Comunidad de Madrid

  • Históricas cerradas

    • Tipo Publicación


      Tablón de anuncios electrónico
    • Objeto del contrato


      Material sanitario desechable para hemodinámica para el Hospital Universitario de La Princesa.
    • Compra pública innovadora


      No
    • Número de expediente


      P.A. 19/2016 HUP
    • Referencia


      1077065
    • Tipo de contrato


      Suministros
    • Entidad adjudicadora


      Consejería de Sanidad ? Servicio Madrileño de Salud ?Hospital Universitario de la Princesa
    • Código NUTS

      ES300
    • Procedimiento Adjudicación


      Abierto

    • Otras informaciones publicadas el


      (Publicado el 23 noviembre 2016 13:32)

    Gestión

    Otras informaciones (Publicado el 23 noviembre 2016 13:32)

    Acceso a la convocatoria >

  • Históricas cerradas Fin:05 enero 2017

    • Estado de la licitación


      Contrato prorrogado
    • Tipo resolución


      Formalizado
    • Tipo Publicación


      Convocatoria anunciada a licitación
    • Objeto del contrato


      Material sanitario: equipos de anestesia, contraste y válvula antirreflujo para el Hospital Universitario de La Paz.
    • Código CPV


      33140000-3
    • Compra pública innovadora


      No
    • Número de expediente


      P.A. 2017-0-8
    • Referencia


      1064439
    • Tipo de contrato


      Suministros
    • Entidad adjudicadora


      Consejería de Sanidad ? Servicio Madrileño de Salud ?Hospital La Paz
    • Código NUTS

      ES300
    • Procedimiento Adjudicación


      Abierto
    • Valor estimado sin I.V.A


      844.278,4 euros
    • Formalización del contrato publicada el


      22 junio 2017
    • Formalización del contrato publicada en BOCM el


      30 junio 2017
    • Presupuesto base licitación (sin impuestos)


      469.043,55 euros
    • Presupuesto base licitación. Importe total


      567.542,7 euros

    • Duración del contrato


      24 Meses
    • Fecha límite de presentación


      05 enero 2017 14:00
    • Fecha publicación de la licitación en el BOCM


      25 noviembre 2016
    • Puntos de Información


      * Obtención de documentación e información:

      - Hospital Universitario La Paz. Ps. de la Castellana, 261. 28046. Madrid. Tfno: 91 727 72 47 - Fax: 91 727 70 47.

      - www.hulp.es/proveedores

      - Oficinas de Atención al Ciudadano.

      * Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:

      - Registro General del Hospital Universitario La Paz. Planta sótano del Hospital Maternal. Paseo de la Castellana, 261. 28046. Madrid.

      * Apertura de ofertas:

      - Paseo de la Castellana 261 - Sala Juntas - Edificio Norte- 2ª planta. 28046. Madrid. Día 5 de abril de 2017, a las 9:50 h.

    • Adjudicación del contrato publicada el


      09 mayo 2017
    • RESULTADOS DE LA LICITACIÓN
      Nºlote Nºofertas Resultado NIF adjudicatario Nombre o razón social adjudicatario Importe adjudicación (sin IVA) Importe adjudicación (con IVA)
      8 Formalizado A50140706 Becton Dickinson, S.A. 173.100 209.451
      2 Formalizado A81487829 Lab.Farmaceuticos Guerbet,S.A. 64.020 77.464,2
      1 Formalizado B96056023 Merce V.Electromedicina,S.L. 161.100 194.931
    • MODIFICACIONES DE CONTRATO
      Fecha Aprobación Nºlote NIF contratista Nombre o razón social contratista Importe modificación (sin IVA) Importe modificaón (con IVA) Variación plazo ejecución
      05/02/2019 A81487829 LAB. FARMACEÚTICOS GUERBET, S.A. 12.760 15.439,6 4 Meses
      05/02/2019 B96056023 MERCE V. ELECTROMEDICINA, S.L. 31.997,11 38.716,5 4 Meses
    • PRÓRROGAS DE CONTRATO
      Fecha Aprobación Nºlote NIF contratista Nombre o razón social contratista Importe prórroga (sin IVA) Importe prórroga (con IVA) Variación plazo ejecución
      11/03/2019 2 A81487829 Lab.Farmaceuticos Guerbet, S.A. 32.010 38.732,1 12 Meses
      11/03/2019 4 B96056023 Merce V.Electromedicina, S.L. 80.550 97.465,5 12 Meses

