Cancelación de la anotación de sanciones disciplinarias en registro de personal
Plazo indefinido
-
Referencia
74392 -
¿Qué es?
Solicitud de cancelación de anotaciones de sanciones disciplinarias en Registro de Personal para personal funcionario y personal laboral con un contrato superior a seis meses, adscrito a la Administración de la Comunidad de Madrid, incluidos sus Organismos Autónomos. -
¿Quién puede?
Empleados públicos anotados en Registro de personal
Requisitos
a) La anulación por la Administración o por sentencia judicial firme de los actos inscritos en el Registro.
b) La advertencia de error en la persona o inexactitud en el contenido apreciada de oficio, a instancia del órgano proponente de la inscripción o anotación, o a instancia del interesado.
c) La aplicación de disposición específica en materia de cancelación de sanciones disciplinarias (transcurso del plazo previsto en la normativa aplicable). -
¿Qué necesitas presentar?
1. Solicitud, ver apartado Gestión en la columna derecha de esta ficha.
2. Documentación requerida que figura en la solicitud.
Conforme regula el artículo 28.7, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten -
Persona Responsable
Consejería de Economía, Empleo y Hacienda -
Cargo Responsable
D.G. de Presupuestos y Recursos Humanos
-
Presentación de solicitudes
En el apartado Gestión" de esta página se encuentran el formulario de solicitud y los impresos requeridos que podrá cumplimentar en línea y guardar en su equipo o imprimir.
a) Por Internet (Ver cómo tramitar)
Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.
Tenga preparada toda la documentación que vaya a presentar, antes de acceder a gestión.
En la solicitud, se posibilita la opción de recibir las notificaciones vía telemática, siempre y cuando el usuario esté dado de alta en el Sistema de Notificaciones Telemáticas de la Comunidad de Madrid, y a autorizar la consulta de determinados documentos, eximiéndole de la obligatoriedad de su presentación.
Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de "consulta de expedientes", desde donde podrá aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a su solicitud.
b) Presencial
Puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del estado, de otras Comunidades autónomas, de Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos a la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano, Oficinas de Correos y Representaciones diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero. -
Normativa aplicable
* Resolución de 8 de junio de 2016, de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos, por la que se publica modelo de impreso correspondiente al procedimiento denominado Cancelación de anotación de sanciones disciplinarias en Registro de Personal (BOCM nº 148, de 23 de junio)
* Instrucción de la Dirección General de Presupuestos y Recursos Humanos relativa al procedimiento de anotación, modificación y cancelación de sanciones en registro de personal (ver apartado Información complementaria en la columna derecha de esta ficha).
* Decreto 105/1986, de 6 de noviembre, de Reglamento del Registro de Personal (BOCM nº 289, de 5 de diciembre).
* Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
* Decreto 315/1964, de 7 de febrero, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado.
* Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid 2004-2007. E-mail
registrodepersonal@madrid.org
- Órgano responsable
-
Consejería de Hacienda y Función Pública
D. G. de Presupuestos
Gestión
Información relacionada