Ayudas movilidad personas con discapacidad y compensación por gastos de transporte
Información Rápida
Objetivo
Esta ayuda económica periódica está destinada a cubrir los gastos de desplazamiento de personas con discapacidad que tienen dificultades para usar el transporte público.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas con discapacidad que tengan dificultades para utilizar transportes colectivos y cumplan con los requisitos establecidos.
Requisitos principales
- Tener nacionalidad española o de un país de la Unión Europea.
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
- Tener un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%.
- Tener dificultades graves para utilizar el transporte colectivo.
- Ser mayor de 3 años.
- Tener recursos económicos inferiores al 70% del IPREM vigente, con incrementos según la unidad familiar.
- No recibir prestaciones similares de igual o mayor cuantía de otro organismo público.
- Estar en régimen de media pensión o, si está interno, desplazarse fuera del centro al menos 10 fines de semana al año.
Plazos
Plazo indefinido.
Duración del trámite
El plazo máximo de resolución es de 90 días.
Resumen
Esta prestación económica periódica está diseñada para ayudar a personas con discapacidad a cubrir los gastos de desplazamiento fuera de su domicilio habitual, cuando tienen dificultades para usar el transporte público.
Quién puede usar este servicio:
Personas con discapacidad que cumplan los requisitos de edad, grado de discapacidad, empadronamiento y recursos económicos.
Lo que necesitas
Requisitos principales:
- Tener nacionalidad española o de la Unión Europea.
- Estar empadronado en la Comunidad de Madrid.
- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
- Tener dificultades graves para utilizar el transporte colectivo.
- Ser mayor de 3 años.
- Tener recursos económicos por debajo del límite establecido.
- No recibir otras ayudas similares.
Documentos requeridos:
- Solicitud.
- Documentación especificada en el formulario.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación: Reúne la documentación necesaria.
- Solicitud: Presenta la solicitud online o presencialmente.
- Tramitación: La administración revisará la solicitud y la documentación.
- Resolución: Recibirás una notificación con la resolución.
Presentación de solicitudes:
Puedes presentar la solicitud de forma electrónica o presencial. Si eliges la vía electrónica, necesitarás un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid. Para presentar la solicitud, accede al espacio de tramitación y sigue los pasos indicados. También puedes presentarla de forma presencial en los lugares habilitados.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez recibida la solicitud, la unidad de tramitación la examinará y, si falta algo, te lo comunicará para que lo completes en un plazo de diez días hábiles. Si la documentación está completa, se valorará y se te notificará la resolución.
Plazos de resolución:
El plazo máximo de resolución es de 90 días. El silencio administrativo se considera desestimatorio.
Ayuda
Recursos adicionales:
- Sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid
- Lugares habilitados para la presentación de solicitudes
- Obligación de relacionarse electrónicamente con la Administración
- Cita previa en oficinas de registro y atención al ciudadano
- Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid
- Notificaciones Electrónicas
- Consulta de situación de expedientes
- Guía de tramitación electrónica