Designación de Organismos Notificados y Organismos de control metrológico

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite a las entidades ser designadas como organismos notificados o de control metrológico para realizar evaluaciones de conformidad de instrumentos de medida sujetos al control metrológico del Estado.

¿Quién puede solicitarlo?

Personas jurídicas que cumplan los requisitos y dispongan de los medios necesarios para realizar evaluaciones de la conformidad relacionadas con instrumentos de medida.

Requisitos principales

  • Ser persona jurídica.
  • Cumplir con los requisitos establecidos.
  • Disponer de instalaciones, equipamiento y medios adecuados para la actividad.
  • Presentar la solicitud a la Administración Pública competente en el territorio donde se desarrollará la actividad.

Duración del trámite

Indefinido

Resumen

Este procedimiento permite solicitar la designación como Organismo Notificado o de Control Metrológico en la Comunidad de Madrid. Estos organismos son responsables de realizar evaluaciones de conformidad y controles metrológicos en instrumentos de medida.

Quién puede usar este servicio:

Personas jurídicas que cumplan con los requisitos técnicos y legales para llevar a cabo las actividades de evaluación de la conformidad y control metrológico.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud de designación.
  • Documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos (especificados en la solicitud).
  • Justificante del pago de la tasa correspondiente.

Requisitos previos:

  • Cumplir con los requisitos establecidos en la Ley de Metrología y el Real Decreto que la desarrolla.
  • Disponer de las instalaciones, equipamiento y personal cualificado necesarios.

Costes y plazos:

  • El trámite está sujeto al pago de una tasa por “Intervención y control de laboratorios autorizados”.
  • El plazo de designación puede variar. Si la designación está respaldada por un certificado de acreditación, el plazo es de dos semanas desde la notificación a la Comisión Europea. Si no hay certificado de acreditación, el plazo es de dos meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparar la documentación requerida.
  2. Descargar y cumplimentar el formulario de solicitud.
  3. Presentar la solicitud y la documentación a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid.
  4. Realizar el pago de la tasa.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud debe incluir todos los datos necesarios para identificar al solicitante y la actividad para la que se solicita la designación.
  • La documentación debe demostrar el cumplimiento de los requisitos técnicos y legales.
  • El pago de la tasa se realiza a través de un enlace proporcionado en la descripción del trámite.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

  • La administración revisará la documentación y realizará las comprobaciones necesarias.
  • Si la solicitud es correcta, se procederá a la designación del organismo y se le asignará un número de identificación.
  • La designación se notificará al solicitante y al Organismo de Cooperación Administrativa.

Ayuda

Contacto:

  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
  • Viceconsejería de Economía y Empleo
  • Dirección General de Promoción Económica e Industrial

Recursos adicionales:

Normativa:


Preguntas frecuentes


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