Solicitud de elevación a escritura pública de contratos de compraventa de inmuebles comprados a la Agencia de Vivienda Social

Actualizado el 12 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración
Plazo indefinido 
  • Referencia


    77616

    ¿Qué es? >

  • Procedimiento para obtener escritura pública de contratos de compraventa de viviendas, garajes y locales comprados a la Agencia de Vivienda Social.

    ¿Quién puede? >

  • 1. Disponer de un contrato privado de compraventa del inmueble.

    ¿Qué necesitas presentar? >

    ¿Cómo lo solicito? >


  • En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
    Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
    a) Presentación por Internet (ver cómo tramitar)
    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los
    Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

    Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
    Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “internet”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
    Para recibir las notificaciones por medios electrónicos, deberán estar dados de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

    b) Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro.
    Además de su presentación por internet, los ciudadanos y demás sujetos no incluidos en el citado artículo 14.2 de la Ley 39/2015, pueden presentar su solicitud en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro
    de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

    Tramitación >

  • Una vez recibida la solicitud se da traslado de la misma al Departamento correspondiente.
    Se comprueba que la documentación presentada es correcta y suficiente. En caso contrario, se contacta con el interesado para que la complete.
    A continuación se cita a los interesados para proceder a la firma de la Escritura de Elevación a Público del contrato privado de compraventa.

    Normativa Aplicable >

  • * Resolución 197/2017, de 3 de febrero, de la Directora-Gerente de la Agencia de Vivienda Social, por la que se publican los modelos de solicitud de los procedimientos denominados “Solicitud de locales para emprendedores”, “Abono gastos comunidad”, “Devolución fianzas arrendamiento (viviendas agencia)”, “Renuncia reducción por compra”, “Asociaciones sin ánimo de lucro”, “Elevación a público de inmuebles”, “Solicitud plazas de garaje arrendamiento o venta”, “Cambio de régimen inmuebles” y “Renuncia inmuebles” (BOCM nº 44, de 21 de febrero)
    * Decreto 11/2005 de 27 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de viviendas de protección pública de la Comunidad de Madrid.
    * Decreto 74/09, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas con Protección Pública de la Comunidad de Madrid.
    * Decreto 100/86, de 22 de octubre, por el que se regula la cesión en arrendamiento de las viviendas de protección oficial de Promoción Pública, modificado por 44/90 de 17 de mayo.
    Ley 29/1994.
    * Normativa complementaria en materia de vivienda pública.
    * Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

    Ámbito Civil
    :
    * Código Civil (R.D. de 24 julio 1889).
    Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos. 

    Órgano Responsable >

  • Consejería de Transportes, Vivienda e Infraestructuras
    Organismo autónomo Agencia de Vivienda Social de la Comunidad de Madrid

    Información Complementaria >

  • Para más información sobre elevaciones a público, pinche en el siguiente enlace: Más información.
    Atención telefónica: 91 580 91 00 (9 a 14h).

Gestión


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