    Gestión

    Actas de las mesas, licitadores y documentación complementaria (9)

    Anuncio de licitación (Publicado el 22 noviembre 2016 17:31)

    Pliegos de condiciones (2)

    Composición de la Mesa de Contratación

    Publicación de la licitación en el BOCM

    Aplazamiento de la apertura de ofertas (Publicado el 27 marzo 2017 11:02)

    Resolución de Modificación 2019-9-5 (2017-0-8) (Publicado el 06 febrero 2019 11:31)

    Resolución Prórroga 2019-7-14 (2017-0-8) (Publicado el 12 marzo 2019 09:01)

    Adjudicación del contrato (Publicado el 09 mayo 2017 12:31)

    Formalización del contrato (Publicado el 22 junio 2017 16:01)

    Publicación de la formalización en el BOCM

    Publicación de la formalización en el BOCM (lote 3)

    • Referencia


      50623

      ¿Qué es? >

    • La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) importa de otros países aquellos

      medicamentos que no están comercializados en España

      pero son necesarios para el tratamiento y prevención de ciertas enfermedades para las que no hay alternativa terapéutica.
      También se importan como medicamentos extranjeros aquellos que, aunque están comercializados en España, tienen problemas de suministro y no hay posibilidad de usar otro medicamento similar como alternativa.
      La importación finaliza cuando el medicamento es comercializado en España o se restablece el suministro en el caso de los medicamentos en desabastecimiento.
      La Sección de suministro de medicamentos extranjeros de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid es el servicio desde el cual se gestiona la tramitación de solicitudes de suministro de estos medicamentos a la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS). Desde esta Sección se realiza además la dispensación a pacientes ambulatorios (no ingresados en centros hospitalarios).

      ¿Qué necesitas presentar? >

    • Para tramitar la solicitud de autorización de un medicamento extranjero a la AEMPS y su dispensación en la Sección de Suministro de Medicamentos Extranjeros, se requieren los siguientes documentos:

      -

      Tarjeta Sanitaria Individual (TSI)
      - Receta médica oficial en papel, impresa o a mano, firmada y sellada por el profesional sanitario prescriptor (una receta por envase, salvo para los casos contemplados en el Real Decreto 1718/2010 de receta médica). La receta seguirá siendo en papel hasta que sea implantada en esta Sección la receta electrónica.
      - Informe clínico, con antigüedad menor de un año, firmado y sellado por el profesional sanitario prescriptor, con los siguientes datos:
      . del paciente: nombre y apellidos, fecha de nacimiento, DNI y/o CIPA, dirección y teléfono de contacto.
      . del médico: Nombre y apellidos, número de colegiado, centro donde trabaja (hospital, centro de salud, consulta privada…), especialidad y teléfono de contacto.
      . diagnóstico que motiva la prescripción
      . medicamento pautado
      . dosis y posología
      . duración del tratamiento
      El informe clínico es necesario solamente para la autorización del tratamiento. Se deberá presentar un nuevo informe actualizado si hay un cambio de dosis, de posología o al cumplirse un año en el caso de tratamientos crónicos.
      - Para algunos medicamentos, la AEMPS requiere la presentación de algún formulario adicional que cumplimentará y le entregará su médico.

      Tramitación >

    • ¿Quién puede tramitar la solicitud de los medicamentos?



      La solicitud la podrá iniciar cualquier médico que atienda al paciente, el propio paciente o un familiar.

      ¿Dónde se tramita?

