Autorización de Actividades recreativas o deportivas
Información Rápida
Objetivo
Este procedimiento permite solicitar la autorización para actividades recreativas o deportivas que se desarrollen en más de un municipio, garantizando la seguridad de las instalaciones, los usuarios y la protección de terceros.
¿Quién puede solicitarlo?
Organizaciones o personas que deseen realizar actividades recreativas o deportivas que se desarrollen en más de un municipio.
Requisitos principales
- Disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.
- Abonar la tasa correspondiente.
Plazos
Plazo indefinido
Duración del trámite
El plazo máximo para notificar la resolución es de tres meses. El silencio administrativo tiene efecto desestimatorio.
Información adicional
El catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones incluye una amplia variedad de opciones, desde espectáculos y actividades recreativas hasta locales e instalaciones de diversos tipos.
Resumen
Este trámite permite solicitar la autorización para realizar actividades recreativas o deportivas que se desarrollen en más de un municipio de la Comunidad de Madrid. El objetivo es garantizar la seguridad de los participantes, las instalaciones y proteger los derechos de terceros.
Quién puede usar este servicio:
Organizaciones o personas que deseen llevar a cabo actividades recreativas o deportivas que transcurran por varios municipios.
Antes de empezar:
- Asegúrate de tener un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
- Ten preparada la documentación necesaria.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (formulario online disponible al tramitar).
- Documentación específica que se indica durante la tramitación online.
Costes y plazos:
- Este trámite requiere el pago de tasas.
- El plazo es indefinido.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Tramitación electrónica: Accede al espacio de tramitación electrónica pulsando en "Tramitar".
- Documentación: Prepara y adjunta la documentación requerida.
- Pago de tasas: Abona las tasas correspondientes y guarda el justificante.
- Formulario online: Cumplimenta el formulario online. Guarda el localizador si no lo finalizas en el momento.
- Envío: Envía la solicitud y adjunta el resto de documentos.
Información sobre cada etapa:
- La tramitación es exclusivamente electrónica.
- Las notificaciones se realizarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
- Puedes consultar el estado de tu expediente en la Guía de tramitación electrónica.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
Una vez registrada la solicitud, podrás consultar su estado de tramitación y aportar documentos adicionales a través de la sede electrónica.
Plazos de resolución:
El plazo máximo para notificar la resolución es de tres meses. El silencio administrativo es desestimatorio.
Siguientes pasos:
Si no estás de acuerdo con la resolución, puedes interponer un recurso de alzada en el plazo de un mes si el acto es expreso, o a partir del día siguiente a aquel en que se produzca el silencio administrativo.
Ayuda
Contacto:
Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112 Dirección General de Seguridad
Recursos adicionales:
Información Complementaria
Catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas, establecimientos, locales e instalaciones:
- Espectáculos públicos: Cine, Teatro. Conciertos y festivales. Espectáculos taurinos. Circo. Espectáculos al aire libre y ambulantes. Competiciones deportivas en sus diversas modalidades. Baile y danza. Representaciones o exhibiciones artísticas, culturales o folclóricas. Desfiles en vía pública. Cómicos. Variedades. Espectáculos varios organizados con el fin de congregar al público en general para presenciar actividades, representaciones o exhibiciones de naturaleza artística, cultural o deportiva.
- Actividades recreativas: Baile. Verbenas y similares. Juegos recreativos y de azar. Atracciones de feria. Exhibición de animales vivos. Conferencias y congresos. Exposiciones artísticas y culturales. Práctica de deportes en sus diversas modalidades con fines recreativos. Actividades recreativas varias dirigidas al público en general cuyo fin sea el esparcimiento, ocio, recreo y diversión del mismo.
- Locales e instalaciones:
- De espectáculos públicos: Locales destinados a competiciones deportivas en cualquier de sus modalidades. Salas de conciertos. Plazas de toros permanentes. Circos permanentes. Salas de baile y fiestas, con o sin espectáculos. Discotecas. Salas de fiestas de juventud. Café - teatros. Otros locales o instalaciones similares a los mencionados.
- De uso deportivo - recreativo: Recintos destinados a la práctica deportiva o recreativa de uso público, en cualquiera de sus modalidades ( piscinas, polideportivos, etcétera ). Gimnasios. Boleras. Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.
- De hostelería: Tabernas y bodegas. Cafeterías, bares, cafés y degustaciones. Restaurantes, asadores, autoservicios, casas de comidas. Chocolaterías, churrerías, heladerías. Bares especiales, whiskerías, clubs, bares americanos, pubs, discobares, karaokes y similares. Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.
- Culturales: Salas de exposiciones y conferencias. Palacios de congresos. Cines. Teatros. Auditorios. otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.
- De juegos recreativos y de azar: Casinos. Bingos. Salones de juego. Salones recreativos. Otros locales o instalaciones asimilables a los mencionados.
- Recintos abiertos o semi - abiertos: Circuitos en vías públicas o espacios abiertos destinados a competiciones deportivas o prácticas deportivas de uso público. Recintos feriales. Parques de atracciones. Parques zoológicos. Otros locales e instalaciones asimilables a los mencionados.
- Instalaciones desmontables: Circos. Plazas de toros. Casetas de feria. Otras instalaciones desmontables asimilables a las mencionadas.
- Otros locales e instalaciones: Otros que por su naturaleza alberguen espectáculos públicos o actividades recreativas que no sean susceptibles de ser incluidos en los apartados anteriores.