Autorización aprovechamiento de madera y leña en montes no gestionados por la Comunidad de Madrid

Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Obtener autorización para cortar, podar o desbrozar vegetación forestal en montes no gestionados por la Comunidad de Madrid, cuando se requiera autorización expresa.

¿Quién puede solicitarlo?

Cualquier persona interesada en realizar aprovechamientos forestales en montes no gestionados por la Comunidad de Madrid.

Requisitos principales

  • Interesados en cortar, podar o desbrozar vegetación forestal en montes no gestionados por la administración forestal, cuando se requiera autorización expresa.
  • Excepciones: Declaración responsable para proyectos con plan técnico aprobado o aprovechamientos domésticos menores. No se requiere autorización para matorral bajo, ramas caídas o cortas para obras autorizadas.

Plazos

Plazo indefinido

Duración del trámite

Tres meses

Resumen

Este trámite permite solicitar autorización para el aprovechamiento de madera y leña en montes que no son gestionados directamente por la Comunidad de Madrid. Esto incluye la corta, poda o desbroce de vegetación forestal.

Quién puede usar este servicio:

Cualquier persona interesada en realizar estas actividades, siempre y cuando no estén exentas de autorización.

Antes de empezar:

Es importante verificar si la actividad requiere realmente una autorización o si puede realizarse mediante una declaración responsable o si está exenta de ambos.

Lo que necesitas

Documentos requeridos:

  • Solicitud (se tramita online).
  • Planos u ortofotos de SIGPAC que señalen la zona donde se va a actuar.
  • Archivo digital de la capa cartográfica de la zona (recomendable).
  • Otros documentos que puedan ser relevantes para la solicitud.

Requisitos previos:

  • Determinar si la actividad está sujeta a autorización, declaración responsable o está exenta.
  • En caso de requerir autorización, preparar la documentación necesaria.

Costes y plazos:

  • El pago de una tasa es necesario, pero se realiza después de que la autorización sea concedida.
  • El plazo máximo para obtener una resolución es de tres meses.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso:

  1. Preparación: Reúne la documentación necesaria.
  2. Solicitud: Presenta la solicitud de forma electrónica o presencial.
  3. Tramitación: La administración revisará la solicitud y podrá solicitar subsanaciones.
  4. Resolución: Se emitirá una resolución que se notificará al solicitante.
  5. Pago: Si la autorización es concedida, se deberá abonar la tasa correspondiente.

Información sobre cada etapa:

  • La solicitud electrónica requiere firma electrónica.
  • La presentación presencial requiere descargar el formulario y presentarlo en las oficinas habilitadas.

Después de hacerlo

Qué sucede después:

Una vez finalizado el aprovechamiento, si este es objeto de comercialización, se debe comunicar la cantidad obtenida y su destino a la administración.

Plazos de resolución:

El plazo máximo de resolución es de tres meses. Si no se recibe respuesta en este plazo, la solicitud se considera denegada.

Siguiente pasos:

Si la autorización es concedida, realizar el aprovechamiento según las condiciones establecidas y comunicar los resultados si es necesario.

Ayuda

Contacto:

Recursos adicionales:

Preguntas frecuentes:

Ver sección de preguntas frecuentes (FAQ) para respuestas a dudas comunes.


Preguntas frecuentes


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