y Juventud

      D. G. de Recursos Humanos

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Listados (17)

    Información relacionada

  • Históricas cerradas

    Inicio: 28 junio 2016 | Fin: 15 julio 2016

    • Referencia


      563710

    ¿Qué es? >

    • Acceso a la información sobre la asignación de puestos docentes al profesorado sin destino, de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Formación Profesional, Régimen Especial y Enseñanzas Artísticas Superiores, para el curso 2016-2017.
    • Calendario de actuaciones

      07/09/2016

      Citación profesorado funcionario de carrera sin destino, de las especialidades de Dibujo (Secundaria) e Italiano (EOI) y Música (Secundaria) y Servicios a la Comunidad (Técnicos FP).
      (Ver llamamientos, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)

      05/09/2016 Anulación listado definitivo de adjudicación informática especialidad Violoncello y autorización de la nueva asignación para dicho cuerpo y especialidad.
      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      30/08/2016 Anulación listado definitivo de adjudicación informática especialidad Operaciones de Producción Agraria y autorización de la nueva asignación para dicho cuerpo y especialidad
      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      29/07/2016 Adjudicación definitiva de Interinos y Prácticas.
      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      29/07/2016 Relación de listados de la adjudicación informática definitiva de puestos docentes a los profesores en situación de desplazados y cese voluntario, derecho preferente, expectativa, comisiones de servicio y reingresados que han solicitado puestos de carácter voluntario.
      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      21/07/2016 Adjudicación provisional de Interinos y Prácticas.

      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      * Reclamaciones: Días 22 y 23 de julio de 2016.

      Estos escritos de alegaciones se presentarán preferentemente por Fax :91 276 77 95.

      21/07/2016 Relación de listados de la adjudicación informática provisional de puestos docentes a los profesores en situación de desplazados y cese voluntario, derecho preferente, expectativa, comisiones de servicio y reingresados que han solicitado puestos de carácter voluntario.
      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      * Reclamaciones: Días 22 y 23 de julio de 2016

      Estos escritos de alegaciones se presentarán preferentemente por Fax :91 276 77 95.
      14/07/2016 Relación provisional de profesores en situación de desplazados y cese voluntario, derecho preferente, expectativa, comisiones de servicio y reingresados * Reclamaciones: Hasta el 18 de julio de 2016
      (Ver modelo alegaciones en el apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha)
      12/07/2016 Calendario para la asignación de plazas, al profesorado de las Enseñanzas Artísticas Superiores de Música, Danza y Arte Dramático y de Artes Plásticas y Diseño
      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      11/07/2016 Prórrogas de las listas definitivas.
      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      29/06/2016 Prórrogas de las listas provisionales.
      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      * Reclamaciones: Hasta el 5 de julio de 2016
      (Ver modelo alegaciones en el apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha)
      29/06/2016 Relación de funcionarios de carrera, en prácticas y aspirantes a interinidad que han presentado instancia para la asignación de puestos docentes.
      (Ver listados, en el apartado Gestión/listados en la columna derecha de esta ficha)
      * Reclamaciones: Hasta el 5 de julio de 2016
      (Ver modelo alegaciones en el apartado Gestión, en la columna derecha de esta ficha)
      28/06/2016 Nueva apertura de plazo: del 28 de junio al 15 de julio de 2016.
      NOTA: Petición de puestos por los nuevos profesores desplazados que no hayan presentado la solicitud anteriormente.

    ¿Quién puede? >

    • Los

      requisitos

      de los participantes se podrán consultar en el apartado Información Relacionada, a la derecha de esta ficha.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    • 1.

      Solicitud

      informatizada de participación en el proceso.

