Implantación Programa Bilingüe español-inglés Educación Secundaria 2025-2026

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Seleccionar institutos públicos de Educación Secundaria para implementar el Programa Bilingüe español-inglés a partir del curso 2025-2026, asegurando la continuidad del modelo bilingüe en la Educación Secundaria Obligatoria.

¿Quién puede solicitarlo?

Institutos públicos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid.

Requisitos principales

  • Profesores que impartan docencia en la Vía Sección Bilingüe deben:
  • Contar con la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado si imparten la materia Inglés.
  • Disponer de la habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües si imparten disciplinas no lingüísticas en lengua inglesa.
  • Adquirir el compromiso de tomar parte activa en la progresiva implantación y el desarrollo del Programa Bilingüe, así como en las actividades de formación necesarias para garantizar la calidad de dicho programa.

Plazos

Nuevo plazo de presentación de solicitudes: del 12/02/2025 al 25/02/2025. Plazo de presentación de solicitudes: del 10/01/2025 al 23/01/2025.

Duración del trámite

La convocatoria se resolverá en un plazo máximo de dos meses.

Información adicional

Se valorará la proximidad a un colegio público bilingüe, el profesorado, el nivel de inglés del equipo directivo, el grado de apoyo del Claustro y del Consejo Escolar, la viabilidad del proyecto bilingüe, la experiencia educativa del centro, los recursos disponibles y el uso del criterio complementario para la admisión de alumnos.

Resumen

Este trámite permite a los institutos públicos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid solicitar la implantación del Programa Bilingüe español-inglés a partir del curso 2025-2026. El objetivo es garantizar la continuidad del modelo bilingüe en la Educación Secundaria Obligatoria.

Quién puede usar este servicio: Institutos públicos de Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid.

Antes de empezar: Es importante que los centros conozcan los requisitos y la documentación necesaria para la solicitud.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  1. Solicitud (formulario en línea).
  2. Propuesta de Proyecto.
  3. Certificado de la aprobación por el Consejo Escolar del centro de la solicitud de participación en la convocatoria (Anexo III).
  4. Certificación de la aprobación por el Claustro de la solicitud de participación en la convocatoria (Anexo IV).
  5. Compromiso individual de participación en el Programa Bilingüe de los profesores de la especialidad Inglés y profesores habilitados para el desempeño de puestos bilingües con destino definitivo en el centro (Anexo V).
  6. Propuesta de un candidato para su nombramiento como Profesor Coordinador o Coordinador Jefe del Programa Bilingüe (Anexo VI).
  7. Relación de los funcionarios de carrera con destino definitivo en el centro y con la especialidad de Inglés; funcionarios de carrera con destino definitivo y con la especialidad de Inglés acreditados para impartir el currículo de Inglés Avanzado; y funcionarios de carrera con destino definitivo y habilitados para impartir docencia en inglés (Anexo VII).
  8. Compromiso individual de participación en el Programa Bilingüe de Directores o Jefes de estudios (Anexo VIII) que reúnan algunas de las siguientes condiciones:
    • Ser especialista de Inglés.
    • Ser especialista de Inglés acreditado para impartir el currículo de Inglés Avanzado.
    • Estar habilitado para desempeñar puestos bilingües en lengua inglesa.
    • Acreditar un nivel mínimo B2 en lengua inglesa (solo se reconocerán los títulos recogidos en el Anexo VIII).

Requisitos previos:

  • Los profesores que impartan docencia en la Vía Sección Bilingüe deberán:
    1. Contar con la correspondiente acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado si imparten la materia Inglés.
    2. Disponer de la correspondiente habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües si imparten disciplinas no lingüísticas en lengua inglesa.
    3. Adquirir el compromiso de tomar parte activa en la progresiva implantación y el desarrollo del Programa Bilingüe, así como en las actividades de formación necesarias para garantizar la calidad de dicho programa.

Costes y plazos:

  • Este trámite no requiere el pago de tasas.
  • Nuevo plazo de presentación de solicitudes: del 12/02/2025 al 25/02/2025.
  • Plazo de presentación de solicitudes: del 10/01/2025 al 23/01/2025.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios mencionados en la sección anterior.
  2. Acceder al formulario: Pulsa TRAMITAR para acceder al espacio de tramitación y al formulario en línea.
  3. Cumplimentar el formulario: Rellena todos los campos del formulario con la información requerida. Guarda el localizador que aparecerá en pantalla para poder recuperar el formulario más tarde si no lo finalizas.
  4. Enviar a registro: Una vez completado el formulario, pulsa ENVIAR A REGISTRO y adjunta el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.

Información sobre cada etapa:

Tiempos de espera:

  • La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos meses.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • Una vez registrada la solicitud, se habilita el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde se puede:
    • Aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a la solicitud.
    • Consultar su estado de tramitación.

Plazos de resolución:

  • La convocatoria se resolverá en el plazo máximo de dos meses.

Siguiente pasos:

  • Estar atento a las notificaciones electrónicas para conocer el estado de la solicitud y la resolución de la convocatoria.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Educación, Ciencia y Universidades
  • Viceconsejería de Política y Organización Educativa
  • Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza

Recursos adicionales:

Información Complementaria

Criterios de valoración:

  1. Proximidad a un colegio público bilingüe con alumnos escolarizados en el programa bilingüe en sexto curso de educación primaria durante el curso escolar 2023-2024: hasta 15 puntos.
  2. Profesorado: hasta 25 puntos.
    • Número de profesores con destino definitivo en el centro con la especialidad Inglés, con o sin acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado, así como de profesores que cuenten con la correspondiente habilitación lingüística para desempeñar puestos bilingües y que hayan adquirido el compromiso de participar en el programa.
    • Propuesta de un candidato para su nombramiento como Profesor Coordinador o Coordinador Jefe del Programa Bilingüe.
  3. Nivel de inglés de los miembros del equipo directivo: hasta 10 puntos.
  4. Grado de apoyo del Claustro y del Consejo Escolar: hasta 25 puntos.
  5. Valoración del proyecto bilingüe. Se tendrá en cuenta la viabilidad del proyecto y la organización de las enseñanzas bilingües en el centro.
  6. Asimismo, se valorará la experiencia educativa del centro, las características lingüísticas de la plantilla del profesorado (ser especialista de Inglés, estar acreditado para impartir el currículo de Inglés Avanzado, o estar en posesión de la habilitación lingüística para el desempeño de puestos bilingües), el compromiso individual del equipo directivo, los recursos disponibles, y el uso que establezca el equipo directivo del criterio complementario para la admisión de alumnos, con el fin de garantizar la viabilidad y el éxito del proyecto: hasta 25 puntos.

Normativa:


Preguntas frecuentes


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