Inscripción en el registro de control metrológico

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Inscribir en el Registro de Control Metrológico a los agentes relacionados con la metrología legal que operan en la Comunidad de Madrid.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas físicas o jurídicas que realicen actividades relacionadas con la metrología legal en la Comunidad de Madrid, tales como fabricación, importación, reparación o control de instrumentos de medida.

Requisitos principales

  • **Agentes sometidos a inscripción:**
  • 1. Fabricantes, importadores, comercializadores o arrendadores de instrumentos de medida con domicilio social en la Comunidad de Madrid (Agentes A).
  • 2. Entidades que intervienen en el control metrológico (Organismos Autorizados de Verificación Metrológica, Organismos de Control Metrológico y Organismos Notificados) designadas por la Dirección General de Promoción Económica e Industrial.
  • 3. Reparadores de instrumentos de medida sujetos al control metrológico del Estado con domicilio social en la Comunidad de Madrid (Agentes B).

Duración del trámite

Indefinido.

Resumen

Este trámite permite la inscripción en el Registro de Control Metrológico de la Comunidad de Madrid. Este registro es de ámbito nacional y gestionado por el Centro Español de Metrología.

Quién puede usar este servicio

  • Fabricantes, importadores, comercializadores o arrendadores de instrumentos de medida (Agentes A) con domicilio social en la Comunidad de Madrid.
  • Organismos que intervienen en las fases del control metrológico designados por la Dirección General de Promoción Económica e Industrial.
  • Reparadores de instrumentos de medida sujetos al control metrológico del Estado (Agentes B) con domicilio social en la Comunidad de Madrid.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Para Agentes A:
    1. Solicitud.
    2. Justificante del pago de tasas.
  • Para Agentes B:
    1. Declaración responsable.
    2. Justificante del pago de tasas.

Costes y plazos

  • Este trámite requiere el pago de tasas.
  • El plazo es indefinido.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Preparación: Reúna la documentación necesaria y pague las tasas correspondientes.
  2. Presentación: Puede presentar la solicitud de forma electrónica o presencial.
    • Electrónica: Necesitará un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid. Complete el formulario, adjunte la documentación y preséntelo a través del registro electrónico.
    • Presencial: Preséntelo en los lugares habilitados. Consulte si necesita cita previa.
  3. Notificaciones: Si elige la notificación electrónica, asegúrese de tener una dirección electrónica habilitada en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.

Después de hacerlo

Qué sucede después

  1. Se verifica la documentación presentada.
  2. Se realiza la inscripción en el Registro de Control Metrológico y se emite el certificado correspondiente, si procede.
  3. La vigencia de la inscripción es indefinida.
  4. Cualquier modificación o cese de la actividad debe ser comunicado a la Dirección General de Promoción Económica e Industrial.

Ayuda

Contacto

  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
  • Viceconsejería de Economía y Empleo
  • Dirección General de Promoción Económica e Industrial

Normativa


Preguntas frecuentes


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