Plazo indefinido
Consulta de Profilaxis Humana de la Rabia, que es una enfermedad infecciosa de origen vírico caracterizada por una encefalomielitis aguda y fatal que afecta al hombre y a gran número de animales, tanto domésticos como salvajes.
El agredido debe acudir a su médico de cabecera para que le realice la cura y tratamiento de la herida, administración de suero antitetánico, administración de antibióticos, etc.
* Orden de 14 de junio de 1976, del Ministerio de Gobernación, sobre perros y gatos: normas sobre medidas higiénico-sanitarias ( BOE de 14 de julio ).
Todos los animales de sangre caliente son hospedadores válidos del virus de la rabia; no obstante su susceptibilidad varía en función de la especie, pudiendo actuar como vectores del virus rábico tanto los animales salvajes como los domésticos, diferenciándose dos ciclos de transmisión: la rabia urbana, con el perro como vector fundamental y la rabia silvestre, ocupando el papel de vector fundamental, en Europa, el zorro.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo indefinido
Consulta de Profilaxis Humana de la Rabia, que es una enfermedad infecciosa de origen vírico caracterizada por una encefalomielitis aguda y fatal que afecta al hombre y a gran número de animales, tanto domésticos como salvajes.
El agredido debe acudir a su médico de cabecera para que le realice la cura y tratamiento de la herida, administración de suero antitetánico, administración de antibióticos, etc.
* Orden de 14 de junio de 1976, del Ministerio de Gobernación, sobre perros y gatos: normas sobre medidas higiénico-sanitarias ( BOE de 14 de julio ).
Todos los animales de sangre caliente son hospedadores válidos del virus de la rabia; no obstante su susceptibilidad varía en función de la especie, pudiendo actuar como vectores del virus rábico tanto los animales salvajes como los domésticos, diferenciándose dos ciclos de transmisión: la rabia urbana, con el perro como vector fundamental y la rabia silvestre, ocupando el papel de vector fundamental, en Europa, el zorro.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo indefinido
Consulta de Profilaxis Humana de la Rabia, que es una enfermedad infecciosa de origen vírico caracterizada por una encefalomielitis aguda y fatal que afecta al hombre y a gran número de animales, tanto domésticos como salvajes.
El agredido debe acudir a su médico de cabecera para que le realice la cura y tratamiento de la herida, administración de suero antitetánico, administración de antibióticos, etc.
* Orden de 14 de junio de 1976, del Ministerio de Gobernación, sobre perros y gatos: normas sobre medidas higiénico-sanitarias ( BOE de 14 de julio ).
Todos los animales de sangre caliente son hospedadores válidos del virus de la rabia; no obstante su susceptibilidad varía en función de la especie, pudiendo actuar como vectores del virus rábico tanto los animales salvajes como los domésticos, diferenciándose dos ciclos de transmisión: la rabia urbana, con el perro como vector fundamental y la rabia silvestre, ocupando el papel de vector fundamental, en Europa, el zorro.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo indefinido
La Administración Tributaria de la Comunidad de Madrid informará, a solicitud del interesado y en relación con los tributos cuya gestión le corresponda, sobre el valor a efectos fiscales de los bienes inmuebles que, situados en el territorio de su competencia, vayan a ser objeto de adquisición o transmisión.
- En el impreso de solicitud se puede solicitar la notificación telemática (se deberá estar dado de alta en el sistema NOTE, Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid). En otro caso, la Subdirección de Valoraciones se pondrá en contacto con el interesado al objeto de consultar si desea el envío de la valoración por correo, o bien, personalmente en sus oficinas en horario de (lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas).
- Si la valoración se obtiene telemáticamente en el Portal del Contribuyente no se devenga tasa alguna. Si se solicita mediante impreso, y la valoración se refiere a un inmueble con uso diferente al residencial, o al de la plaza de garaje, deberá abonar el importe de la tasa para la solicitud de valoración previa, en las oficinas de la Dirección General de Tributos.
Ver tasas en el apartado Gestión.
Deben cumplimentarse tantos impresos como fincas de distinto uso se desee que se valoren.
Cumplimentados los impresos, el Modelo 030 se presentará en las Entidades Bancarias colaboradoras de la Comunidad de Madrid para la liquidación e ingreso de la tasa correspondiente.