      Los funcionarios de carrera que deseen solicitar comisión de servicios, lo harán mediante escrito que adjuntarán a la solicitud, dirigido a la Directora General de Recursos Humanos, acompañado de la siguiente documentación:

      1. Documentación original acreditativa de la situación personal o familiar que aleguen en la solicitud de comisión de servicios.
      2. Solicitud de Petición de centros referida en el apartado 3 de estas normas.
      3. Hoja de servicios, certificación o documentación que justifique la antigüedad en el Cuerpo.
      4. Quienes hubieran disfrutado en el presente curso de una comisión de servicios de carácter humanitario, deberán acompañar a la documentación el informe del Director del centro en el que se hayan prestado servicios, que no será vinculante.

      Además, si proceden de otra Comunidad Autónoma:

      1. Documentación que certifique las especialidades para las que se encuentra habilitado.
      2. Documentación que acredite la puntuación obtenida en el procedimiento selectivo en que obtuvo en ingreso en el Cuerpo.

    ¿Cómo lo solicito? >

    • Trámite no disponible, fuera de plazo.
      Lugar de presentación

      - Las solicitudes cumplimentadas y presentadas a través del Registro Telemático de la Consejería de Educación Juventud y Deportes no necesitan su presentación en soporte papel.

      Las solicitudes cumplimentadas sin certificado electrónico se podrán presentar en los siguientes lugares:

      ? En el Registro Auxiliar de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. C/ Santa Hortensia, 30. 28002 Madrid.
      ? En el Registro General de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. en C/ Gran Vía, 20. 28013 Madrid.
      ? En los Registros de las Direcciones de Área Territorial de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte.
      ? En la Oficinas de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid. C/ Gran Vía, 3. 28013 Madrid.
      ? O en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.

      No se admitirá ninguna solicitud de petición de puestos de carácter ordinario, voluntario y bilingüe fuera del plazo de presentación de solicitudes o que no haya sido cumplimentada y generada a través de la aplicación informática

      Información adicional >

      Anexos I, II, III, IV, V (ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).

      Normativa Aplicable >

        • * Resolución de 12 de mayo de 2016, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se dictan las instrucciones y se establece el calendario para la asignación de puestos docentes al profesorado funcionario de carrera sin destino, en prácticas, seleccionados en los procedimientos selectivos de 2016 y aspirantes a interinidad, de los cuerpos de catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, y catedráticos, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño, para el curso escolar 2016-2017, en los centros públicos de la Comunidad de Madrid (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha)
          * Normas de procedimiento para la asignación de puestos ordinarios, voluntarios y bilingües al profesorado funcionario de carrera sin destino, en prácticas, seleccionados en los procedimientos selectivos de 2016 y aspirantes a interinidad, de los cuerpos de: catedráticos y profesores de enseñanza secundaria, profesores técnicos de formación profesional, catedráticos y profesores de escuelas oficiales de idiomas, profesores de música y artes escénicas, y catedráticos, profesores y maestros de taller de artes plásticas y diseño, y para la formación de listas de aspirantes a interinidad para puestos de carácter voluntario, para el curso escolar 2016-2017 (Ver apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha).

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Educación y Juventud

      D. G. de Recursos Humanos

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Listados (56)

    Información relacionada

  • Históricas cerradas

    • Estado de la licitación


      Resuelta
    • Tipo Publicación


      Contratos adjudicados por procedimientos sin publicidad
    • Objeto del contrato


      Asistencia jurídica para la defensa letrada de Nuevo Arpegio S.A.
    • Código CPV


      90919200-4
    • Compra pública innovadora


      No
    • Número de expediente


      3/2016
    • Referencia


      712807
    • Tipo de contrato


      Servicios
    • Entidad adjudicadora


      Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad ? Empresa Pública Obras de Madrid. Gestión de Obras e Infraestructuras, S.A.
    • Código NUTS

      ES300
    • Procedimiento Adjudicación


      Normas internas
    • Valor estimado sin I.V.A


      230.000 euros
    • Presupuesto base licitación (sin impuestos)


      230.000 euros
    • Presupuesto base licitación. Importe total


      278.300 euros

    • Adjudicación del contrato publicada el


      28 junio 2016
    • Otros Anuncios


      * Certificado de empresas invitadas publicado el: 28 de junio de 2016
    • RESULTADOS DE LA LICITACIÓN
      Nºlote Nºofertas Resultado NIF adjudicatario Nombre o razón social adjudicatario Importe adjudicación (sin IVA) Importe adjudicación (con IVA)
      2 Adjudicado B81709081 J & A GARRIGUES S.L.P. 225.000 272.250

    Gestión

    Pliegos de condiciones (1)

    Acceso al tablón de anuncios >

    Adjudicación del contrato (Publicado el 28 junio 2016 11:30)

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      2398
    • ¿Qué es?



      Autorizaciones de transporte privado complementario de viajeros en autobús (VPC) o aprobación de modificaciones relativas a las mismas.
    • ¿Quién puede?



      Se pueden consultar los requisitos en el apartado de “Información relacionada” de la columna derecha de esta ficha.
    • ¿Qué necesitas presentar?



      Solicitud y documentación según los apartados “Gestión” e “Información relacionada” que figuran en la columna derecha de esta ficha.
    • Tramitación



      Con anterioridad a la cumplimentación del formulario de solicitud deberá proceder al pago de la tasa correspondiente.

      Así mismo, en el supuesto de que se requiera la aportación de alguna declaración responsable, deberá primero cumplimentar el modelo de impreso correspondiente que encontrará en la columna de la derecha de esta ficha y guardarlo como fichero adjunto en su equipo informático para anexarlo a la solicitud.

      1. Presentación electrónica de la solicitud de la autorización o modificación de aquella que ya posee el interesado.

      La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario que encontrará en el enlace de la columna de la derecha de esta ficha.

      Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en cada caso, sean requeridos (se puede consultar la documentación a aportar en el apartado “Información relacionada” de la columna derecha de esta ficha), cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.

      Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o de la información original.

      Una vez registrada la solicitud podrá consultar su expediente en la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/

      2. Proceso de evaluación de las solicitudes: Estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros electrónicos.

      3. Proceso de subsanación.

      En el caso de que la información no sea completa, se realizará un requerimiento de subsanación a través de la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles.

      Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberá estar dado de alta en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), a través del siguiente enlace https://notificaciones.060.es. También podrá consultar dichas notificaciones desde el Punto de Acceso General (PAG), en la siguiente dirección https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

      4. Notificación del resultado del proceso, con expedición en su caso, de la tarjeta de transporte.

      Información complementaria:

      Para más información pueden contactar con este organismo en el teléfono 91 580 28 09 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org.

    • Presentación de solicitudes



      Los titulares y solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligados a realizar la tramitación utilizando únicamente medios electrónicos. (Artículo 56 de la LOTT)
      Para presentar la solicitud y documentación a través del registro electrónico es necesario disponer de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
    • Normativa aplicable



      * Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio)
      * Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) (BOE nº 241, de 8 de octubre)
      * Orden Ministerial de 23 de julio de 1997 (BOE nº 182, de 31 de julio).
      * Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes. (BOCM nº 5, de 7 de enero de 2010).

    • E-mail


      transportes.dgt@madrid.org

      Órgano responsable

    • Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras

      D. G. de Transportes

      Plazos y efectos del silencio administrativo

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de

      cinco meses

      a contar desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

      Efectos del silencio administrativo: desestimatorio, de acuerdo con el Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecúan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Tasas (2)

    Información relacionada

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      2390
    • ¿Qué es?



      Otorgamiento de autorizaciones para ejercer la actividad de transporte público de mercancías (MDP y MDL) o aprobación de modificaciones relativas a las mismas.
    • ¿Quién puede?



      Se podrán consultar los requisitos en el apartado de Información Relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
    • ¿Qué necesitas presentar?



