Autorización o reconocimiento de compatibilidad para el desempeño de una segunda actividad (pública o privada)
Información Rápida
Objetivo
Permite a los empleados públicos de la Comunidad de Madrid solicitar autorización para desempeñar un segundo puesto de trabajo, cargo o actividad, ya sea público o privado.
¿Quién puede solicitarlo?
Empleados públicos de la Comunidad de Madrid.
Requisitos principales
- Presentar la solicitud antes de iniciar la segunda actividad.
- Tramitación electrónica.
Plazos
Plazo indefinido.
Duración del trámite
Tres meses (plazo máximo para notificar la resolución).
Información adicional
Las notificaciones se realizarán electrónicamente a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Es necesario tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio.
Resumen
Este trámite permite a los empleados públicos de la Comunidad de Madrid solicitar autorización para desempeñar una segunda actividad, ya sea en el sector público o privado.
Quién puede usar este servicio: Empleados públicos de la Comunidad de Madrid.
Antes de empezar: Es importante tener en cuenta que la tramitación se realiza exclusivamente por medios electrónicos y que es necesario disponer de un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (formulario online disponible al tramitar).
- En actividades privadas por cuenta ajena: certificado de empresa con jornada semanal y horario.
- Otra documentación relevante.
Costes y plazos:
- Este trámite no requiere el pago de tasas.
- El plazo de resolución es indefinido, pero el plazo máximo para notificar la resolución es de tres meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Prepara la documentación necesaria.
- Accede al formulario online a través del enlace "Tramitar".
- Cumplimenta el formulario.
- Envía la solicitud y adjunta los documentos.
Información sobre cada etapa:
- La tramitación se realiza exclusivamente por medios electrónicos.
- Las notificaciones se realizarán electrónicamente a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Para ello debes tener una dirección electrónica habilitada en dicho servicio. Para darte de alta, accede a Notificaciones Electrónicas.
- Una vez registrada la solicitud, queda habilitado el servicio de consulta de situación de expedientes desde donde puedes:
- aportar documentos y enviar comunicaciones referidas a tu solicitud y
- consultar su estado de tramitación.
- En la Guía de tramitación electrónica explicamos cómo hacer las gestiones y los trámites de la Comunidad de Madrid por internet.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez presentada la solicitud, la Dirección General de la Función Pública la tramitará y el Consejero emitirá la resolución correspondiente.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para notificar la resolución es de tres meses. Si no recibes respuesta en este plazo, se considera que la solicitud ha sido estimada (silencio administrativo estimatorio).
Siguientes pasos:
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes presentar un recurso de reposición o un recurso contencioso-administrativo.
Ayuda
Contacto:
Consejería de Economía, Hacienda y Empleo Viceconsejería de Hacienda y Función Pública Dirección General de Función Pública
Recursos adicionales:
- Orden de 7 de febrero de 2023, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
- Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid (BOCM de 12 de mayo de 2021)
- Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Incompatibilidades del personal al Servicio de la Administración del Estado, Seguridad Social, Entes, Organismos y Empresas dependientes. (BOE, nº 107, de 4 de mayo)
- Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. (BOE nº 4, de 4 de enero de 1985)