      La solicitud deberá presentarse en la Sección de Suministro de Medicamentos Extranjeros de la Comunidad de Madrid:
      - personalmente (calle Sagasta, 6)
      - por fax (91 338 76 16)
      - por e-mail (medicamentos.extranjeros@salud.madrid.org)

      Forma de pago

      El abono de la aportación correspondiente por la dispensación de medicamentos en la Sección de Medicamentos Extranjeros se realizará exclusivamente mediante:
      - Tarjeta de crédito
      - Ingreso en las entidades colaboradoras utilizando el impreso modelo 039
      (Ver apartado Gestión/Tasas en la columna derecha de esta ficha), que podrá descargar cumplimentado seleccionando la opción “generar documento”. También puede obtener el impreso en la Sección de suministro de medicamentos extranjeros.
      - Pago electrónico (Ver apartado Gestión/Tasas en la columna derecha de esta ficha), seleccionando la opción de “pagar” después de introducir los datos (requiere firma electrónica).

      Normativa Aplicable >

    • * Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios (BOE nº 178, de 27 de julio).
      * Real Decreto 1015/2009, de 19 de junio, por el que se regula la disponibilidad de medicamentos en situaciones especiales (BOE nº 174, de 20 de julio).
      * Ley 41/2002, 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica (BOE nº 274, de 15 de noviembre).

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Sanidad

      D. G. del Proceso Integrado de Salud

      Información Complementaria >

    • A tener en cuenta:
      1. Pacientes pertenecientes al Sistema Nacional de Salud (SNS):
      Para que el medicamento autorizado pueda ser financiado con cargo al SNS, el informe médico debe ser elaborado por un médico que ejerza su actividad en el SNS. En el momento de la dispensación se deberán presentar el número de recetas suficientes teniendo en cuenta las “condiciones de prescripción” contempladas en el Artículo 5.5 del Real Decreto 1718/2010, de 17 de diciembre, sobre receta médica y órdenes de dispensación.
      2. Pacientes no pertenecientes al SNS, de otras sociedades médicas, o procedentes de la asistencia sanitaria privada:
      Deberán abonar el importe íntegro del medicamento.

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Tasas (1)

    Información relacionada

  • Históricas cerradas Fin:22 agosto 2016

    • Estado de la licitación


      Resuelta
    • Tipo resolución


      Formalizado
    • Tipo Publicación


      Convocatoria anunciada a licitación
    • Objeto del contrato


      Mejora de la permeabilidad de la fauna en la carretera M-501. Tramo: Quijorna-Navas del Rey.
    • Código CPV


      45233141-9
    • Compra pública innovadora


      No
    • Número de expediente


      A/OBR-039781/2015
    • Referencia


      829898
    • Tipo de contrato


      Obras
    • Entidad adjudicadora


      Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras
    • Código NUTS

      ES300
    • Procedimiento Adjudicación


      Abierto
    • Valor estimado sin I.V.A


      184.144,52 euros
    • Formalización del contrato publicada el


      28 marzo 2017
    • Formalización del contrato publicada en BOCM el


      07 abril 2017
    • Presupuesto base licitación (sin impuestos)


      184.144,52 euros
    • Presupuesto base licitación. Importe total


      222.814,87 euros

    • Duración del contrato


      2 Meses
    • Fecha límite de presentación


      22 agosto 2016 14:00
    • Fecha publicación de la licitación en el BOCM


      26 julio 2016
    • Puntos de Información


      * Obtención de documentación e información:

      - Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras. Área de Asuntos Generales. Calle Maudes, 17. 28003. Madrid. Teléfono: 91 580 31 83 - Fax: 91 580 31 40

      - Correo electrónico: contratacion.transportes@madrid.org

      - Oficinas de Atención al Ciudadano.

      * Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:

      - Registro General de la Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras. Calle Maudes, 17. 28003. Madrid.

      * Apertura de Proposiciones económicas:

      - Calle Maudes, 17. 28003. Madrid. Día 5 de septiembre de 2016, a las 10:00 h.