      Solicitud (a través de Internet) y documentación según los apartados “Gestión” e “Información relacionada” que figuran en la columna derecha de esta ficha.
    • Tramitación


      Con anterioridad a la cumplimentación del formulario electrónico de solicitud deberá proceder al pago de la tasa correspondiente.
      Así mismo, en el supuesto de que se requiera la aportación de alguna declaración responsable, deberá primero cumplimentar el modelo de impreso correspondiente que encontrará en la columna derecha de esta ficha y guardarlo como fichero adjunto en su equipo informático para anexarlo a la solicitud.
      1. Presentación electrónica de la solicitud de autorización o modificación de aquella que ya posee el interesado:
      La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario electrónico que encontrará en el enlace de la columna de la derecha de esta ficha.
      Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en su caso, sean requeridos (se puede consultar la documentación a aportar en el apartado “Información relacionada” de la columna derecha de esta ficha), cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.
      Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o de la información original.
      Una vez registrada la solicitud podrá consultar el estado de tramitación de su expediente en la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/
      2. Proceso de evaluación de las solicitudes:
      Estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros electrónicos.
      3. Proceso de subsanación:
      En el caso de que la información no sea completa, se realizará un requerimiento de subsanación, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles. Recibirá un aviso a través del correo electrónico que nos ha facilitado informándole de que tiene pendiente la subsanación del expediente, para que, a continuación, pueda consultar el texto de dicho requerimiento accediendo al Punto de Acceso General (PAG):
      https://sede.administracion.gob.es/carpeta/
      4. Notificación del resultado del proceso, con expedición, en su caso, de la tarjeta de transporte.

      Información complementaria:

      Para más información pueden contactar con este organismo en el teléfono 91 580 28 09 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org.

    • Presentación de solicitudes



      Los titulares y solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligados a realizar la tramitación utilizando únicamente medios electrónicos. (Artículo 56 de la LOTT).
      Para presentar la solicitud y documentación a través del registro electrónico es necesario disponer de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    • Normativa aplicable



      * Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio)
      * Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT).
      * Orden FOM 734/2007, de 20 de marzo (BOE nº 75, de 28 de marzo).
      * Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes. (BOCM nº 5, de 7 de enero de 2010)

      Órgano responsable

    • Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras

      D. G. de Transportes

      Plazos y efectos del silencio administrativo

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de

      cinco meses

      a contar desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

      Efectos del silencio administrativo: desestimatorio, de acuerdo con el Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecúan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Tasas (3)

    Información relacionada

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      2396
    • ¿Qué es?


      Otorgamiento de autorizaciones de transporte discrecional de viajeros en autobús (VD) o aprobación de modificaciones relativas a las mismas.

    • ¿Quién puede?


      Se pueden consultar los requisitos en el apartado de “Información relacionada” de la columna derecha de esta ficha.
    • ¿Qué necesitas presentar?


      Solicitud (a través de Internet) y documentación según los apartados “Gestión” e “Información relacionada” que figuran en la columna derecha de esta ficha.
    • Tramitación


      Con anterioridad a la cumplimentación del formulario de solicitud deberá proceder al pago de la tasa correspondiente.

      Así mismo, en el supuesto de que se requiera la aportación de alguna declaración responsable, deberá primero cumplimentar el modelo de impreso correspondiente que encontrará en la columna de la derecha de esta ficha y guardarlo como fichero adjunto en su equipo informático para anexarlo a la solicitud.

      1. Presentación electrónica de la solicitud de la autorización o modificación de aquella que ya posee el interesado.

      La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario que encontrará en el enlace de la columna de la derecha de esta ficha.
      Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en cada caso, sean requeridos (se puede consultar la documentación a aportar en el apartado “Información relacionada” de la columna derecha de esta ficha), cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.

      Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o de la información original.

      Una vez registrada la solicitud podrá consultar su expediente en la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/

      2. Proceso de evaluación de las solicitudes: Estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros electrónicos.

      3. Proceso de subsanación.

      En el caso de que la información no sea completa, se realizará un requerimiento de subsanación a través de la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles. Podrá consultar dichas notificaciones desde el Punto de Acceso General (PAG), en la siguiente dirección https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

      4. Notificación del resultado del proceso.

      Información complementaria:

      Para más información pueden contactar con este organismo en el teléfono 91 580 28 09 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org

    • Presentación de solicitudes


      Los titulares y solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligados a realizar la tramitación utilizando únicamente medios electrónicos. (Artículo 56 de la LOTT).
      Para presentar la solicitud y documentación a través del registro electrónico es necesario disponer de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    • Normativa aplicable



      * Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio)
      * Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) (BOE nº 241, de 8 de octubre).
      * Orden Ministerial de 23 de julio de 1997 (BOE nº 182, de 31 de julio).
      * Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes (BOCM nº 5, de 7 de enero de 2010).

