Bicicletas en el transporte público

Actualizado el 18 de diciembre de 2019
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  • Referencia


    51026

    ¿Qué es? >

  • Información sobre los días y horarios que está permitido el acceso con bicicletas a todas las estaciones de la Red de Metro de Madrid y Cercanías, así como el acceso con bicicletas plegadas a los autobuses de la EMT.

    ¿Quién puede? >

  • La bici en el Metro

    Los viajeros de Metro podrán transportar una bicicleta los sábados, domingos y festivos, durante todas las horas del servicio y de lunes a viernes en horario de 9:30 a 14:00, de 16:00 a 18:00 y de 20:00 h. hasta el cierre del servicio.

    1. Sólo se permitirá una bicicleta por viajero.
    2. El acceso a las instalaciones se realizará preferentemente por los vestíbulos atendidos por personal, que tras comprobar la preceptiva validación del título de transporte, facilitará el acceso por el portón o paso para personas de movilidad reducida (PMR). En el caso de acceder por algún vestíbulo sin presencia de personal, será el TICS (si recibe llamada por el interfono) quién facilitará el acceso, indicando la obligación de proceder a la validación del título de transporte.
    3. Podrá impedirse viajar con bicicleta cuando se produzcan circunstancias que así lo aconsejen, tales como aglomeraciones, averías u otras incidencias, que dificulten el tránsito y la movilidad, dentro de las instalaciones.
    4. Los trayectos en tren se realizarán en el interior de los coches en la zona más próxima a las cabinas de conducción, permitiéndose únicamente dos bicicletas por coche. En los trenes dotados de espacios reservados para bicicletas, éstas deberán situarse en los mismos.
    5. No está permitido conducir la bicicleta en las instalaciones de Metro (pasillos, andenes, etc.)
    6. Está permitido el transporte de bicicletas en las escaleras mecánicas, pasillos rodantes y ascensores, siempre que el grado de ocupación de dichas instalaciones lo permitan y sin ocasionar molestias a otros usuarios.
    7. El viajero portador de bicicleta será responsable de la custodia y cuidado de la misma, evitando en sus desplazamientos cualquier molestia al resto de usuarios. Metro de Madrid no se hace responsable de los desperfectos o pérdidas que pudiera sufrir la bicicleta y declina toda responsabilidad por los perjuicios que el transporte de la misma pueda ocasionar a terceros.
    8. Esta normativa podrá ser modificada si así resulta conveniente para una mejor prestación del servicio público prestado por Metro de Madrid.

    Si en algún caso, dentro de los horarios establecidos en los que no se permita viajar, algún viajero se encontrara en las instalaciones con una bicicleta, el personal de Metro, tras valorar la situación y siempre que las circunstancias lo permitan (poca afluencia de viajeros, etc.), permitirá continuar viaje, informando de ello al Puesto de Control Central. En caso contrario, se indicará al viajero que no podrá continuar viaje.

    Finalmente, indicamos que a los efectos de su transporte, las bicicletas que vayan plegadas, así como las bicicletas infantiles, tendrán la consideración de bultos de mano, rigiéndose por la normativa propia de éstos establecida en el Artículo 2, apartado b) del Reglamento de Viajeros de Metro de Madrid.

    Para cualquier información complementaria acceda a través del siguiente enlace o en el teléfono 902 444 403.

    La bici en el Tren:

    - Está permitido el transporte de bicicletas en la red de Cercanías Renfe de Madrid, de manera que puedes programar excursiones por los carriles bici de la Comunidad de Madrid o en Madrid ciudad tomando como origen o destino una estación de Cercanías.
    - Antes de viajar con tu bicicleta en Cercanías debes saber que hay una serie de condiciones particulares para cada una de las líneas. Estas condiciones varían asimismo según el sentido de la línea, la hora del día o el día de la semana. número de bicicletas permitidas en cada vagón, etc.
    Para consultar las condiciones específicas para viajar con bicicleta recomendamos pinchar en el siguiente enlace o llamar al teléfono 902 240 202.

    La bici en el Autobús (EMT):


    - Se permite el acceso a los autobuses de la EMT con bicicletas plegadas con el tamaño equivalente a un equipaje de mano, en función de la ocupación del vehículo.
    - Es obligatorio plegar la bicicleta antes de subir.
    - La bicicleta debe situarse en la plataforma central debidamente sujeta por el propietario. Si no hay espacio suficiente en la plataforma central, tienen prioridad una silla de ruedas y/o un cochecito de niño frente a la bicicleta que deberá bajarse del autobús si es preciso.
    - Se pueden transportar bicicletas sin plegar exclusivamente en buses provistos de soporte exterior específico.
    - En los autobuses interurbanos, tanto las plegables como las no plegables, deben ir empaquetadas en la bodega, y siempre a discreción del conductor.
    - Para más información puede consultar el siguiente enlace y en los teléfonos 902 507 850 y 91 406 88 10.

    Órgano Responsable >

  • Consejería de Transportes, Movilidad e Infraestructuras


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