Proyecto de apoyo a la mecanización de la Gestión Municipal (GEMA)
Información Rápida
Objetivo
Asistencia a entidades locales de la Comunidad de Madrid para la modernización de la gestión administrativa, priorizando municipios con menos de 20.000 habitantes, a través de la adhesión o separación al proyecto, alta o baja a los módulos del proyecto, tutorías y gestión de cuentas de correo.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades locales, patronatos municipales y entidades públicas empresariales municipales de la Comunidad de Madrid.
Requisitos principales
- Solicitudes firmadas por el Alcalde-Presidente o Gerente (en caso de organismos autónomos y entidades públicas empresariales).
- Para el módulo de archivo municipal, se requiere personal técnico especializado en archivos.
- Para el módulo de información gráfica catastral, se requiere haber recabado la información necesaria para la carga de datos.
Plazos
Plazo indefinido.
Duración del trámite
Máximo 3 meses.
Información adicional
El proyecto ofrece cesión de licencias de módulos como contabilidad, gestión de ingresos, gestión administrativa, firma electrónica, nóminas, archivo, sistema de información geográfica catastral, y cuentas de correo electrónico.
Resumen
El Proyecto GEMA (Gestión Municipal) apoya a los ayuntamientos de la Comunidad de Madrid en la modernización de su gestión administrativa. Prioriza a los municipios con menos de 20.000 habitantes.
¿Quién puede usar este servicio?
Entidades locales, patronatos municipales y entidades públicas empresariales municipales.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Solicitud (a través del formulario online en la sede electrónica).
- Documentación adicional específica según el tipo de solicitud:
- Adhesión/Separación al Proyecto: Acta de Constitución y Estatutos.
- Alta módulo de Archivo Municipal: Certificado que acredita personal técnico especializado.
- Alta módulo SITAL: Certificado de haber recabado ficheros de Información Gráfica Rústica y Urbana.
- Alta módulos Gestión de Ingresos, Contabilidad, etc. (en municipios con más de 20.000 habitantes): Memoria justificativa.
- Solicitud de tutorías: No requiere documentación.
- Solicitud de alta, modificación o baja de cuenta de correo: No requiere documentación.
Requisitos previos:
- Las solicitudes deben estar firmadas por el Alcalde-Presidente o Gerente.
- Para el módulo de archivo, la entidad local debe tener personal técnico especializado.
- Para el módulo de información catastral, debe haber recabado la información necesaria.
Costes y plazos:
- Este trámite no requiere el pago de tasas.
- El plazo de resolución es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Accede a la sede electrónica de la Comunidad de Madrid y pulsa "Tramitar".
- Prepara la documentación requerida.
- Cumplimenta el formulario online.
- Adjunta la documentación y envía la solicitud a registro.
Información sobre cada etapa:
- La tramitación es exclusivamente electrónica.
- Necesitas un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid (uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid).
- Las notificaciones se realizarán electrónicamente a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- La Dirección General competente comunicará la resolución a la Agencia para la Administración Digital de la Comunidad de Madrid, que se encargará de su ejecución.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses desde la fecha de entrada de la solicitud en el registro.
Efectos del silencio administrativo:
- Si no hay resolución en 3 meses, la solicitud se considera desestimada.
Ayuda
Contacto:
- Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local.
- Viceconsejería de Presidencia y Administración Local.
- Dirección General de Reequilibrio Territorial.
Recursos adicionales:
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre).
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (BOE nº 276, de 18 de noviembre).
- Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid (BOE nº 128, de 29 de mayo).
- Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 156, de 3 de julio).
- Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid (BOE nº 119, de 19 de mayo).
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE nº 80, de 3 de abril).