Comunicación de fichas de vigilancia de la salud de los trabajadores expuestos al amianto

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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Plazo indefinido ckFechas

  • Referencia


    45413
  • ¿Qué es?


    Es obligación del empresario garantizar una vigilancia adecuada y específica de la salud de los trabajadores en relación con los riesgos por exposición a amianto, realizada por personal sanitario competente de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.3 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero.

  • ¿Qué necesitas presentar?


    1. Solicitud (ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha).

    2. Listado de trabajadores reconocidos por exposición al Amianto.

    3. Fichas de vigilancia de los trabajadores que figuran en el listado (ver apartado Gestión).

    Si la presentación de solicitudes se realiza vía registro telemático, se pueden anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos, cuya fidelidad con el original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada. Con carácter excepcional, se podrá requerir al particular la exhibición del documento o de la información original. La aportación de tales copias implica la autorización a la Administración para que acceda y trate la información personal contenida en tales documentos, acuerdo con el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

  • Tramitación


    El Real Decreto 396/2006 de 31 de marzo, en su artículo 18.3 dispone que, las fichas para el registro de datos sobre la vigilancia sanitaria específica de los trabajadores con riesgo de exposición a Amianto, deberán ser remitidas por el médico responsable de la vigilancia sanitaria, antes del final de cada año, a la autoridad sanitaria del lugar donde la empresa esté registrada.

  • Presentación de solicitudes


    La tramitación se realizará exclusivamente por medios electrónicos, a través de internet.
    (
    ver cómo tramitar)

    Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico de la Consejería, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid

    Dentro del apartado ?Gestión" de esta página, se encuentran la solicitud y los ?impresos? que debe cumplimentar para presentarlos en el registro electrónico.

    Cuando tenga preparada toda la documentación, pulse ?internet?, acceda al registro electrónico y siga las indicaciones

    Las notificaciones se realizarán igualmente por medios electrónicos, por lo que deberá estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid.

    Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.

  • Información complementaria


    Si desea ampliar esta información puede hacerlo:

    - Dirigiéndose al Servicio de Salud Laboral, en Ronda de Segovia, 52, 2ª planta (Centro de Especialidades Hermanos Miralles) ? 28005 Madrid

    - A través del teléfono: 91 370 20 24
    - Correo electrónico: isp.s.laboral@salud.madrid.org

    - O a través del siguiente enlace: Más información.

  • Normativa aplicable


    * Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud aplicables a los trabajos con riesgo de exposición al amianto (BOE nº 86, de 11 de abril).

    * Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención (BOE nº 27, de 31 de enero).

    * Resolución de 15 de enero de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de varios procedimientos administrativos (BOCM nº 26, de 1 de febrero).

    Órgano responsable

Gestión

Solicitud

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