Notificación de Cursos de formación para personal que realiza tratamientos con biocidas

Actualizado el 3 de agosto de 2020
Ver en la web de la administración

Plazo indefinido

  • Referencia


    47794
  • ¿Qué es?


    Las entidades o centros docentes que impartan cursos de formación de biocidas: Protectores de la madera, nivel de aplicadores y de responsables técnicos, y de niveles especiales de productos muy tóxicos y carcinógenos, mutágenos y tóxicos para la reproducción, así como de productos que sean o generen gases deben notificarlo con anterioridad a la celebración a la Consejería de Sanidad.
  • ¿Quién puede?


    Estos cursos podrán ser organizados por universidades, centros docentes, centros de formación de las asociaciones del sector o por servicios oficiales y otras entidades con servicios de formación. Las notificaciones se realizarán conforme al artículo 7 del Real Decreto 830/2010, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas.
  • ¿Qué necesitas presentar?


    A) Para notificación inicial:

    1. Formulario de notificación de la actividad.
    2. Programa docente.
    3. Material docente a entregar a los alumnos.
    4. Modelo tipo de certificado del curso.
    5. Copia del título académico del coordinador del curso y de los profesores.
    6. Currículum vitae del coordinador del curso y los profesores.

    B) Para notificación de ediciones posteriores:

    A la notificación se debe adjuntar la documentación que se haya visto modificada con respecto a la entregada en la notificación inicial.

    La presentación de solicitudes se realizará vía registro telemático, anexando a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

  • Presentación de solicitudes


    En el apartado “Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo.

    TRAMITACIÓN

    La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet. (
    ver cómo tramitar), ya que están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2, Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

    Dentro del apartado “Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los “impresos” que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

    Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse “tramitar”, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

    Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud
  • Información complementaria


    Si desea ampliar esta información puede hacerlo:

    - Dirigiéndose al Servicio de Registros Oficiales de Salud Pública, en Ronda de Segovia, 52, 2ª planta (Centro de Especialidades Hermanos Miralles)
    - A través del teléfono: 91 370 20 11 / 19
    - Para más información pinche en el siguiente enlace

  • Normativa aplicable


    * Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos biocidas (BOE nº 170, de 14 de julio de 2010).
    * Resolución de 7 de febrero de 2011, por la que se ordena la publicación de impreso normalizado del procedimiento de “Notificación de cursos de formación para personal que realiza tratamientos con biocidas” (BOCM nº 51, de 2 de marzo).

    Órgano responsable

  • Consejería de Sanidad

    D. G. de Salud Pública

Gestión


Oficinas de la administración

Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

D.G. de Administración Local (CABRERA)

Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste

D.G. de Vivienda y Rehabilitación

D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano

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