      La Mesa de Contratación calificará la documentación administrativa en fecha 29 de agosto de 2016.
    • Adjudicación del contrato publicada el


      02 marzo 2017
    • Otros Anuncios


      * Defectos u omisiones de la documentación publicados el: 29 de agosto de 2016.
      * Ofertas económicas publicadas el: 6 de septiembre de 2016.
    • RESULTADOS DE LA LICITACIÓN
      Nºlote Nºofertas Resultado NIF adjudicatario Nombre o razón social adjudicatario Importe adjudicación (sin IVA) Importe adjudicación (con IVA)
      41 Formalizado B85124485 HARADO DE CONSTRUCCIONES Y ASISTENCIA TÉCNICA S.L. 109.972,54 133.066,77

    Gestión

    Actas de las mesas, licitadores y documentación complementaria (6)

    Pliegos de condiciones (1)

    Composición de la Mesa de Contratación

    Publicación de la licitación en el BOCM

    Proyecto

    Acceso al tablón de anuncios >

    Adjudicación del contrato (Publicado el 02 marzo 2017 17:01)

    Anuncio de la formalización del contrato (Publicado el 28 marzo 2017 15:31)

    Publicación de la formalización en el BOCM

  • Históricas cerradas

    • Tipo Publicación


      Tablón de anuncios electrónico
    • Objeto del contrato


      Mejora y conservación de los montes de la sección III de la Comunidad de Madrid. Año 2017.
    • Número de expediente


      A/SER-003886/2016 (1-F/17)
    • Referencia


      1028791
    • Tipo de contrato


      Servicios
    • Entidad adjudicadora


      Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
    • Código NUTS

      ES300
    • Procedimiento Adjudicación


      Abierto

    • Defectos u omisiones de la documentación publicados el


      (Publicado el 23 noviembre 2016 13:02)
    • Ofertas anormales o desproporcionadas publicadas el


      (Publicado el 23 noviembre 2016 13:02)

    Gestión

    Defectos u omisiones de la documentación (Publicado el 23 noviembre 2016 13:02)

    Valores anormales o desproporcionados 1028791 (Publicado el 23 noviembre 2016 13:02)

    Ofertas económicas 1028791 (Publicado el 23 noviembre 2016 13:02)

    Admitidos y excluidos 1028791 (Publicado el 23 noviembre 2016 13:02)

    Acceso a la convocatoria >

  • En curso

    Referencia 221911


    Mercadillo para promocionar el comercio, los productos y la artesanía local, que se celebra el segundo sábado de cada mes en la Plaza de la Constitución de Becerril de la Sierra y organiza la Concejalía de Turismo del Ayuntamiento de dicha localidad.


    • Horario

      De 10:30 a 19:00 horas.

      Lugar

      Plaza de la Constitución

      Becerril de la Sierra.
      www.becerrildelasierra.es

      Precio

      Gratuito


      Órgano responsable
    • Consejería de Cultura y Turismo

      D. G. de Turismo

    Información relacionada

    Solicitar más información >

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      74307

      ¿Qué es? >

    • “Mi Carpeta de Salud” es un servicio electrónico cuyos principales objetivos son proporcionar información de salud personalizada al ciudadano y ayudarle a conocer la evolución de sus problemas de salud para un mejor autocuidado.

      ¿Quién puede? >

    • 1. Ser ciudadano

      residente de la Comunidad de Madrid y mayor de 16 años.

      2. Estar en posesión de la tarjeta sanitaria.
      3. Estar en posesión de un DNI electrónico, de un certificado digital reconocido por la Comunidad de Madrid o mediante el uso de cl@ve permanente. Consulte los certificados digitales reconocidos por la Comunidad de Madrid


      Contenido >

      - En esta Carpeta de Salud puede ver, imprimir y guardar parte de la información que consta en su historia clínica informatizada en Atención Primaria, Atención Hospitalaria y SUMMA 112.
      - También puede consultar datos generales, con gráficas de evolución que le van a permitir realizar un seguimiento de su salud.
      - Dispone de un calendario anual con sus citas pendientes en Atención Primaria y Hospitalaria, y al seleccionar una cita puede ver el detalle y acceder directamente a la realizar la gestión de esa cita.
      - Además es un punto de entrada a otros servicios personalizados del Portal de salud ya disponibles, facilitándose el acceso desde la Carpeta sin necesidad, en algunos casos, de volver a autenticarse.

      El acceso a Mi Carpeta de Salud se realiza a través del siguiente enlace.

