Solicitud de antecedentes para la tramitación de la licencia de perros potencialmente peligrosos
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Permite a los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid consultar el Registro de infractores de la normativa sobre perros potencialmente peligrosos para la concesión de licencias.
¿Quién puede solicitarlo?
Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
Requisitos principales
- Ser un Ayuntamiento de la Comunidad de Madrid.
Duración del trámite
Indefinido
Resumen
Este trámite permite a los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid consultar el Registro de infractores de la normativa sobre perros potencialmente peligrosos antes de otorgar una licencia para la tenencia de estos animales.
Quién puede usar este servicio:
- Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Escrito del Ayuntamiento solicitando los antecedentes en el Registro de infractores de la normativa de perros potencialmente peligrosos del solicitante de la licencia.
- La Comunidad de Madrid consultará, por medios electrónicos, los datos del NIF/NIE del interesado y del representante, salvo que te opongas.
Costes y plazos:
- Este trámite no requiere el pago de tasas.
- El plazo es indefinido.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación de la documentación: Reúne el escrito del Ayuntamiento y cualquier otro documento necesario.
- Acceso a la sede electrónica: Pulsa en Tramitar para acceder al espacio de tramitación.
- Cumplimentación del formulario: Descarga y rellena el formulario de solicitud.
- Presentación electrónica: Presenta la solicitud y la documentación a través del Registro electrónico de la Comunidad de Madrid.
Información sobre cada etapa:
- La tramitación es exclusivamente electrónica y requiere un sistema de firma electrónica reconocido.
- Las notificaciones se realizarán por medios electrónicos.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Una vez registrada la solicitud, podrás consultar el estado de tramitación y aportar documentos adicionales a través del servicio de consulta de situación de expedientes.
Ayuda
Contacto:
- Órgano responsable: Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura, D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación.
Recursos adicionales:
- Guía de tramitación electrónica de la Comunidad de Madrid.
Normativa
- Resolución de 18 de diciembre de 2017, del Director General de Agricultura y Ganadería: (BOCM nº 6, de 8 de enero).
- Ley 50/1999 de 23 de diciembre del Reglamento jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos: (BOE nº 307, de 24 de diciembre).
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas: (BOE nº 236, de 2 de octubre).
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público: (BOE nº 236, de 2 de octubre).
- Disposición Adicional Séptima de la Ley 2/2002, de 19 de junio, de Evaluación Ambiental de la Comunidad de Madrid: (BOE nº 176, de 24 de julio).
- Ley 32/2007 de 07 de noviembre, para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio: (BOE nº 268, de 8 de noviembre)
- Ley 28/2015 del 30 de julio, para la defensa de la calidad alimentaria: (BOE nº 182, de 31 de julio).
- Ley 12/2013 de 2 de agosto, de medidas para la mejora del funcionamiento de la cadena alimentaria: (BOE nº 185, de 3 de agosto).
- Ley 6/2015 de 12 de mayo, de denominación de origen e indicaciones geográficas protegidas de ámbito territorial supraautonómico: (BOE nº 114, de 13 de mayo).
- Ley 3/2001 de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado: (BOE nº 75, de 28 de marzo).
- Ley 4/16 de 22 de julio, de protección de los animales de compañía de la Comunidad de Madrid: (BOE nº 285, de 25 de noviembre).
- Ley 8/2003 de 24 de abril, de sanidad animal: (BOE nº 99, de 25 de abril).
- Ley 43/2002 de 20 de noviembre, de sanidad vegetal: (BOE nº 279, de 21 de noviembre).
- Ley 3/95, 23 de marzo, de vías pecuarias: (BOE nº 71, de 24 de marzo) y Ley 8/1998, del 15 de junio, de vías pecuarias de la Comunidad de Madrid: (BOE nº 206, de 28 de agosto).
- Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid: (BOCM de 23 de noviembre de 2000. Corrección de errores: BOCM de 20 de diciembre de 2000, 22 de enero de 2001).