Autorización administrativa previa para la distribución de gas canalizado
Actualizado el 8 de marzo de 2025
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Objetivo
Obtener la autorización necesaria para construir instalaciones de distribución de gas natural en una zona específica de la Comunidad de Madrid.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresas distribuidoras de gas natural que deseen construir instalaciones de distribución en la Comunidad de Madrid.
Requisitos principales
- Ser una empresa distribuidora de gas.
- Disponer de los medios electrónicos necesarios para la tramitación online.
- Abonar las tasas correspondientes.
Plazos
Plazo indefinido
Duración del trámite
6 meses
Resumen
Este trámite permite a las empresas distribuidoras de gas obtener la autorización administrativa previa necesaria para construir instalaciones de distribución de gas natural en la Comunidad de Madrid.
Lo que necesitas
- Documentación a presentar:
- Solicitud (a través del formulario online).
- Proyecto de la instalación.
- Justificante de pago de las tasas correspondientes.
- Otra documentación que pueda ser requerida.
- Costes:
- Este trámite requiere el pago de tasas.
Cómo hacerlo
- Presentación de la solicitud: La solicitud se presenta de forma electrónica, a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid.
- Información pública: La solicitud se somete a información pública durante 20 días hábiles, publicándose en el BOCM.
- Alegaciones: Se da traslado al solicitante de las alegaciones presentadas para que responda en un plazo no superior a 15 días.
- Resolución: Tras analizar la documentación, la Dirección General de Descarbonización y Transición Energética emite una resolución que se publica en el BOCM.
Después de hacerlo
- Plazos de resolución: El plazo máximo de resolución es de 6 meses.
- Efecto del silencio administrativo: El silencio administrativo es desestimatorio.
Ayuda
- Normativa:
- Resolución de 16 de abril de 2020, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas
- Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.
- Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre
- Resolución de 26 de julio de 2010, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas
- Ley 4/2012, de 4 de julio
- Órgano responsable: Dirección General de Transición Energética y Economía Circular.
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