Declaración de beneficiarios por fallecimiento

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Registrar la declaración de beneficiarios en caso de fallecimiento de empleados de la Comunidad de Madrid.

¿Quién puede solicitarlo?

Empleados públicos de la Comunidad de Madrid.

Requisitos principales

  • Ser empleado público de la Comunidad de Madrid.

Plazos

Plazo indefinido

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

Los empleados pueden modificar los beneficiarios cuantas veces quieran, sin que el cambio de consejería o domicilio sea un criterio para una nueva declaración.

Resumen

Este trámite permite a los empleados de la Comunidad de Madrid registrar a los beneficiarios que recibirán una indemnización en caso de fallecimiento. El registro se realiza ante la Subdirección de Personal de la Consejería correspondiente.

Quién puede usar este servicio: Empleados públicos de la Comunidad de Madrid.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud (Formulario 93F1, disponible en el apartado 'Tramitar').
  • Documentación adicional especificada en el formulario.

Costes:

  • Este trámite es gratuito.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. El empleado presenta el formulario de solicitud (93F1) en el Registro de documentos.
  2. El Registro escanea la solicitud (excepto en tramitación electrónica).
  3. La Subdirección de Personal informa en la aplicación SIRIUS el número de registro del documento y el documento de identificación de la solicitud de los beneficiarios.
  4. Las unidades de personal visualizan el documento y confirman que conste en SIRIUS.

Presentación de solicitudes:

La solicitud puede presentarse de dos maneras:

  • Electrónicamente: Necesitas un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid. Para ello:
    1. Prepara la documentación.
    2. Descarga y rellena el formulario.
    3. Accede al Registro electrónico y presenta la solicitud junto con los documentos.
  • Presencialmente: En los lugares habilitados. Consulta si necesitas cita previa.

Si eliges la notificación electrónica, recibirás las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Puedes darte de alta en Notificaciones Electrónicas.

Una vez registrada la solicitud, puedes consultar su estado y aportar documentos en la consulta de situación de expedientes.

Después de hacerlo

La declaración de beneficiarios se asocia al empleado y se mantiene en el Sistema de Información de Personal (SIRIUS), independientemente de cambios de consejería o domicilio.

Ayuda

  • Contacto: La Subdirección de Personal de cada Consejería es responsable de recibir y gestionar las solicitudes.
  • Recursos adicionales:

Normativa

  • Acuerdo sectorial para personal funcionario de administración y servicios de la Comunidad de Madrid.
  • Convenio Colectivo único para el personal laboral de la Comunidad de Madrid
  • Resolución de 20 de julio de 2011, de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se publica modelo de impreso correspondiente al procedimiento denominado “Declaración de beneficiarios por fallecimiento” (BOCM nº 190, de 12 de agosto).

Preguntas frecuentes


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