Autorización de servicios y unidades de farmacia en centros sanitarios

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Este trámite permite solicitar la autorización para la instalación, funcionamiento, modificación, renovación o cierre de servicios y unidades de farmacia en centros sanitarios de la Comunidad de Madrid, incluyendo depósitos de medicamentos, servicios de farmacia hospitalarios y unidades de radiofarmacia.

¿Quién puede solicitarlo?

Titulares de centros sanitarios que requieran autorización para la instalación, funcionamiento, modificación, renovación o cierre de unidades de farmacia (servicios de farmacia, depósitos de medicamentos o unidades de radiofarmacia).

Requisitos principales

  • El trámite está dirigido a los titulares de los centros sanitarios donde se ubiquen las unidades de farmacia (servicio de farmacia, depósito de medicamentos o unidad de radiofarmacia).
  • Los depósitos de medicamentos deben estar vinculados a una oficina de farmacia o servicio de farmacia de la Comunidad de Madrid.
  • Los servicios de farmacia deben contar con un farmacéutico responsable.
  • Las unidades de radiofarmacia deben cumplir con las normas de correcta preparación extemporánea de radiofármacos.

Plazos

Plazo indefinido

Duración del trámite

Los plazos de resolución varían según el tipo de autorización: Instalación (2 meses, silencio administrativo desestimatorio), Funcionamiento (3 meses, silencio administrativo desestimatorio), Renovación (3 meses, silencio administrativo estimatorio), Modificación (3 meses, silencio administrativo estimatorio) y Cierre (3 meses, silencio administrativo estimatorio).

Información adicional

Para ampliar la información, puedes dirigirte al Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos en la C/ Aduana, 29, 28013 Madrid, a través del correo electrónico orden.farm@salud.madrid.org o por teléfono al 91 426 90 19.

Resumen

Este trámite permite a los titulares de centros sanitarios solicitar la autorización para la instalación, funcionamiento, modificación, renovación y cierre de servicios y unidades de farmacia. Esto incluye depósitos de medicamentos, servicios de farmacia de hospitales y centros de salud, unidades farmacéuticas de tratamiento y desintoxicación de opiáceos (UFTDO), centros de atención integral a drogodependientes (CAID) y unidades de radiofarmacia.

Quién puede usar este servicio:

Titulares de centros sanitarios que requieran la autorización mencionada.

Antes de empezar:

Es importante tener en cuenta que todas las unidades asistenciales deben estar autorizadas previamente. Para ello, se debe realizar el trámite de Autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud (se encuentra en el espacio de tramitación online).
  • Documentación específica según el tipo de solicitud (instalación, funcionamiento, modificación, renovación, cierre).

Requisitos previos:

  • Los centros sanitarios ya autorizados deben solicitar la modificación de su oferta asistencial para incorporar la unidad correspondiente (U83, U84 o U900).
  • Los centros sanitarios no autorizados deben solicitar la autorización de funcionamiento, incluyendo todas las unidades asistenciales y la unidad de farmacia correspondiente.

Costes y plazos:

  • Este trámite requiere el pago de tasas. Consultar el Modelo 030 para conocer el importe exacto.
  • Plazo indefinido.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Acceder a la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
  2. Identificarse mediante uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos.
  3. Cumplimentar el formulario de solicitud online.
  4. Adjuntar la documentación requerida.
  5. Abonar las tasas correspondientes, si aplica.
  6. Enviar la solicitud.

Información sobre cada etapa:

  • La tramitación es exclusivamente electrónica.
  • Es necesario disponer de firma electrónica.
  • Las notificaciones se realizarán por medios electrónicos.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez registrada la solicitud, se puede consultar el estado de tramitación y aportar documentos adicionales a través del servicio de consulta de situación de expedientes.

Plazos de resolución:

  • Autorización de instalación: 2 meses (silencio administrativo desestimatorio).
  • Autorización de funcionamiento: 3 meses (silencio administrativo desestimatorio).
  • Autorización de renovación: 3 meses (silencio administrativo estimatorio).
  • Autorización de modificación: 3 meses (silencio administrativo estimatorio).
  • Autorización de cierre: 3 meses (silencio administrativo estimatorio).

Ayuda

Contacto:

  • Área de Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Farmacéuticos:

Recursos adicionales:

Documentación de Interés

Normativa


Preguntas frecuentes


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