El Modelo 030, sellado por la Entidad Colaboradora, junto al impreso de solicitud, se presenta en las oficinas de la D.G. responsable, o en cualquier otra Oficina de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración Central o de un Ayuntamiento que haya firmado el correspondiente convenio (Ventanilla única).
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
Esta información tendrá efectos vinculantes durante un plazo de tres meses, contados desde la notificación al interesado, siempre que la solicitud se haya formulado con carácter previo a la finalización del plazo para presentar la correspondiente autoliquidación o declaración y se hayan proporcionado datos verdaderos y suficientes a la Administración tributaria.
Dicha información no impedirá la posterior comprobación administrativa de los elementos de hecho y circunstancias manifestados por el obligado tributario.
El interesado no podrá entablar recurso alguno contra la información comunicada. Podrá hacerlo contra el acto o actos administrativos que se dicten posteriormente en relación con dicha información.
La falta de contestación no implicará la aceptación del valor que, en su caso, se hubiera incluido en la solicitud del interesado
* Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. (Art. 90). (Texto consolidado).
* Resolución de 25 de mayo de 2010, de la Dirección General de Tributos y Ordenación y Gestión del Juego, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Economía y Hacienda para la tramitación de diversos procedimientos administrativos y se ordena la publicación de impresos normalizados para su utilización electrónica (BOCM nº 153, de 29 de junio).
Consejería de Hacienda y Función Pública
D. G. de Tributos
Tasas (4)
Plazo indefinido
Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Finalizado
Referencia 564026
Tarjeta interrail de libre circulación en 1ª o 2ª clase para viajar en ferrocarril por diversos países europeos. Con un solo pase se puede subir y bajar de la mayoría de los trenes de Europa.
Más información
Consejería de Educación y Juventud
D.G de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte
Sistema de información, recogida de datos y análisis, que estudia las modificaciones que se producen en la población (enfermedades transmisibles, factores de riesgo, indicadores del estado de salud, etc.) para ejecutar diversos programas de prevención y tratamiento de enfermedades.
1. Notificación de Enfermedades de Declaración Obligatoria (E.D.O.)
2. Vigilancia de la gripe
3. Vigilancia de las Infecciones que causan meningitis
4. Vigilancia de la Parálisis Fláccida Aguda
5. Plan de Eliminación del Sarampión
6. Encefalopatías Espongiformes de Transmisión Humana
7. Vigilancia Epidemiológica del VIH/SIDA
8. Vigilancia Epidemiológica de la Tuberculosis
9. Alertas y Brotes Epidémicos
10. Red de Médicos Centinela
11. Información Microbiológica
12. Vigilancia de Interrupciones Voluntarias del Embarazo (IVE)
13. Factores de Riesgo Asociados a Enfermedades No Transmisibles (SIVFRENT)
14. Vigilancia del Asma
15. Vigilancia de Trastornos del Comportamiento Alimentario (TCA)
16. Diabetes Mellitus y Factores de Riesgo Cardiovascular
17. Edición del Boletín Epidemiológico.
Horario: De lunes a viernes de 9:00 h. a 14:00 h.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Sistema de información, recogida de datos y análisis, que estudia las modificaciones que se producen en la población (enfermedades transmisibles, factores de riesgo, indicadores del estado de salud, etc.) para ejecutar diversos programas de prevención y tratamiento de enfermedades.
1. Notificación de Enfermedades de Declaración Obligatoria (E.D.O.)
2. Vigilancia de la gripe
3. Vigilancia de las Infecciones que causan meningitis
4. Vigilancia de la Parálisis Fláccida Aguda
5. Plan de Eliminación del Sarampión
6. Encefalopatías Espongiformes de Transmisión Humana
7. Vigilancia Epidemiológica del VIH/SIDA
8. Vigilancia Epidemiológica de la Tuberculosis
9. Alertas y Brotes Epidémicos
10. Red de Médicos Centinela
11. Información Microbiológica
12. Vigilancia de Interrupciones Voluntarias del Embarazo (IVE)
13. Factores de Riesgo Asociados a Enfermedades No Transmisibles (SIVFRENT)
14. Vigilancia del Asma
15. Vigilancia de Trastornos del Comportamiento Alimentario (TCA)
16. Diabetes Mellitus y Factores de Riesgo Cardiovascular
17. Edición del Boletín Epidemiológico.
Horario: De lunes a viernes de 9:00 h. a 14:00 h.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Sistema de información, recogida de datos y análisis, que estudia las modificaciones que se producen en la población (enfermedades transmisibles, factores de riesgo, indicadores del estado de salud, etc.) para ejecutar diversos programas de prevención y tratamiento de enfermedades.