      Órgano responsable

    • Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras

      D. G. de Transportes

      Plazos y efectos del silencio administrativo

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de

      cinco meses

      a contar desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

      Efectos del silencio administrativo: desestimatorio, de acuerdo con el Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecúan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Tasas (3)

    Información relacionada

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      2421
    • ¿Qué es?



      Otorgamiento de autorizaciones de transporte interurbano en auto-taxi (VT) y aprobación de modificaciones en las mismas.
    • ¿Quién puede?



      Será requisito indispensable para la obtención de la autorización haber obtenido la titularidad de una

      licencia municipal de auto-taxi

      , otorgada por alguno de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, u obtenerla simultáneamente.

      Se podrán consultar los requisitos en el apartado de Información Relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
    • ¿Qué necesitas presentar?



      1. Solicitud (a través de Internet) y documentación según los apartados “Gestión” e “Información relacionada” que figuran en la columna derecha de esta ficha.

      Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
    • Tramitación


      Con anterioridad a la cumplimentación del formulario electrónico de solicitud deberá proceder al pago de la tasa correspondiente.
      Así mismo, en el supuesto de que se requiera la aportación de alguna declaración responsable, deberá primero cumplimentar el modelo de impreso correspondiente que encontrará en la columna derecha de esta ficha y guardarlo como fichero adjunto en su equipo informático para anexarlo a la solicitud.

      1. Presentación electrónica de la solicitud de autorización o modificación de aquella que ya posee el interesado:
      La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario electrónico que encontrará en el enlace de la columna de la derecha de esta ficha.
      Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en su caso, sean requeridos (se puede consultar la documentación a aportar en el apartado “Información relacionada” de la columna derecha de esta ficha), cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.

      Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o de la información original.

      Una vez registrada la solicitud podrá consultar el estado de tramitación de su expediente en la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/

      2
      . Proceso de evaluación de las solicitudes:
      Estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros electrónicos.

      3. Proceso de subsanación:
      En el caso de que la información no sea completa, se realizará un requerimiento de subsanación, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles. Recibirá un aviso a través del correo electrónico que nos ha facilitado informándole de que tiene pendiente la subsanación del expediente, para que, a continuación, pueda consultar el texto de dicho requerimiento accediendo al Punto de Acceso General (PAG):
      https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

      4. Notificación del resultado del proceso, con expedición, en su caso, de la tarjeta de transporte.

      Información complementaria:

      Para más información pueden contactar con este organismo en el teléfono 91 580 28 09 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org.


    • Presentación de solicitudes


      Los titulares y solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligados a realizar la tramitación utilizando únicamente medios electrónicos. (Artículo 56 de la LOTT).
      Para presentar la solicitud y documentación a través del registro electrónico es necesario disponer de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
    • Normativa aplicable



      * Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio),
      * Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) (BOE nº 241, de 8 de octubre).
      * Decreto 74/2005, de 28 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Transportes Público Urbano en Automóviles de Turismo (BOCMnº 184, de 4 de agosto).
      * Orden Ministerial de 4 de febrero de 1993 (BOE nº 40, de 16 de febrero).
      * Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes. (BOCM nº 5, de 7 de enero de 2010).
      * Orden de 14 de diciembre de 2012, por la que se fijan los criterios para autorizar la expedición de licencias de autotaxi a las que se le puedan adscribir vehículos de hasta nueve plazas incluido el conductor (BOCM nº 302, de 19 de diciembre)

      Órgano responsable

    • Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras

      D. G. de Transportes

      Plazos y efectos del silencio administrativo

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será de

      cinco meses

      .

