Devolución de ingresos de la Dirección General de Salud Pública
Información Rápida
Objetivo
Permite a los contribuyentes solicitar la devolución de ingresos realizados indebidamente al pagar tasas o sanciones de salud pública, incluyendo los intereses correspondientes.
¿Quién puede solicitarlo?
Sujetos pasivos, responsables y otros obligados tributarios que hayan realizado ingresos indebidos en el Tesoro debido al pago de tasas o sanciones en materia de salud pública.
Requisitos principales
- Haber realizado un ingreso indebido en el Tesoro por duplicidad de pago.
- Haber pagado una cantidad superior a la debida.
- Haber ingresado la deuda después de la prescripción.
- Error material, de hecho o aritmético en la liquidación que origine un ingreso indebido.
- Otros supuestos establecidos en la normativa.
Plazos
Plazo indefinido.
Duración del trámite
No especificado
Información adicional
Para ampliar la información, se puede contactar a la División Económico-Administrativa de la Dirección General de Salud Pública (C/ O’Donnell, 55, 4ª Planta - Madrid) o llamar al teléfono 91 370 21 66.
Resumen
Este trámite permite solicitar la devolución de ingresos que se hayan realizado incorrectamente al pagar tasas o sanciones relacionadas con la salud pública en la Comunidad de Madrid. Se aplicará el interés legal correspondiente.
Requisitos
Este trámite está destinado a:
- Personas que han pagado por duplicado.
- Personas que han pagado más de lo que debían.
- Personas que han pagado después de que la deuda haya prescrito.
- Personas que han pagado debido a un error de la administración.
- Otros casos previstos en la ley.
Documentación a presentar
- Solicitud: Se encuentra en el espacio de tramitación online.
- Documentación indicada en el formulario.
Es importante que los documentos presentados sean veraces.
Cómo hacerlo
La solicitud puede presentarse de dos maneras:
- Online: Necesitará un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
- Prepare los documentos.
- Descargue y complete el formulario.
- Presente todo en el Registro Electrónico.
- Presencialmente: En los lugares habilitados, a menos que esté obligado a interactuar electrónicamente con la Administración.
- Consulte si necesita cita previa.
Si elige la notificación electrónica, las notificaciones se enviarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para registrarse, acceda a Notificaciones Electrónicas.
Una vez registrada la solicitud, puede consultar su estado y aportar documentos en consulta de situación de expedientes.
En la Guía de tramitación electrónica se explica cómo realizar trámites online en la Comunidad de Madrid.
Información Complementaria
Para más información:
- División Económico-Administrativa de la Dirección General de Salud Pública, C/ O’Donnell, 55, 4ª Planta - Madrid.
- Teléfono: 91 370 21 66.
Normativa
- Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria (BOE nº 302 de 18 de diciembre)
- Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid (BOCM. de 21 de noviembre de 1990)
- Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid.
- Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General tributaria, en materia de revisión en vía administrativa (BOE. nº 126, de 27 de mayo)
- Orden 3097/1996, de 9 de diciembre, de la Consejería de Hacienda, sobre recaudación de Ingresos (BOCM. de 8 de enero de 1997)
- Resolución 1280/2018, de 20 de noviembre, de la Dirección General de Salud Pública, por la que se ordena la publicación del modelo de impreso correspondiente al procedimiento de “Solicitud de devolución de ingresos de la Dirección General de Salud Pública" (BOCM. nº 2, de 3 de enero de 2019).