Autorización para la realización de actividades de gestión de residuos no peligrosos
Información Rápida
Objetivo
Obtener la autorización administrativa necesaria para realizar actividades de gestión de residuos no peligrosos en la Comunidad de Madrid.
¿Quién puede solicitarlo?
Personas o entidades que realicen operaciones de gestión de residuos no peligrosos.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos y la documentación exigida por la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.
Plazos
Plazo indefinido.
Duración del trámite
3 meses
Resumen
Este trámite permite obtener la autorización para realizar actividades de gestión de residuos no peligrosos en la Comunidad de Madrid. Es necesario para asegurar que estas actividades se realizan conforme a la normativa vigente.
Quién puede usar este servicio:
- Cualquier persona o entidad que realice operaciones de gestión de residuos no peligrosos.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (disponible en el espacio de tramitación).
- Documentación especificada en el formulario de solicitud.
Costes y plazos:
- Este trámite requiere el pago de tasas.
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparar la documentación y anexos necesarios.
- Abonar la tasa correspondiente y guardar el justificante.
- Descargar y cumplimentar el formulario de solicitud.
- Presentar la solicitud de forma electrónica o presencial en los lugares habilitados.
Si opta por la presentación electrónica, necesitará un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
- Una vez registrada la solicitud, podrá consultar el estado de su expediente a través del servicio de consulta de situación de expedientes.
- Si ha seleccionado la notificación electrónica, recibirá las notificaciones a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo de resolución es de 3 meses.
- El silencio administrativo es desestimatorio, según la Ley 8/2009, de 21 de diciembre.
Ayuda
Contacto:
- Órgano responsable: Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, Viceconsejería de Medio Ambiente, Agricultura y Ordenación del Territorio, Dirección General de Transición Energética y Economía Circular.
Recursos adicionales:
- Guía de tramitación electrónica de la Comunidad de Madrid.
Normativa
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular: (BOE nº 85, de 09 de abril)
- Ley 1/2024, de 17 de abril, de Economía Circular de la Comunidad de Madrid: (BOCM nº 97, de 24 de abril)