Procedimiento sancionador en materia de calidad alimentaria

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Tramitar expedientes sancionadores relacionados con infracciones en materia de calidad alimentaria, conforme a la normativa vigente.

¿Quién puede solicitarlo?

Denunciantes, interesados o sus representantes legales.

Requisitos principales

  • Denunciantes, interesados o sus representantes legales pueden iniciar el procedimiento.
  • La presentación de una denuncia no otorga automáticamente la condición de interesado en el procedimiento.

Plazos

Plazo indefinido.

Duración del trámite

Un año contado desde el Acuerdo de iniciación.

Información adicional

El contenido de la información tiene carácter orientativo y no vinculante, se recomienda consultar las publicaciones oficiales.

Resumen

Este procedimiento detalla cómo se tramitan los expedientes sancionadores relacionados con infracciones en materia de calidad alimentaria, según la normativa vigente.

Quién puede usar este servicio

  • Denunciantes
  • Interesados
  • Representantes legales

Importante: La presentación de una denuncia no convierte automáticamente al denunciante en interesado en el procedimiento.

Lo que necesitas

Documentación requerida

  • Escrito del denunciante: Debe incluir la identidad de quien presenta la denuncia, un relato detallado de los hechos (incluyendo la fecha de la infracción) y, si es posible, la identificación de los presuntos responsables.
  • Información de contacto: Se debe indicar un medio electrónico o lugar físico para recibir notificaciones.
  • Documentos adicionales: Cualquier documento que el denunciante considere relevante para complementar la denuncia.

Requisitos previos

No se especifican requisitos previos adicionales.

Costes y plazos

  • Coste: Este trámite no requiere el pago de tasas.
  • Plazo: El plazo para este procedimiento es indefinido.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Presentación de la denuncia: Se puede realizar de forma electrónica o presencial.
  2. Tramitación electrónica: Requiere un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
    • Preparar la documentación.
    • Descargar y completar el formulario.
    • Presentar la solicitud y documentos a través del Registro Electrónico.
  3. Tramitación presencial: Presentar la documentación en los lugares habilitados.
    • Consultar si es necesario solicitar cita previa.
  4. Notificaciones: Si se elige la notificación electrónica, las notificaciones se enviarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
  5. Consulta del estado del expediente: Una vez registrada la solicitud, se puede consultar el estado del expediente y aportar documentación adicional.

Información sobre cada etapa

  • Inicio del procedimiento: Puede incluir un período de información previa para determinar los hechos y responsabilidades.
  • Acuerdo de iniciación: El expediente sancionador comienza con un acuerdo del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
  • Notificación y alegaciones: Se notifica a los interesados, quienes tienen 15 días hábiles para examinar el expediente, presentar alegaciones y proponer pruebas.
  • Propuesta de resolución: Tras las alegaciones, el instructor propone una resolución con los hechos probados, la infracción, los responsables y la sanción.
  • Trámite de audiencia: Se notifica la propuesta de resolución a los interesados, quienes tienen 15 días hábiles para presentar alegaciones adicionales.
  • Actuaciones complementarias: Antes de la resolución, se pueden realizar actuaciones complementarias.
  • Resolución: El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación dicta la resolución del procedimiento.

Tiempos de espera

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de un año desde el acuerdo de iniciación.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez dictada la resolución, se notifica a los interesados.

Plazos de resolución

El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de un año desde el acuerdo de iniciación.

Siguientes pasos

  • Recurso de alzada: Contra la resolución, se puede interponer un recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura en el plazo de un mes.
  • Pago de la sanción: El importe de la sanción debe hacerse efectivo en período voluntario.
  • Aplazamiento/fraccionamiento: Se puede solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago si la situación económica lo impide.
  • Ejecución forzosa: Si no se paga la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio.

Ayuda

Contacto

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación

Recursos adicionales

Preguntas frecuentes

(Ver sección FAQ en la tarjeta administrativa)


Preguntas frecuentes


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