Centros Base

Actualizado el 21 de mayo de 2020
Ver en la web de la administración

  • Referencia


    54586

    ¿Qué es? >

  • Los Centros Base de la Comunidad de Madrid son servicios especializados de atención básica a personas con discapacidad.


  • Constituyen un recurso específico de apoyo técnico en materia de discapacidades para los dispositivos ordinarios y servicios específicos de su zona de influencia.

    Prestaciones



    - Información y valoración de la condición de discapacidad.

    - Orientación (tratamientos rehabilitadores, formación y empleo, accesibilidad y ayudas técnicas, etc..)

    - Tratamiento a las personas con discapacidad (atención temprana, intervención psicomotriz, fisioterapia, logoterapia, intervención psicológica, psicoterapia).

    - Elaboración de dictámenes técnicos facultativos para las diferentes prestaciones.

    Cómo acceder a un Centro Base

    Los Centros Base atienden a una población de sus correspondientes demarcaciones geográficas. En función del código postal de su lugar de residencia, le corresponderá uno de los 9 Centros Bases que existen en la Comunidad de Madrid (ver apartado información relacionada en la columna derecha, donde figuran las direcciones y números de teléfono de cada uno de estos centros).

    Las solicitudes de valoración, tanto para reconocimiento inicial, como para revisión del grado de discapacidad, así como de tarjeta acreditativa podrán realizarse de forma presencial o telemática.

    1.- Para acceder a un Centro Base presencialmente debe acudir de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas con la siguiente documentación (originales):

    - Informes médicos.
    - Copia del DNI.
    - Certificado de empadronamiento.

    2.- Si la presentación de solicitud se realiza por vía telemática, se podrán anexar a la solicitud copias digitalizadas de los documentos requeridos.

    Una vez registrada la solicitud desde el Centro Base contactarán con el interesado para facilitar una fecha de cita.

    Órgano Responsable >

  • Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad

    Información Complementaria >

  • Si desea información sobre el Reconocimiento del Grado de Discapacidad véase el apartado de Información relacionada, en la columna de la derecha

    Plazos y efectos del silencio administrativo >

  • PLAZO MÁXIMO EN EL QUE DEBE NOTIFICARSE LA RESOLUCIÓN EXPRESA:

    +

    -

    Será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento.Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses.

    Efecto del silencio administrativo: estimatorio, excepto en determinados supuestos, entre los que se encuentran la resolución de los recursos administrativos.

    RECURSO DE ALZADA:

    +

    -

    Plazo de interposición: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN:

    +

    -

    Plazo de interposición: dentro de los cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: tres meses.

    POTESTATIVAMENTE EN REPOSICIÓN:

    +

    -

    Plazo para la interposición del recurso: un mes, si el acto fuera expreso. Si el acto no fuera expreso, en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

    Plazo máximo para dictar y notificar la resolución: un mes.

    RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO:

    +

    -

    Plazo para la interposición del recurso: dos meses, si fuera expreso. Si no lo fuera, seis meses a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el acto presunto.

Información relacionada


Oficinas de la administración

Intervención Delegada de la C. de Medio Ambiente, Admon. Local y Ord. del Territorio

Calle Alcala 16, 3ª PLANTA, 28014, Madrid

Tel. 914382275

D.G. de Industria, Energía y Minas

Calle Cardenal Marcelo Spinola 14, 28016, Madrid

Tel. 915802100

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes

Calle Caballero de Gracia 32, 28013, Madrid

Tel. 917208002

Intervención Delegada de Políticas Sociales y Familia

Calle O'Donnell 50, 28009, Madrid

Tel. 913925526

D.G. de Trabajo

Calle Princesa 5, 28008, Madrid

D.G. de Administración Local (CABRERA)

Avenida De la Cabrera 36, 28751, Cabrera, La

Centros Docentes del Area Territorial Madrid Oeste

Carretera De la Granja 4, 28400, Collado Villalba

D.G. de Vivienda y Rehabilitación

Calle Braganza S/N, 28025, Madrid

Tel. 915804474

D.G. de Transportes

Calle Orense 60, 28020, Madrid

Tel. 915802898

D.G. de Calidad de los Servicios y Atención al Ciudadano

Calle Gran Vía 43, 28013, Madrid

D.G. de Función Pública

Plaza Conde de Valle de Suchill 20, 28015, Madrid

D.G. de Emergencias

Avenida De los Bomberos 2, 28232, Rozas de Madrid, Las

Tel. 914207642


Preguntas frecuentes

Podría acceder a un Centro Base en otra localidad
¿Qué es un centro base de la comunidad de Madrid?
Recomendación de Cetro Base en Carabanchel para mayor de 65 años
Para entregar documentos hay q pedir cita previa??
¿Qué horario tienen los centros base de la Comunidad de Madrid?
¿Qué documentación tengo que entregar en el centro base?
¿Qué se hace en un centro base de discapacidad?
¿Cómo puedo encontrar mi centro base por código postal?
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Cómo puedo acceder a trabajar en un centro base? ¿Va por oposición ?
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