Históricas cerradas
Inicio: 05 octubre 2016 | Fin: 26 octubre 2016
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Agricultura, Ganadería y Alimentación
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Históricas cerradas
Inicio: 10 febrero 2017 | Fin: 02 marzo 2017
16/08/2017 | Relación de diversas solicitudes desestimadas Orden 2469/2017, de 2 de agosto (BOCM nº 194, de 16 de agosto). |
Consejería de Cultura y Turismo
D. G. de Promoción Cultural
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Listados (1)
Históricas cerradas
Inicio: 13 septiembre 2016 | Fin: 29 septiembre 2016
30/01/2017 | Relación de subvenciones concedidas en el cuarto trimestre de 2016 Resolución de 16 de enero de 2017 (BOCM nº 25, de 30 de enero) |
30/01/2017 | Orden por la que se desestiman diversas solicitudes Orden 5001/2016, de 20 de diciembre (BOCM nº 25, de 30 de enero de 2017) |
Consejería de Cultura y Turismo
D. G. de Promoción Cultural
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Listados (2)
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
11/05/2018 | Orden de Resolución desfavorable - 5382 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
03/05/2018 | Orden de Resolución desfavorable - 5376 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
03/05/2018 | Orden de Resolución desfavorable - 5378 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
03/05/2018 | Orden de Resolución desfavorable - 5380 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
23/04/2018 | Orden de Resolución favorable - 5360 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
11/04/2018 | Orden de Resolución desfavorable (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
14/02/2018 | Subvenciones concedidas con cargo al Programa 241N Resolución de 24 de enero de 2018 (BOCM nº 37, de 13 de febrero) |
07/02/2018 | Orden de Resolución favorable - 5296 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
07/02/2018 | Orden de Resolución favorable - 5298 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
07/02/2018 | Orden de Resolución favorable - 5300 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
06/02/2018 | Orden de Resolución favorable - 5290 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
06/02/2018 | Orden de Resolución favorable - 5292 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
06/02/2018 | Orden de Resolución favorable - 5294 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
27/12/2017 | Orden de Resolución desfavorable - 5284 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
27/12/2017 | Orden de Resolución favorable - 5282 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
27/12/2017 | Orden de Resolución favorable - 5280 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
14/12/2017 | Orden de Resolución favorable - 5274 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
11/12/2017 | Orden de Resolución favorable - 5276 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
23/11/2017 | Orden de Resolución favorable-5210 y 5202 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
10/11/2017 | - Orden de Resolución desfavorable -5208 (Desistimiento expreso) - Orden de Resolución desfavorable -5204 (Inadmisión) (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
31/10/2017 | Orden de Resolución favorable-5172 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
15/09/2017 | Orden de Resolución favorable-5170 (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
27/07/2017 | Relación de solicitudes favorables y desfavorables (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
26/06/2017 | Relación de solicitudes favorables (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
30/05/2017 | Relación de solicitudes desfavorables y favorables (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
10/02/2017 | Relación de solicitudes favorables (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
13/01/2017 | Relación de solicitudes favorables (Ver listados en el apartado Gestión/Listas, en la columna derecha de esta ficha) |
Históricas cerradas
Inicio: 01 julio 2016 | Fin: 18 julio 2016
2. Participar en los programas nacionales de erradicación de enfermedades de los animales.
3. Disponer de instalaciones adecuadas para realizar ordeño mecánico, sin perjuicio de lo establecido en la disposición transitoria primera.
Requisitos de las lactaciones:
Para que las lactaciones puedan figurar en las certificaciones genealógicas y a los efectos de la valoración genética de reproductores establecida en los distintos esquemas de selección oficialmente aprobados, será necesario que las hembras sometidas a control lechero oficial cumplan lo dispuesto en la reglamentación específica establecida en los anexos I, II, III y IV (Ver Real Decreto 368/2005, de 8 de abril)
10/03/2017 | Subvenciones concedidas durante el cuarto trimestre del año 2016 Resolución de 23 de febrero de 2017 (BOCM nº 59, de 10 de marzo) |
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Agricultura, Ganadería y Alimentación
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Listados (1)
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Agricultura, Ganadería y Alimentación
Históricas cerradas
Inicio: 16 febrero 2016 | Fin: 03 marzo 2016
Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad
PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
31/05/2018 | Orden de Resolución favorable normativa 2018 - 5412 (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
22/05/2018 | Orden de Resolución favorable 5390 y 5396 (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
11/05/2018 | Orden de Resolución favorable 5374 (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
25/04/2018 | Orden de Resolución favorable 5370 (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
23/03/2018 | Orden de Resolución favorable 5356 y 5358 (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
07/03/2018 | Orden de Resolución desfavorable - 5350 (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
13/02/2018 | Orden de Resolución desfavorable y desfavorables (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
06/02/2018 | Orden de Resolución desfavorable y desfavorables 2º anticipo (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
04/12/2017 | Orden de Resolución favorable 5278 (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
21/11/2017 | Orden de Resolución favorable 2º anticipo 2017- (5264) y Resolución inadmisión 2016 (5262) y 2017 (5268) (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
20/11/2017 | Orden de Resolución favorable - 5252; 5256 y 5254 (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
16/11/2017 | Orden de Resolución favorable - 5246 1º anticipo (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
06/10/2017 | Orden de Resolución desfavorable (5182) (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
12/09/2017 | Órdenes de resolución favorables (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
23/06/2017 | Orden de Resolución desistidos y Orden de Resolución favorable 2º anticipo (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
07/06/2017 | Órdenes de resolución desfavorables, favorables, desistidas e inadmitidas (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
04/04/2017 | Órdenes de resolución favorables (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
22/02/2017 | Órdenes de resolución desfavorables, desistidas e inadmitidas (Ver listados en el apartado Gestión, en la columna derecha) |
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses..
Efecto del silencio administrativo: desestimatorio.
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad
D. G. de Agricultura, Ganadería y Alimentación