Prestaciones sociales y económicas para personas con discapacidad

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Estas prestaciones están destinadas a personas con discapacidad que no están cubiertas por la Seguridad Social debido a la falta de actividad laboral, según lo establecido en la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).

¿Quién puede solicitarlo?

Personas con discapacidad

Requisitos principales

  • Ser español o nacional de un país de la Unión Europea y estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
  • No estar cubierto por el sistema de la Seguridad Social por no realizar actividad laboral.
  • Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  • No tener derecho a las prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica, del Régimen General o regímenes especiales del Sistema de la Seguridad Social.

Duración del trámite

No especificado

Resumen

Este trámite ofrece prestaciones a personas con discapacidad que no están cubiertas por la Seguridad Social debido a que no realizan una actividad laboral, según lo establecido en la Ley de Integración Social de los Minusválidos (LISMI).

Quién puede usar este servicio: Personas con discapacidad residentes en la Comunidad de Madrid.

Antes de empezar: Asegúrate de cumplir con los requisitos y tener la documentación necesaria.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  1. Solicitud (disponible al pulsar 'Tramitar').
  2. Documentación especificada en el formulario (se indicarán los documentos que debes aportar y los datos que la Comunidad de Madrid podrá consultar).

Requisitos previos:

  1. Ser español o nacional de un país de la Unión Europea y estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
  2. No estar cubierto por el sistema de la Seguridad Social por no realizar actividad laboral.
  3. Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
  4. No tener derecho a las prestaciones de asistencia sanitaria, incluida la farmacéutica, del Régimen General o regímenes especiales del Sistema de la Seguridad Social.

Costes y plazos:

  • Este trámite no requiere el pago de tasas.
  • El plazo es indefinido.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparación: Reúne la documentación necesaria.
  2. Solicitud:
    • Electrónicamente: Descarga y completa el formulario, y luego preséntalo a través del Registro electrónico utilizando un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
    • Presencialmente: Preséntalo en los lugares habilitados, a menos que estés obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración. Consulta si es necesario solicitar cita previa.
  3. Notificaciones: Si seleccionas la notificación electrónica, recibirás las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
  4. Seguimiento: Una vez registrada la solicitud, puedes consultar su estado y aportar documentos a través del servicio de consulta de situación de expedientes.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Se estudiará tu solicitud.
  • Se iniciará el procedimiento para la revisión, suspensión, pérdida o extinción del derecho a la prestación si es necesario.

Plazos de resolución: No especificado.

Siguientes pasos: Las resoluciones pueden ser recurridas ante la Consejera. Contra la resolución de este recurso, se puede interponer un recurso contencioso-administrativo.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
  • Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
  • Dirección General de Servicios Sociales e Integración

Recursos adicionales:

Normativa:


Preguntas frecuentes


Oficinas de la administración

Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

D.G. de Administración Local (CABRERA)

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D.G. de Vivienda y Rehabilitación

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