1. Notificación de Enfermedades de Declaración Obligatoria (E.D.O.)
2. Vigilancia de la gripe
3. Vigilancia de las Infecciones que causan meningitis
4. Vigilancia de la Parálisis Fláccida Aguda
5. Plan de Eliminación del Sarampión
6. Encefalopatías Espongiformes de Transmisión Humana
7. Vigilancia Epidemiológica del VIH/SIDA
8. Vigilancia Epidemiológica de la Tuberculosis
9. Alertas y Brotes Epidémicos
10. Red de Médicos Centinela
11. Información Microbiológica
12. Vigilancia de Interrupciones Voluntarias del Embarazo (IVE)
13. Factores de Riesgo Asociados a Enfermedades No Transmisibles (SIVFRENT)
14. Vigilancia del Asma
15. Vigilancia de Trastornos del Comportamiento Alimentario (TCA)
16. Diabetes Mellitus y Factores de Riesgo Cardiovascular
17. Edición del Boletín Epidemiológico.
Horario: De lunes a viernes de 9:00 h. a 14:00 h.
Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.
Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.
RECURSO DE ALZADA:
Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:
Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.
POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:
Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.
RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:
Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.
Históricas cerradas
Defectos u omisiones de la documentación (Publicado el 18 noviembre 2016 17:30)
Otras informaciones (Publicado el 28 noviembre 2016 15:32)
Admitidos y excluidos. (Publicado el 28 noviembre 2016 15:32)
Ofertas económicas (Publicado el 25 noviembre 2016 16:14)
Históricas cerradas
RESULTADOS DE LA LICITACIÓN | ||||||
---|---|---|---|---|---|---|
Nºlote | Nºofertas | Resultado | NIF adjudicatario | Nombre o razón social adjudicatario | Importe adjudicación (sin IVA) | Importe adjudicación (con IVA) |
1 | 2 | Adjudicado | B87222014 | Prosegur Soluciones Integrales de Seguridad España, S.L. | 29.135,97 | 35.254,52 |
2 | 2 | Adjudicado | B79804068 | Urbisegur de Seguridad, S.L. | 15.624 | 18.905,04 |
Pliegos de condiciones (2)
Adjudicación del contrato (Publicado el 02 septiembre 2016 11:01)
Plazo indefinido
¿Quién puede?
Se podrá consultar el plazo de solicitud de la convocatoria en el apartado Información relacionada, en la columna derecha de esta ficha.
* Ley 16/1987, de 30 de julio, de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE de 31 de julio)
* Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) (BOE nº 241, de 8 de octubre)
* Orden Ministerial de 4 febrero de 1993 (BOE nº 40, de 16 febrero).
* Orden Ministerial de 23 de julio de 1997 (BOE nº 182, de 31 de julio)
* Orden de 21 de julio de 2000 (BOE nº 185, de 3 de agosto)
* Orden PRE/1435/2013 de 23 de julio (BOE nº 180, de 29 de julio)
* Orden FOM/36/2008 de 9 de enero (BOE nº 19, de 22 de enero)
* Orden FOM 734/2007, de 20 de marzo (BOE nº 75, de 28 de marzo de 2007).
* Resolución de 19 de septiembre de 1995 de la Dirección General del Transporte Terrestre (BOE nº 235, de 2 de octubre de 1995)
* Resolución de 25 de junio de 2010, del Director General de Transportes, por la que se publica el modelo de solicitud del procedimiento denominado Visado/rehabilitación de autoridades de transporte y actividades auxiliares y complementarias (BOCM nº 169, de 16 de julio).
Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras
D. G. de Transportes
Tasas (3)
Finalizado Inicio: 26 diciembre 2016 | Fin: 26 diciembre 2016
Duración: 2 horas.
Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad