Autorización de la sustitución de libros recetarios en oficinas de farmacia por libros recetarios en soporte electrónico
Información Rápida
Objetivo
Permitir a las oficinas de farmacia reemplazar el libro recetario tradicional en papel por un sistema electrónico de registro.
¿Quién puede solicitarlo?
Oficinas de farmacia.
Requisitos principales
- Disponer de un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
- Tener una dirección electrónica habilitada en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
Plazos
Plazo indefinido.
Duración del trámite
Tres meses (plazo máximo para notificar la resolución expresa).
Información adicional
Para ampliar la información, puede dirigirse al Servicio de Ordenación Farmacéutica (Calle Aduana, 29, 28013 Madrid), contactar por correo electrónico a orden.farm@salud.madrid.org, o llamar al teléfono 91 426 90 19.
Resumen
Este procedimiento permite a las oficinas de farmacia sustituir el tradicional libro recetario en papel por un sistema de registro electrónico, utilizando el programa informático de gestión de la farmacia.
Quién puede usar este servicio:
- Oficinas de farmacia.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (disponible al tramitar online).
- Si aplica, autorización escrita del Director Técnico Propietario.
- Declaración de los Directores Técnicos de contar con los medios adecuados para la gestión del Libro Recetario.
Costes:
- Este trámite no requiere el pago de tasas.
Cómo hacerlo
- Preparar la documentación: Reúne todos los documentos necesarios.
- Descargar y cumplimentar el formulario: Accede a la sede electrónica a través del botón "Tramitar" y descarga el formulario. Rellénalo y guárdalo.
- Presentar la solicitud: Accede al registro electrónico y presenta la solicitud junto con la documentación.
Las notificaciones se realizarán electrónicamente a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid. Es necesario tener una dirección electrónica habilitada en este sistema. Puedes darte de alta en Notificaciones Electrónicas.
Después de hacerlo
Una vez registrada la solicitud, puedes consultar el estado de tu expediente y aportar documentos a través del servicio de consulta de situación de expedientes.
Plazos de resolución:
- El plazo máximo para notificar la resolución es de tres meses.
- El silencio administrativo es desestimatorio.
Ayuda
Contacto:
- Servicio de Ordenación Farmacéutica, Calle Aduana, 29, 28013 Madrid.
- Correo electrónico: orden.farm@salud.madrid.org.
- Teléfono: 91 426 90 19.
Recursos adicionales:
- Guía de tramitación electrónica.
- Folios numerados para descargar: Formato vertical y Formato horizontal.
Normativa
- Decreto 1/2022, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad (BOCM de 20 de enero)
- Resolución de 4 de enero de 2010, de la Dirección General de Ordenación e Inspección, por la que se habilita al Registro Telemático de la Consejería de Sanidad para la realización de trámites telemáticos durante la tramitación de los expedientes de varios procedimientos administrativos (BOCM nº 20, de 25 de enero). Corrección de errores (BOCM nº 35, de 11 de febrero).