      Normativa Aplicable >

    • * Ley de la Transparencia 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
      * Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, que aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal.
      * Ley de Administración Electrónica 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
      * Ley de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud.
      * Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
      * Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
      * Directiva 95/46/CE del Parlamento Europeo y del consejo, de 24 de octubre de 1995, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos.

      Órgano Responsable >

    • Consejería de Sanidad

      D. G. de Sistemas de Información y Equipamientos Sanitarios

      Información Complementaria >

    • Puede obtener más información sobre los requisistos y las condiciones de uso en la página web del servicio de "Mi Carpeta de Salud”.
      Tenga en cuenta que a partir del momento en que descargue o imprima la documentación o información almacenada en "Mi Carpeta de Salud", la custodia sobre la misma pasará a ser de su exclusiva responsabilidad, recomendándole que haga un uso responsable en base a la sensibilidad de la información que contiene, y que la conserve de forma confidencial y con acceso restringido.

      Mi Carpeta de Salud es un servicio que está en constante evolución e irá mejorando progresivamente.

      Plazos y efectos del silencio administrativo >

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      2038
    • ¿Qué es?



      Consulta y solicitud para modificar los datos personales o bancarios que indique cualquier interesado que tenga relación económica con la Comunidad de Madrid.
    • ¿Qué necesitas presentar?


      1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
      2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que el interesado expresamente lo desautorice, así como los que deberán aportarse.

      Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.

    • Presentación de solicitudes



      En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir

      a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)

      Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid


      Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

      Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

      Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

      Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

      b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

      Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
      de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    • Información complementaria



      La solicitud de modificación la puede realizar el Centro Gestor del Gasto de la Comunidad de Madrid, el propio interesado o un representante del mismo, debiendo en este último caso acreditar su representación.

    • Normativa aplicable



      * Resolución de 10 de junio de 2010, de la Dirección General de Política Financiera, Tesorería y Patrimonio, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del procedimiento denominado “Alta, modificación y cancelación en la base de datos de terceros”. (BOCM nº 167, de 14 de julio)

      Órgano responsable

    • Consejería de Hacienda y Función Pública

      D. G. de Patrimonio y Contratación

    Gestión

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      1050
    • ¿Qué es?


      Modificación de datos (altas, bajas o traslado de equipos), cambio de titular y baja de instalaciones de rayos X con fines de diagnóstico médico, inscritas en el Registro correspondiente.

    • ¿Quién puede?


      1. Persona física o jurídica, titular de una instalación.

    • ¿Qué necesitas presentar?


      1. Solicitud (Ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha).
      2. Documento justificativo del pago de la tasa* (Ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha).
      3. Se podrá consultar el resto de documentación a presentar, en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.

      * La autoliquidación de tasas no es aplicable en el caso de solicitud de baja en el Registro. El pago de la tasa se efectuará en BANCO POPULAR, BANCO SABADELL, BANCO SANTANDER, BANKIA, BBVA Y CAIXABANK, incorporando el justificante de pago de dicha tasa a la documentación a presentar a la Administración.

      Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
    • Tramitación


      La modificación de datos registrales del tipo: cambio de denominación de la razón social, domicilio, incorporación o baja de equipos siguen el procedimiento de “Inscripción de Instalaciones de Rayos X en Registro” (Referencia 454), en todas las operaciones descritas para el mismo, excepto que se produce la modificación de los datos manteniendo el mismo número de inscripción asignado en el momento de su registro. El documento final que se emite es una Resolución de Modificación de la Inscripción en el Registro que anula la Resolución anterior.
      Ambos tipos de Resoluciones son notificadas al interesado, al Consejo de Seguridad Nuclear y al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (Subdirección General de Energía Nuclear).

    • ¿Cómo lo solicito?


    • En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

      Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2

      , Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

      a) Presentación por Internet (ver Guía de Tramitación).

      Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

      Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

      Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.

      Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

      Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

      b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

      Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    • Normativa aplicable



      * Ley 25/1964, de 29 de abril, Sobre Energía Nuclear modificada por la Ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (texto consolidado).

      * Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear (texto consolidado).

      * Real Decreto 1085/2009, de 3 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalación y utilización de aparatos de rayos x con fines de diagnóstico médico (BOE nº173, de 18 de julio).