      Efectos del silencio administrativo: desestimatorio.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Tasas (3)

    Información relacionada

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      2395
    • ¿Qué es?


      Otorgamiento de autorizaciones de transporte sanitario público (VS) y privado complementario (VSPC) y aprobación de modificaciones en las mismas.

    • ¿Quién puede?


      Se pueden consultar los requisitos en el apartado de "Información relacionada" de la columna derecha de esta ficha.

    • ¿Qué necesitas presentar?


      Solicitud (a través de Internet) y documentación según el apartado “Información relacionada” que figuran en la columna derecha de esta ficha.
    • Tramitación


      Con anterioridad a la cumplimentación del formulario de solicitud deberá proceder al pago de la tasa correspondiente.

      Así mismo, en el supuesto de que se requiera la aportación de alguna declaración responsable, deberá primero cumplimentar el modelo de impreso correspondiente que encontrará en la columna de la derecha de esta ficha y guardarlo como fichero adjunto en su equipo informático para anexarlo a la solicitud.

      1. Presentación electrónica de la solicitud de la autorización o modificación de aquella que ya posee el interesado.

      La solicitud se realizará cumplimentando electrónicamente el formulario que encontrará en el enlace de la columna de la derecha de esta ficha.

      Se deberán anexar a la solicitud las copias digitalizadas de los documentos que, en cada caso, sean requeridos (se puede consultar la documentación a aportar en el apartado “Información relacionada” de la columna derecha de esta ficha), cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada.

      Con carácter excepcional, se podrá requerir al solicitante la exhibición del documento o de la información original.

      Una vez registrada la solicitud podrá consultar su expediente en la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/

      2. Proceso de evaluación de las solicitudes: Estudio de la documentación aportada y consulta de información a otros organismos a través de los distintos Registros electrónicos.

      3. Proceso de subsanación.

      En el caso de que la información no sea completa, se realizará un requerimiento de subsanación a través de la Sede Electrónica https://sede.fomento.gob.es/dgtc/, que deberá ser cumplimentado en el plazo de 10 días hábiles.
      Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberá estar dado de alta en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), a través del siguiente enlace https://notificaciones.060.es. También podrá consultar dichas notificaciones desde el Punto de Acceso General (PAG), en la siguiente dirección https://sede.administracion.gob.es/carpeta/

      4. Notificación del resultado del proceso, con expedición en su caso, de la tarjeta de transporte.

      Información complementaria:

      Para más información pueden contactar con este organismo en el teléfono 915802809 o a través del correo electrónico transportes.dgt@madrid.org

    • Presentación de solicitudes


      Los titulares y solicitantes de las distintas autorizaciones y habilitaciones contempladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (LOTT) y en las normas dictadas para su ejecución y desarrollo, ya sean personas físicas o jurídicas, están obligados a realizar la tramitación utilizando únicamente medios electrónicos. (Artículo 56 de la LOTT)
      Para presentar la solicitud y documentación a través del registro electrónico es necesario disponer de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
    • Normativa aplicable



      * Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio),
      * Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) (BOE nº 141, de 8 de octubre).
      * Orden PRE/1435/2013 de 23 de julio (BOE nº 180, de 29 de julio)
      * Resolución de 9 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Transportes, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Transportes e Infraestructuras para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de diversos procedimientos en materia de transportes. (BOCM nº 5, de 7 de enero de 2010).

      Órgano responsable

    • Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras

      D. G. de Transportes

      Plazos y efectos del silencio administrativo

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
      El plazo de resolución de los procedimientos en materia de autorizaciones de transportes es de

      cinco meses

      a contar desde la fecha de registro de entrada de la solicitud.

      Efectos del silencio administrativo: desestimatorio, de acuerdo con el Real Decreto 1772/1994, de 5 de agosto, por el que se adecúan determinados procedimientos administrativos en materia de transportes y carreteras a la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

      RECURSO DE ALZADA:

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

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