Modificación de estatutos de mancomunidad de municipios
Información Rápida
Objetivo
Obtener los informes necesarios para modificar los estatutos de una mancomunidad de municipios en la Comunidad de Madrid.
¿Quién puede solicitarlo?
Mancomunidades de municipios.
Requisitos principales
- Contar con el acuerdo de la asamblea o junta de la mancomunidad sobre la modificación de los estatutos.
Plazos
Plazo indefinido
Duración del trámite
1 mes
Información adicional
Para dudas sobre este trámite, puedes contactar a través del correo electrónico: <a href="mailto:sgasistenciamunicipios@madrid.org">sgasistenciamunicipios@madrid.org</a>
Resumen
Este trámite permite a las mancomunidades de municipios obtener los informes necesarios para modificar sus estatutos.
Quién puede usar este servicio: Mancomunidades de municipios.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (a través del formulario online en el espacio de tramitación).
- Copia certificada de los estatutos vigentes de la mancomunidad.
- Certificado del acuerdo inicial adoptado por la Asamblea/Junta sobre la modificación de los estatutos, indicando la mayoría alcanzada.
- Copia certificada del proyecto de estatutos aprobados.
- Informe de la Secretaría General con consideraciones sobre las modificaciones propuestas.
- Certificado del cargo de Presidente de la mancomunidad.
Requisitos:
- Contar con el acuerdo de la asamblea o de la junta de la mancomunidad sobre la modificación de los estatutos.
Costes y plazos:
- Este trámite no requiere el pago de tasas.
- El plazo de resolución es de 1 mes.
Cómo hacerlo
- Preparación de la documentación: Reúne todos los documentos necesarios mencionados en la sección "Lo que necesitas".
- Acceso al formulario: Pulsa en TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación y al formulario en línea.
- Cumplimentación del formulario: Rellena el formulario con la información requerida. Si no lo finalizas, podrás recuperarlo con el localizador que se te proporcionará.
- Envío de la solicitud: Pulsa ENVIAR A REGISTRO y adjunta el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
La tramitación se realiza exclusivamente por medios electrónicos, por lo que necesitarás un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
Las notificaciones se realizarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, puedes consultar su estado de tramitación y aportar documentos a través del servicio de consulta de situación de expedientes.
Después de hacerlo
Una vez presentada la solicitud, la dirección general responsable la revisará junto con los acuerdos plenarios y el proyecto de modificación de estatutos.
La dirección general emitirá un informe con consideraciones y sugerencias al anteproyecto, simultáneamente al trámite de información pública en el plazo de un mes.
La asamblea integrada por todos los concejales de los municipios aprobará el proyecto de estatutos y solicitará a la dirección general un informe sobre la legalidad del proyecto de estatutos, que deberá emitirse en el plazo de un mes (transcurrido el cual se entenderá favorable).
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 1 mes.
- El efecto del silencio administrativo es estimatorio (si no hay respuesta en el plazo, se considera aprobada la solicitud).
Ayuda
Contacto:
- Para dudas sobre este trámite, puedes contactar a través del correo electrónico: sgasistenciamunicipios@madrid.org
Recursos adicionales:
Normativa
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).
- Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad local (BOE nº 312, de 30 de diciembre).
- Ley 2/2003, de 11 de marzo de administración Local de la Comunidad de Madrid (BOE nº 65, de 18 de marzo y BOE nº128, de 29 de mayo).
- Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones Legales vigentes en materia de régimen local (BOE nº96, de 22 de abril).
- Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (BOE nº 305, de 22 de diciembre).
- Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local (BOE nº 80, de 3 de abril).