Recurso potestativo de reposición contra actos administrativos de la Comunidad de Madrid que pongan fin a la vía Administrativa de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras
Información Rápida
Objetivo
Permite a los ciudadanos presentar un recurso contra decisiones administrativas de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras que finalizan la vía administrativa.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona física o jurídica que se vea afectada por un acto administrativo de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras que ponga fin a la vía administrativa.
Requisitos principales
- Presentar el recurso ante el órgano que dictó el acto impugnado.
- Indicar los motivos de nulidad o anulabilidad según los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015.
Plazos
Si el acto es expreso, el plazo es de un mes a partir del día siguiente a la notificación o publicación. Si el acto no es expreso, se puede interponer en cualquier momento a partir del día siguiente en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
Duración del trámite
No se especifica.
Información adicional
El contenido de la información tiene carácter orientativo y no vinculante. Se recomienda consultar las publicaciones oficiales.
Resumen
Este trámite permite presentar un recurso potestativo de reposición contra actos administrativos de la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras que pongan fin a la vía administrativa. Esto significa que puedes impugnar decisiones de esta Consejería antes de acudir a la vía judicial.
Lo que necesitas
- Requisitos:
- El recurso debe interponerse ante el órgano que dictó el acto que se impugna.
- Debes indicar los motivos de nulidad o anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de la Ley 39/2015.
- Documentación a presentar:
- Solicitud (disponible al tramitar).
- Documentación que se indica en el formulario.
- Costes:
- Este trámite no requiere el pago de tasas.
Cómo hacerlo
- Preparación: Reúne la documentación necesaria.
- Tramitación:
- Electrónicamente: Necesitas un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid. Pulsa "TRAMITAR", accede al espacio de tramitación, descarga y cumplimenta el formulario, y preséntalo en el Registro electrónico.
- Presencialmente: Puedes presentarlo en los lugares habilitados, salvo que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración. Consulta si es necesario solicitar cita previa.
- Notificaciones: Si eliges la notificación electrónica, recibirás las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Debes tener una dirección electrónica habilitada en este servicio. Puedes darte de alta en Notificaciones Electrónicas.
- Seguimiento: Una vez registrada la solicitud, puedes consultar su estado y aportar documentos a través del servicio de consulta de situación de expedientes.
Después de hacerlo
- Tramitación: La Secretaría General Técnica de la Consejería competente tramitará el recurso.
- Plazos:
- Si el acto es expreso, tienes un mes para interponer el recurso desde el día siguiente a la notificación o publicación.
- Si el acto no es expreso, puedes interponerlo en cualquier momento a partir del día siguiente en que se produzcan los efectos del silencio administrativo.
- Resolución: La resolución estimará, desestimará o declarará la inadmisión del recurso.
Ayuda
- Normativa:
- Órgano responsable:
- Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
- Secretaría General Técnica de Vivienda, Transportes e Infraestructuras.
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