Procedimiento sancionador en materia de calidad alimentaria
Información Rápida
Objetivo
Tramitar expedientes sancionadores relacionados con infracciones en materia de calidad alimentaria, conforme a la normativa vigente.
¿Quién puede solicitarlo?
Denunciantes, interesados o sus representantes legales.
Requisitos principales
- Denunciantes, interesados o sus representantes legales pueden iniciar el procedimiento.
- La presentación de una denuncia no otorga automáticamente la condición de interesado en el procedimiento.
Plazos
Plazo indefinido.
Duración del trámite
Un año contado desde el Acuerdo de iniciación.
Información adicional
El contenido de la información tiene carácter orientativo y no vinculante, se recomienda consultar las publicaciones oficiales.
Resumen
Este procedimiento detalla cómo se tramitan los expedientes sancionadores relacionados con infracciones en materia de calidad alimentaria, según la normativa vigente.
Quién puede usar este servicio
- Denunciantes
- Interesados
- Representantes legales
Importante: La presentación de una denuncia no convierte automáticamente al denunciante en interesado en el procedimiento.
Lo que necesitas
Documentación requerida
- Escrito del denunciante: Debe incluir la identidad de quien presenta la denuncia, un relato detallado de los hechos (incluyendo la fecha de la infracción) y, si es posible, la identificación de los presuntos responsables.
- Información de contacto: Se debe indicar un medio electrónico o lugar físico para recibir notificaciones.
- Documentos adicionales: Cualquier documento que el denunciante considere relevante para complementar la denuncia.
Requisitos previos
No se especifican requisitos previos adicionales.
Costes y plazos
- Coste: Este trámite no requiere el pago de tasas.
- Plazo: El plazo para este procedimiento es indefinido.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso
- Presentación de la denuncia: Se puede realizar de forma electrónica o presencial.
- Tramitación electrónica: Requiere un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
- Preparar la documentación.
- Descargar y completar el formulario.
- Presentar la solicitud y documentos a través del Registro Electrónico.
- Tramitación presencial: Presentar la documentación en los lugares habilitados.
- Consultar si es necesario solicitar cita previa.
- Notificaciones: Si se elige la notificación electrónica, las notificaciones se enviarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
- Consulta del estado del expediente: Una vez registrada la solicitud, se puede consultar el estado del expediente y aportar documentación adicional.
Información sobre cada etapa
- Inicio del procedimiento: Puede incluir un período de información previa para determinar los hechos y responsabilidades.
- Acuerdo de iniciación: El expediente sancionador comienza con un acuerdo del Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
- Notificación y alegaciones: Se notifica a los interesados, quienes tienen 15 días hábiles para examinar el expediente, presentar alegaciones y proponer pruebas.
- Propuesta de resolución: Tras las alegaciones, el instructor propone una resolución con los hechos probados, la infracción, los responsables y la sanción.
- Trámite de audiencia: Se notifica la propuesta de resolución a los interesados, quienes tienen 15 días hábiles para presentar alegaciones adicionales.
- Actuaciones complementarias: Antes de la resolución, se pueden realizar actuaciones complementarias.
- Resolución: El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación dicta la resolución del procedimiento.
Tiempos de espera
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de un año desde el acuerdo de iniciación.
Después de hacerlo
Qué sucede después
Una vez dictada la resolución, se notifica a los interesados.
Plazos de resolución
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución es de un año desde el acuerdo de iniciación.
Siguientes pasos
- Recurso de alzada: Contra la resolución, se puede interponer un recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura en el plazo de un mes.
- Pago de la sanción: El importe de la sanción debe hacerse efectivo en período voluntario.
- Aplazamiento/fraccionamiento: Se puede solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del pago si la situación económica lo impide.
- Ejecución forzosa: Si no se paga la sanción, se procederá a su cobro por la vía de apremio.
Ayuda
Contacto
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior Viceconsejería de Medio Ambiente y Agricultura D. G. de Agricultura Ganadería y Alimentación
Recursos adicionales
- Normativa:
- Guía de tramitación electrónica
Preguntas frecuentes
(Ver sección FAQ en la tarjeta administrativa)
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio
D.G. de Trabajo
D.G. de Administración Local (CABRERA)
Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste
D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano
D.G. de Función Pública
En esta página
- Resumen
- Quién puede usar este servicio
- Lo que necesitas
- Documentación requerida
- Requisitos previos
- Costes y plazos
- Cómo hacerlo
- Paso a paso del proceso
- Información sobre cada etapa
- Tiempos de espera
- Después de hacerlo
- Qué sucede después
- Plazos de resolución
- Siguientes pasos
- Ayuda
- Contacto
- Recursos adicionales
- Preguntas frecuentes
- Preguntas frecuentes
- Oficinas de la administración