      * Real Decreto 1976/1999, de 23 de diciembre, por el que se establecen los criterios de calidad en radiodiagnóstico (BOE nº 311, de 29 de diciembre).

      * Real Decreto 783/2001, de 6 de julio, por el que se aprueba el Reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes (BOE nº 178, de 26 de julio)

      * Resolución de 15 de abril 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de diversos procedimientos (BOCM nº 110, de 10 de mayo).

      Órgano responsable

    • Consejería de Economía, Empleo y Competitividad

      D. G. de Industria, Energía y Minas

      Plazos y efectos del silencio administrativo

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Tasas (6)

    Información relacionada

  • Plazo indefinido

    • Referencia


      1029
    • ¿Qué es?


      Modificaciones de las instalaciones radiactivas de 2ª y 3ª categoría (definidas en la Disposición Adicional Primera de la Ley 15/1980, de 22 de abril, de Creación del Consejo Seguridad Nuclear) ya sea por cambios de titularidad, de diseño o de las condiciones de explotación.

    • ¿Quién puede?


      1. Persona física o jurídica titular de instalaciones radiactivas de segunda y tercera categoría, que quiera realizar las modificaciones que se establecen en el artículo 40 del R.D. 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.

    • ¿Qué necesitas presentar?


      1. Solicitud, Ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
      2. Documento de liquidación de tasas.
      3. Para modificaciones en el diseño, en las condiciones de explotación o que afecten al condicionado de una instalación radiactiva: ejemplar de la Memoria descriptiva de la instalación (por duplicado). El contenido técnico mínimo de la misma se encuentra reflejado en el artículo 38 del RD. 1836/1999, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas.
      4. Para cambios de titularidad: acreditación de la transmisión mediante documento público (por duplicado).

      Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas “Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten”.
    • Tramitación


      Los cambios de titularidad y las modificaciones en el diseño, en las condiciones de explotación o que afecten al condicionado de una instalación radiactiva requerirán la autorización por el mismo trámite por el que fue concedida la autorización de funcionamiento. Ver procedimiento de autorización de instalaciones raciactivas de 2ª Y 3ª categoría (Referencia: 449).

    • ¿Cómo lo solicito?


    • En el apartado “Gestión” de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.

      Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2

      , Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

      a) Presentación por Internet (ver Guía de Tramitación).

      Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

      Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

      Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones.

      Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

      Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

      b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.

      Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
    • Información complementaria


      Autoliquidación de Tasas:

      El pago de la tasa se efectuará en BANCO POPULAR, BANCO SABADELL, BANCO SANTANDER, BANKIA, BBVA Y CAIXABANK, incorporando el justificante de pago de dicha tasa a la documentación a presentar a la Administración.

    • Normativa aplicable


      * Ley 25/1964, de 29 de abril, Sobre Energía Nuclear modificada por la Ley 54/1997 de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (texto consolidado).

      * Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear (texto consolidado).

      * Real Decreto 1836/1999, de 3 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento sobre instalaciones nucleares y radiactivas (BOE nº 313, de 31 diciembre).

      * Real Decreto 783/2001 de 6 de julio, por el que se aprueba el reglamento sobre protección sanitaria contra radiaciones ionizantes (BOE nº 178, de 26 de julio).

      * Real Decreto 229/2006, de 24 de febrero, sobre el control de fuentes radiactivas encapsuladas de alta actividad y fuentes huérfanas (BOE nº 50, de 28 de febrero).

      * Resolución de 14 de diciembre de 2009, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente de diversos procedimientos. (BOCM nº 18 de 22 de enero de 2010)

      Órgano responsable

    • Consejería de Economía, Empleo y Competitividad

      D. G. de Industria, Energía y Minas

      Plazos y efectos del silencio administrativo

    • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

      +

      -

      Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

      Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

      RECURSO DE ALZADA:

      +

      -

      Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

      +

      -

      Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

      POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

      Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

      RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

      +

      -

      Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Gestión

    Tasas (6)

Cinco Días
Expansión
EFE Emprende
CuatroCasas Telefonica

Empresa participante en Cuatrecasas ACELERA en colaboración con Telefónica Open Future.