Reingreso servicio activo personal laboral (no incluye al personal funcionario, ni al estatutario)
Información Rápida
Objetivo
Permite al personal laboral de la Comunidad de Madrid que se encuentra en excedencia voluntaria (por interés particular o por incompatibilidad) solicitar su reincorporación al servicio activo.
¿Quién puede solicitarlo?
Personal laboral del Convenio Colectivo vigente de la Comunidad de Madrid que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por incompatibilidad.
Requisitos principales
- Para excedencia por interés particular, haber transcurrido un mínimo de 2 años desde el inicio de la excedencia.
- Para excedencia por incompatibilidad, solicitar el reingreso en un plazo máximo de 2 meses desde que finalizó la situación de incompatibilidad.
Plazos
Plazo indefinido
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Si no se obtiene destino en el Turno de Traslado, se asignará un destino definitivo, priorizando las plazas no ocupadas por personal interino.
Resumen
Este trámite permite al personal laboral de la Comunidad de Madrid que se encuentra en situación de excedencia voluntaria (por interés particular o por incompatibilidad) solicitar su reincorporación al servicio activo.
Quién puede usar este servicio: Personal laboral del Convenio Colectivo vigente de la Comunidad de Madrid.
Lo que necesitas
Requisitos:
- Para excedencia por interés particular, haber transcurrido un mínimo de 2 años desde el inicio de la excedencia.
- Para excedencia por incompatibilidad, solicitar el reingreso en un plazo máximo de 2 meses desde que finalizó la situación de incompatibilidad.
Documentos requeridos:
- Solicitud (disponible al tramitar online).
- Documentación especificada en el formulario.
Costes y plazos:
- Este trámite no requiere el pago de tasas.
- El plazo es indefinido.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- La solicitud puede presentarse electrónicamente con firma electrónica o presencialmente en los lugares habilitados.
- Para la presentación electrónica, se debe preparar la documentación, descargar y cumplimentar el formulario, y presentarlo en el registro electrónico.
- Para la presentación presencial, se debe consultar si es necesario solicitar cita previa.
Tramitación electrónica:
- Prepara la documentación y/o anexos.
- Pulsa DESCARGAR y cumplimenta el formulario.
- Accede al Registro electrónico para su presentación.
Notificaciones electrónicas:
Si seleccionas la notificación electrónica, las notificaciones se enviarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Consulta de expedientes:
Una vez registrada la solicitud, puedes consultar su estado en consulta de situación de expedientes, donde puedes:
- Aportar documentos.
- Enviar comunicaciones.
- Consultar su estado.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
El reingreso se puede obtener mediante participación en concursos de traslados o por adscripción provisional a un puesto vacante.
Información Complementaria:
Si no se obtiene destino en el Turno de Traslado, se asignará un destino definitivo, priorizando las plazas no ocupadas por personal interino.
Ayuda
Contacto:
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo Viceconsejería de Hacienda y Función Pública Dirección General de Recursos Humanos
Normativa:
- Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid.
- Decreto 74/1988, de 23 de junio.
- Resolución de 11 de octubre de 2010.