Reconocimiento de Interés Sanitario y/o social para actos de carácter científico en la Comunidad de Madrid

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener el reconocimiento de interés sanitario y/o social para eventos científicos organizados por entidades públicas o privadas en la Comunidad de Madrid.

¿Quién puede solicitarlo?

Entidades públicas o privadas legalmente constituidas con personalidad jurídica que organicen actos de carácter científico y/o social en la Comunidad de Madrid.

Requisitos principales

  • La actividad debe difundir, expandir o promocionar conocimientos o técnicas relacionadas con las ciencias de la salud y los servicios sociales.
  • La solicitud debe ser para actividades a realizarse en la Comunidad de Madrid.
  • La solicitud debe presentarse con tres meses de antelación a la fecha de inicio de la actividad, indicando lugar y fecha de celebración.

Plazos

La solicitud debe presentarse con tres meses de antelación a la fecha prevista para el inicio de la actividad.

Duración del trámite

Un mes

Información adicional

La tramitación se realiza exclusivamente por medios electrónicos, requiriendo uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid. La Comisión de Reconocimiento de Interés Sanitario se reúne cada tres semanas, excepto en verano, para decidir sobre las solicitudes.

Resumen

Este trámite permite a entidades públicas o privadas solicitar el reconocimiento de interés sanitario y/o social para actividades científicas y técnicas que organicen en la Comunidad de Madrid. La solicitud debe presentarse con antelación y cumplir con los requisitos establecidos.

Quién puede usar este servicio:

Entidades con carácter público o privado legalmente constituidas con personalidad jurídica, que vayan a realizar un acto de carácter científico y/os social en la Comunidad de Madrid.

Antes de empezar:

  • Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.
  • Ten en cuenta que la tramitación es exclusivamente electrónica y requiere firma electrónica.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  1. Solicitud (formulario online).
  2. Documento acreditativo de su constitución para las Entidades de carácter privado (solo en la primera solicitud).
  3. Junta directiva de la Entidad.
  4. Número de socios o miembros que la integran.
  5. Publicaciones que edita.
  6. Actividades científicas organizadas y/o declaradas o no de interés sanitario de los tres últimos años.
  7. Programa científico-técnico de la actividad.
  8. Comité Científico o Dirección Técnica.
  9. Currículum profesional del responsable de la actividad.
  10. Presupuesto económico detallado, con expresión de la cuota de inscripción establecida.
  11. Fuentes de financiación y patrocinadores de la actividad.
  12. Destinatarios, finalidad y objetivos perseguidos por la actividad.

Requisitos previos:

  • Tener por objeto la difusión, expansión, promoción de conocimientos o técnicas relacionadas con las ciencias de la salud y los servicios sociales.
  • Solicitar la declaración exclusivamente para actividades científicas y técnicas que vayan a realizar en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  • Presentar la solicitud dirigida a la Dirección General competente en formación y acreditación docente sanitaria, con tres meses de antelación a la fecha prevista para el comienzo de la actividad, indicando lugar y fecha de celebración.

Costes y plazos:

  • Este trámite no requiere el pago de tasas.
  • El plazo máximo de resolución es de un mes.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparación: Reúne la documentación necesaria y asegúrate de tener un sistema de firma electrónica reconocido.
  2. Acceso al formulario: Pulsa el botón TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación y al formulario en línea.
  3. Cumplimentación: Completa el formulario online. Puedes guardar un borrador si no lo finalizas en el momento.
  4. Envío: Pulsa ENVIAR A REGISTRO y adjunta el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Información sobre cada etapa:

Tiempos de espera:

  • La Comisión de Reconocimiento de Interés Sanitario se reúne cada tres semanas, excepto en verano.
  • El plazo máximo de resolución es de un mes.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Tras recibir la solicitud, se convoca reunión de la Comisión de Reconocimiento de Interés Sanitario donde se decide la resolución o un requerimiento al solicitante.

Plazos de resolución:

El plazo máximo de resolución es de un mes.

Siguiente pasos:

Estar atento a las notificaciones electrónicas para conocer la resolución de tu solicitud.

Ayuda

Contacto:

Consejería de Sanidad Viceconsejería de Sanidad Dirección General de Investigación y Docencia

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) para resolver dudas comunes.


Preguntas frecuentes


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