Registro General de Asociaciones Artesanas
Plazo indefinido
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Referencia
2200 -
¿Qué es?
Se inscribirán en el Registro General de Asociaciones Artesanas de la Comunidad de Madrid.
Las Asociaciones, las Federaciones o Confederaciones sin fines de lucro, formalmente constituidas e inscritas en los Registros correspondientes, que agrupen a artesanos y/o empresas artesanas y que desarrollen su actividad y dispongan de domicilio dentro del ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
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¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud, donde se indican aquellos documentos cuyos datos consultará la Comunidad de Madrid, salvo que el interesado expresamente lo desautorice, así como los que deberán aportarse.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Los interesado se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. -
Tramitación
Se dirigirá la solicitud de inscripción y la documentación correspondiente al Área de Ferias y Artesanía de la Dirección General de Comercio en la calle Albasanz,14-planta baja.
Una vez realizada la inscripción se notificará al interesado
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Presentación de solicitudes
La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
(ver cómo tramitar)Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid
Dentro del apartado Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los impresos que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.
Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse internet, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones
Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
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Información complementaria
La inscripción de las Asociaciones, Federaciones o Confederaciones artesanas de la Comunidad de Madrid en el Registro General de Asociaciones Artesanas de la Comunidad de Madrid, es voluntario y gratuito, teniendo dicho registro el carácter de público, con las limitaciones aplicables en materia de tratamiento y protección de datos de carácter personal.
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Normativa aplicable
* Ley 21/1998 de 30 de noviembre ( BOCM nº 292, de 9 de diciembre ) de ordenación, protección y promoción de la artesanía en la Comunidad de Madrid, modificada por la ley 3/2008, de 29 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.(Texto consolidado)
* Orden 4276/1996, de 8 de julio, por la que se crea el Registro (BOCM nº 175, de 24 de julio).
* Resolución de 18 de enero de 2010, de la Dirección General de Comercio, por la que se habilita al Registro Telemático para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación del expediente de los procedimientos denominados Inscripción en el Registro General de Comerciantes Ambulantes e Inscripción en el Registro General de Asociaciones Artesanas (BOCM nº 40, de 17 de febrero )
- Órgano responsable
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Consejería de Economía, Empleo y Competitividad
D. G. de Comercio y Consumo
Gestión