Autorización previa para designar como patrono a una persona contratada por una fundación adscrita al Protectorado de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
Información Rápida
Objetivo
Este trámite es para solicitar autorización previa al Protectorado para que una fundación designe como patrono a una persona que tenga un contrato en vigor con la fundación.
¿Quién puede solicitarlo?
Fundaciones que deseen designar como patrono a una persona contratada por la misma.
Requisitos principales
- La fundación debe desear designar como patrono a una persona (física o jurídica) que tenga un contrato vigente con la fundación.
Plazos
Plazo indefinido
Duración del trámite
El plazo máximo para resolver es de tres meses. Si no hay respuesta en este tiempo, se considera que la solicitud ha sido aprobada.
Información adicional
El contenido de la información recogida en este trámite tiene carácter orientativo y no vinculante, por lo que se recomienda consultar las publicaciones oficiales (artículo 14 del Decreto 21/2002, de 24 de enero).
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización previa del Protectorado para que una fundación designe como patrono a una persona, ya sea física o jurídica, que tenga un contrato en vigor con la fundación. Este procedimiento es necesario para cumplir con la legislación vigente y asegurar la transparencia en la gestión de las fundaciones.
Lo que necesitas
Para realizar este trámite, necesitarás:
- Documentación a presentar:
- Solicitud (disponible al tramitar online).
- Documentación específica indicada en el formulario.
- Requisitos:
- La fundación debe desear designar como patrono a una persona (física o jurídica) que tenga un contrato vigente con la fundación.
- Costes:
- Este trámite no requiere el pago de tasas.
Cómo hacerlo
- Preparación: Reúne la documentación necesaria según lo indicado en el formulario de solicitud.
- Tramitación electrónica:
- Accede al espacio de tramitación electrónica (Tramitar).
- Descarga y completa el formulario.
- Presenta la solicitud y los anexos a través del registro electrónico.
- Notificaciones: Asegúrate de tener una dirección electrónica habilitada en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid para recibir las notificaciones.
Después de hacerlo
- Plazo de resolución: El Protectorado resolverá en un plazo máximo de tres meses. Si no hay resolución expresa en este plazo, la solicitud se considerará estimada.
- Notificación: Recibirás la resolución por medios electrónicos.
- Consulta del estado: Puedes consultar el estado de tu expediente a través del servicio de consulta de situación de expedientes.
Ayuda
- Normativa:
- Órgano responsable: Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, Secretaría General Técnica de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.