Homologación de formación habilitante para ejercer las funciones de Director de Centros de Servicios Sociales
Información Rápida
Objetivo
Permite que las entidades que ofrecen formación para directores de centros de servicios sociales obtengan el reconocimiento oficial de sus cursos por parte de la Comunidad de Madrid.
¿Quién puede solicitarlo?
Entidades que ofrecen formación para directores de centros de servicios sociales.
Requisitos principales
- Ser entidad titular de las acciones formativas.
Plazos
Plazo indefinido.
Duración del trámite
Dos meses.
Resumen
Este trámite permite a las entidades obtener la homologación de las acciones formativas que habilitan para ejercer como director de centros de servicios sociales en la Comunidad de Madrid.
Quién puede usar este servicio:
Entidades titulares de las acciones formativas.
Lo que necesitas
Documentación requerida:
- Solicitud.
- Documento acreditativo de la representación legal.
- Proyecto de la acción formativa (con requisitos específicos).
- En formaciones a distancia: memoria/declaración responsable con descripción del sistema de formación.
La Comunidad de Madrid consultará electrónicamente el DNI/NIE del representante y la Tarjeta de Identificación Fiscal de la entidad, salvo que te opongas.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación requerida.
- Presentar la solicitud de forma electrónica o presencial.
- Electrónica: A través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, con firma electrónica.
- Presencial: Descargar el formulario, cumplimentarlo y presentarlo en los lugares habilitados.
Información sobre cada etapa:
- La solicitud debe incluir toda la documentación requerida.
- En caso de presentación presencial, consultar si es necesario solicitar cita previa.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, se comprobarán los contenidos de la acción formativa.
Plazos de resolución:
El plazo para emitir la resolución es de dos meses desde la presentación de la solicitud.
Validez y renovación:
La homologación tiene una validez de cinco años y puede renovarse antes de la finalización de este plazo, cumpliendo los mismos requisitos.
Ayuda
Normativa:
- Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 304, de 22 de diciembre de 2022)
- Decreto 226/2003, de 6 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de Directores de Centros de Servicios Sociales de Iniciativa Privada de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 275 de 18 de noviembre)
- Resolución de 28 de agosto de 2012, por la que se aprueban los modelos de solicitud relacionados con la homologación de formación (BOCM nº 217, de 11 de septiembre)
- Resolución 2006/2022, de 10 de mayo, de la Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación (BOCM nº. 112, de 24 de mayo)
Órgano responsable:
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Viceconsejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Dirección General de Evaluación, Calidad e Innovación