Reclamación Responsabilidad Patrimonial de la Consejería competente en educación
Información Rápida
Objetivo
Solicitar una compensación económica si has sufrido daños en tus bienes o derechos debido al funcionamiento de un servicio público educativo.
¿Quién puede solicitarlo?
Cualquier persona (física o jurídica) que haya sufrido un daño en sus bienes o derechos como resultado del funcionamiento normal o anormal del servicio público educativo. En caso de menores, la solicitud debe ser presentada por su representante legal.
Requisitos principales
- No haber recibido ya una indemnización por los mismos hechos de otra aseguradora o entidad.
- Especificar en la solicitud los daños (materiales, morales, etc.) y las lesiones.
- Explicar la relación entre los daños/lesiones y el servicio educativo.
- Indicar la cantidad que se reclama (si es posible).
- Señalar la fecha en que ocurrió el daño o lesión.
Plazos
Plazo indefinido para presentar la reclamación.
Duración del trámite
6 meses (plazo máximo de resolución)
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar a través del correo electrónico rpatrimonial.edu@madrid.org.
Resumen
Este trámite permite solicitar una indemnización a la Consejería competente en educación si has sufrido daños o lesiones como consecuencia del funcionamiento de un servicio público educativo.
Quién puede usar este servicio:
Personas físicas o jurídicas que hayan sufrido daños o lesiones en sus bienes o derechos debido al funcionamiento del servicio público educativo. Si eres menor de edad, tu representante legal debe presentar la solicitud.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (se encuentra en el espacio de tramitación online).
- En caso de lesiones, informes médicos.
- En caso de daños, facturas y justificantes de pago.
- Otros documentos que justifiquen la reclamación.
Requisitos previos:
- No haber recibido indemnización por los mismos hechos.
- Especificar los daños y su relación con el servicio educativo.
- Cuantificar el importe reclamado (si es posible).
- Indicar la fecha del daño o lesión.
Costes y plazos:
- Este trámite no tiene coste.
- El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Prepara la documentación necesaria.
- Accede al formulario online a través del enlace "Tramitar".
- Cumplimenta el formulario.
- Elige entre presentación electrónica o presencial:
- Electrónica: Envía la solicitud y adjunta los documentos.
- Presencial: Descarga el formulario, imprímelo y preséntalo en los lugares habilitados.
Información sobre cada etapa:
- Si eliges la presentación electrónica, necesitarás un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid (más información aquí).
- Si eliges la presentación presencial, consulta si es necesario pedir cita previa (cita previa).
Después de hacerlo
Qué sucede después:
La Secretaría General Técnica revisará tu solicitud y la documentación. Podrán solicitarte que subsanes errores o que aportes más información.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para resolver es de 6 meses.
Siguientes pasos:
Puedes consultar el estado de tu expediente a través del servicio online de consulta de situación de expedientes.
Ayuda
Contacto:
- Correo electrónico: rpatrimonial.edu@madrid.org
Recursos adicionales:
Normativa
- Ley 7/2015, de 28 de diciembre, de Supresión del Consejo Consultivo
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público
- Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid