Autorización establecimientos de óptica
Información Rápida
Objetivo
Este trámite permite obtener la autorización, renovación o modificación de establecimientos de óptica, incluyendo secciones de óptica en farmacias, así como comunicar cambios de titularidad, nombre comercial, director técnico, cese de actividad y cierre.
¿Quién puede solicitarlo?
Titulares de establecimientos de óptica o sus representantes legales.
Requisitos principales
- Cumplir con los requisitos técnicos y sanitarios establecidos en la normativa vigente.
- Disponer de un Director Técnico Óptico-Optometrista colegiado.
- Abonar la tasa correspondiente.
Plazos
Plazo indefinido
Duración del trámite
Indefinido
Información adicional
Todos los establecimientos de óptica deben llevar un Registro de Prescripciones Ópticas, diligenciado por el Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas.
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para abrir, renovar o modificar un establecimiento de óptica en la Comunidad de Madrid. También se utiliza para comunicar cambios importantes como el cambio de titular, el nombre del negocio, el director técnico o el cese de la actividad.
Lo que necesitas
Para realizar este trámite, necesitarás:
- Documentación: La documentación varía según el tipo de solicitud (autorización previa, definitiva, renovación, modificación, etc.). En general, se requiere el NIF del solicitante (si es persona jurídica), DNI o NIE (si es persona física), documentos que acrediten la representación (si aplica), nombramiento del director técnico, certificado de colegiación del director técnico, justificante del pago de la tasa, entre otros.
- Costes: Este trámite requiere el pago de una tasa.
Cómo hacerlo
- Preparación: Reúne todos los documentos necesarios según el tipo de solicitud que vayas a realizar.
- Tramitación electrónica: Accede a la sede electrónica de la Comunidad de Madrid y sigue los pasos indicados para cumplimentar la solicitud y adjuntar la documentación requerida.
- Pago de la tasa: Realiza el pago de la tasa correspondiente y guarda el justificante.
- Firma electrónica: Utiliza un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid para firmar y presentar la solicitud.
Después de hacerlo
Una vez presentada la solicitud, podrás consultar el estado de tramitación a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
Ayuda
- Contacto: Para ampliar información, puedes dirigirte al Área de Control Farmacéutico y Productos Sanitarios, en la Calle Aduana, 29, 1ª planta – 28013 Madrid. También puedes contactar a través del teléfono 91 370 29 26 o el correo electrónico control.farmaceutico@salud.madrid.org.
- Recursos adicionales: Puedes encontrar más información en el siguiente enlace: Más información.
Información Complementaria
Todos los establecimientos de óptica deben llevar un Registro de Prescripciones Ópticas, que debe ser validado por el Colegio Nacional de Ópticos-Optometristas antes de comenzar la actividad y cada vez que haya un cambio de Director Técnico.
Normativa
- Decreto 14/2003, de 13 de febrero, por el que se regulan los requisitos para las autorizaciones, el régimen de funcionamiento y el registro de los establecimientos de óptica en la Comunidad de Madrid: Decreto 14/2003