Pisos tutelados para personas mayores

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Ofrecer alojamiento supervisado a personas mayores sin vivienda adecuada, promoviendo su autonomía y evitando la institucionalización.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas mayores de 65 años (o 60 si es cónyuge o pareja de hecho) que residan en la Comunidad de Madrid, carezcan de vivienda adecuada y sean autónomas.

Requisitos principales

  • Ser español o nacional de la Unión Europea.
  • Tener 65 años cumplidos al solicitar la plaza (o 60 años si es cónyuge o pareja de hecho del solicitante).
  • Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid durante los dos años anteriores a la solicitud.
  • No padecer enfermedades infecto-contagiosas ni que requieran atención hospitalaria permanente.
  • Ser autónomo en las actividades básicas de la vida diaria.
  • Carecer de alojamiento estable o que éste sea inadecuado o en situación de riesgo.

Plazos

Plazo indefinido

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

El contenido de este trámite es orientativo. Se recomienda consultar las publicaciones oficiales.

Resumen

Este trámite permite solicitar una plaza en un piso tutelado de la Comunidad de Madrid para personas mayores que necesitan supervisión y alojamiento.

Quién puede usar este servicio: Personas mayores de 65 años (o 60 si es cónyuge o pareja de hecho) que residan en la Comunidad de Madrid, carezcan de vivienda adecuada y sean autónomas.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud.
  • Documentación especificada en el formulario.

Requisitos previos:

  • Ser español o nacional de la Unión Europea.
  • Tener 65 años cumplidos al solicitar la plaza (o 60 años si es cónyuge o pareja de hecho del solicitante).
  • Estar empadronado en un municipio de la Comunidad de Madrid durante los dos años anteriores a la solicitud.
  • No padecer enfermedades infecto-contagiosas ni que requieran atención hospitalaria permanente.
  • Ser autónomo en las actividades básicas de la vida diaria.
  • Carecer de alojamiento estable o que éste sea inadecuado o en situación de riesgo.

Costes y plazos:

  • Este trámite no requiere el pago de tasas.
  • El plazo es indefinido.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Prepara la documentación requerida.
  2. Descarga y cumplimenta el formulario de solicitud.
  3. Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial.

Información sobre cada etapa:

  • Presentación electrónica: Necesitas un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid. Accede al Registro electrónico y sigue los pasos.
  • Presentación presencial: Puedes presentar la solicitud en los lugares habilitados. Consulta si es necesario solicitar cita previa.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez registrada la solicitud, podrás consultar el estado de tu expediente.
  • Si seleccionas la notificación electrónica, recibirás las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
  • Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
  • Dirección General de Atención al Mayor y a la Dependencia

Recursos adicionales:

Normativa:


Preguntas frecuentes


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