Cursos de actualización y de especialización de Policías Locales (2025)
Información Rápida
Objetivo
Inscribirse en los cursos de formación de actualización y especialización que ofrece el Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE) para Policías Locales de la Comunidad de Madrid en 2025.
¿Quién puede solicitarlo?
Personal funcionario perteneciente a cualquier categoría de Policía Local y Municipal de la Comunidad de Madrid.
Requisitos principales
- Pertenecer a una plantilla de Policía Local de cualquier municipio de la Comunidad de Madrid.
- Solicitar la inscripción en un máximo de cinco acciones formativas.
- No estar en situación de suspensión firme de funciones en el último día del plazo de presentación de instancias.
Plazos
El plazo de presentación de solicitudes es del 4 de marzo de 2025 al 17 de marzo de 2025.
Duración del trámite
Variable, según el curso.
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes contactar a través del correo electrónico: formacion.seguridad@madrid.org. Los congresos, jornadas y seminarios llevadas a cabo en el marco del área de actualización y reciclaje serán objeto de una convocatoria específica en cada caso, en la que se establecerá el requisitos, plazo y procedimiento de presentación de solicitudes. Los cursos y programas formativos relativos a “Instructor de Dispositivos Eléctricos de Control” y “Operaciones Policiales con Drones” que se especifican en el anexo I de la convocatoria como “no solicitable” serán convocados mediante resolución aparte debido a su especificidad, requisitos de acceso y necesidades operativas.
Resumen
Este trámite permite a los policías locales de la Comunidad de Madrid inscribirse en los cursos de actualización y especialización del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias (IFISE) para el año 2025.
Quién puede usar este servicio:
Personal funcionario perteneciente a cualquier categoría de Policía Local y Municipal de la Comunidad de Madrid.
Antes de empezar:
Ten a mano los documentos requeridos y asegúrate de tener un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (se completa online durante el trámite).
- Certificado del Registro de Personal, Secretaría de su Ayuntamiento, u órgano competente del mismo, donde figure el destino y la adscripción orgánica del interesado o, en su defecto, documento acreditativo expedido en el último mes en el que figure ser funcionario de carrera en servicio activo perteneciente a alguno de los cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid.
- En su caso (representante), Anexo de “Autorización para presentación de solicitud”.
Requisitos previos:
- Pertenecer a una plantilla de Policía Local de cualquier municipio de la Comunidad de Madrid.
- Solicitar la inscripción en un máximo de cinco acciones formativas de entre las contenidas en los programas.
- No encontrarse, en el último día del plazo de presentación de instancias, en situación de suspensión firme de funciones.
Costes y plazos:
- Este trámite no requiere el pago de tasas.
- El plazo de presentación de solicitudes es del 4 de marzo de 2025 al 17 de marzo de 2025.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Accede a la sede electrónica: Pulsa en el enlace "Tramitar" para acceder al espacio de tramitación.
- Prepara la documentación: Ten listos los documentos que necesitas adjuntar a la solicitud.
- Cumplimenta el formulario: Accede al formulario online y rellena todos los campos. Guarda el localizador que aparecerá en pantalla para poder recuperar el formulario si no lo finalizas en el momento.
- Envía la solicitud: Pulsa "ENVIAR A REGISTRO" y adjunta el resto de los documentos que acompañan a la solicitud.
Información sobre cada etapa:
- La tramitación se realiza exclusivamente por medios electrónicos.
- Necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Las notificaciones se realizarán por medios electrónicos, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Una vez registrada la solicitud, puedes consultar su estado de tramitación y aportar documentos a través del servicio de consulta de situación de expedientes.
- Consulta la Guía de tramitación electrónica para obtener más información sobre cómo realizar trámites por internet en la Comunidad de Madrid.
Tiempos de espera:
El tiempo de espera para la resolución dependerá del curso y del número de solicitudes recibidas.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Se te notificará la resolución de tu solicitud por medios electrónicos.
Plazos de resolución:
Los plazos de resolución varían según el curso.
Siguiente pasos:
Si tu solicitud es aceptada, deberás confirmar tu asistencia al curso. Si no puedes asistir, deberás comunicarlo con antelación.
Ayuda
Contacto:
- Correo electrónico: formación.seguridad@madrid.org
Recursos adicionales:
Tramitación
La selección de participantes se efectuará, entre quienes cumplan las condiciones generales y específicas de participación en cada acción formativa, atendiendo preferentemente a la necesidad de la formación para el desempeño del puesto de trabajo y conforme a los siguientes criterios mínimos:
- Priorización en la selección de la acción formativa.
- Antigüedad en la categoría.
- Participación igualitaria de municipios.
- Necesidades manifestadas en el formulario de detección de necesidades de formación de los Cuerpos de Policía Local de la Comunidad de Madrid para el año 2025.
- Adecuación del perfil del solicitante a las características del curso en las formaciones que así se determine.
- Destino o funciones del solicitante en unidades relacionadas con el área de actividad a la que corresponda la acción formativa.
No podrán ser admitidos a las acciones formativas:
- El personal funcionario de carrera que se encuentre, en el último día del plazo de presentación de instancias, en situación de suspensión firme de funciones.
- Quienes se encuentren realizando, de forma presencial, alguna formación en el IFISE en el momento de la celebración de la acción formativa para la que fuera seleccionado.
Las personas seleccionadas deberán confirmar su asistencia o comunicar su renuncia al menos con ocho días hábiles (lunes a viernes no festivos) de antelación al inicio del curso.
Este plazo no se aplicará al alumnado que sea convocado en condición de suplente, que deberán comunicar su asistencia o renuncia con una antelación de cuatro días hábiles al inicio del curso, salvo que entre el llamamiento y el inicio del curso medie un periodo de tiempo inferior, en cuyo caso deberá hacerlo a la mayor brevedad posible a los efectos de que en caso de renuncia sea posible su sustitución.
En el caso de que, por exigencias del servicio, resultara imprescindible la permanencia del agente en su puesto de trabajo durante la celebración de un curso para el que ha sido seleccionado, su superior jerárquico deberá remitir al menos cinco días hábiles antes de su inicio, el correspondiente informe denegatorio, debidamente motivado, a IFISE como entidad organizadora y copia de éste al interesado.
En aquellos casos en los que se establezca y se objetivase por parte de la Dirección de General de Seguridad, podrá disponerse una prueba de acceso teórica o práctica que se determine por el IFISE a efectos de llevar a cabo una selección de las personas candidatas a determinadas acciones formativas.
Las personas seleccionadas para participar en las acciones formativas de los programas de formación deberán pertenecer al empleo o categoría correspondiente al que se refiera cada acción formativa, si bien también podrán concurrir a ellos quienes, por razón del cuerpo, escala o categoría de pertenencia o por la índole del puesto de trabajo desempeñado, realicen funciones que guarden identidad sustancial con las previstas para los destinatarios del curso de que se trate.
Normativa
- Resolución de 17 de febrero de 2025, de la Dirección General de Seguridad, por la que se convocan cursos de formación de actualización y de especialización dirigidos a funcionarios de los cuerpos de policía local de la Comunidad de Madrid para 2025 (BOCM nº 52, de 3 de marzo).
- Decreto 210/2021, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el Reglamento Marco de Organización de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid (BOCM nº 224, de 20 de septiembre).
- Ley 1/2018, de 22 de febrero, de Coordinación de Policías Locales de la Comunidad de Madrid (BOE nº 137, de 6 de junio).