Históricas cerradas
Según el Anexo I del Reglamento UE nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, tienen la consideración de pequeña empresa aquellas que:-
-Ocupan a menos de 50 personas, y
- Cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supere los 10 millones de euros
Toda la tramitación necesaria durante el procedimiento de instrucción y resolución, incluida la fase de subsanación, se realizará por vía telemática.
Para ello es necesario que los interesados se den de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid y dispongan de los certificados electrónicos reconocidos e incluidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación (TSL) establecidos en España publicada en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
En el apartado Gestión de esta página, se encuentra la opción Internet que le permite incorporar la solicitud y documentos necesarios, que serán enviados, de forma inmediata, a la Unidad Administrativa competente para su tramitación. En la solicitud, se posibilita la opción de autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de expedientes, desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a expedientes en estado de tramitación.
24/10/2017 | Relación de subvenciones concedidas durante el tercer trimestre de 2017 Resolución de 9 de octubre de 2017 (BOCM nº 253, de 24 de octubre) |
22/09/2017 | Relación de subvenciones concedidas durante el segundo trimestre de 2017 Resolución de 11 de septiembre de 2017 (BOCM nº 226, de 22 de septiembre) |
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
D. G. de Investigación e Innovación Tecnológica
Listados (3)
Históricas cerradas
Inicio: 02 agosto 2016 | Fin: 31 octubre 2016
24/10/2017 | Resolución de la convocatoria Resolución de 10 de octubre de 2017 (BOCM nº 253, de 24 de octubre) |
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Sostenibilidad y Cambio Climático
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Listados (1)
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Sostenibilidad y Cambio Climático
Históricas cerradas
Inicio: 29 junio 2016 | Fin: 28 julio 2016
09/01/2017 | Resolución de la convocatoria Orden 3973/2016, de 12 de diciembre (BOCM nº 7, de 9 de enero de 2017) Ver listado en el apartado Gestión, en la columna derecha. |
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
D. G. de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Listados (1)
Podrán consultar la documentación a adjuntar junto con la solicitud, en el siguiente apartado de Normativa aplicable (Bases reguladoras).
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
D. G. de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores
Históricas cerradas
Inicio: 09 agosto 2016 | Fin: 13 septiembre 2016
Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.
09/01/2017 | Resolución de la convocatoria Orden 3892/2016, de 12 de diciembre (BOCM nº 7, de 9 de enero de 2017) Ver listado en el apartado Gestión, en la columna derecha. |
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
D. G. de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Listados (1)
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
D. G. de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores
Históricas cerradas
Inicio: 15 septiembre 2016 | Fin: 26 septiembre 2016
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial:
Los impresos de solicitud generados con la aplicación Quadrivium podrán presentarse en papel, junto con la documentación requerida en cada fase en cualquiera de las Oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y en Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero.
16/01/2017 | Resolución de la convocatoria Orden 4058/2016, de 23 de diciembre (BOCM nº 13, de 16 de enero) (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna de la derecha) | - Plazo para presentar la documentación: Del 17 al 27 de enero de 2017 |
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
D. G. de Investigación e Innovación Tecnológica
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Listados (1)
Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación
D. G. de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores
Históricas cerradas
Inicio: 25 mayo 2016 | Fin: 10 junio 2016
18/10/2016 | Ayudas concedidas y denegadas, durante el trecer trimestre de 2016 Resolución de 3 de octubre de 2016 (BOCM nº 250, de 18 de octubre) |
08/08/2016 | Resolución de convocatoria Orden 2714/2016, de 20 de julio (BOCM nº 188, de 8 de agosto) (Ver listado en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
Consejería de Cultura y Turismo
D. G. de Patrimonio Cultural
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Listados (2)