Alegaciones al acuerdo de inicio sancionador consumo

Actualizado el 7 de marzo de 2025
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Información Rápida

Objetivo

Permite a los sancionados en materia de consumo presentar alegaciones, documentos y justificaciones tras recibir el acuerdo de inicio del procedimiento sancionador, antes de que se formule la propuesta de resolución.

¿Quién puede solicitarlo?

Sancionados en materia de consumo que hayan recibido el acuerdo de inicio del procedimiento sancionador.

Requisitos principales

  • Disponer de un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
  • Tener una dirección electrónica habilitada en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.

Plazos

El plazo para presentar alegaciones es de 15 días hábiles tras la puesta de manifiesto del expediente.

Duración del trámite

No especificado

Información adicional

La información proporcionada es orientativa y no vinculante. Se recomienda consultar las publicaciones oficiales.

Resumen

Este trámite permite a los sancionados en materia de consumo presentar alegaciones al acuerdo de inicio del procedimiento sancionador. Una vez recibido el acuerdo de inicio, los interesados pueden revisar el expediente y presentar los documentos y justificaciones que consideren necesarios.

Quién puede usar este servicio

Los sancionados en materia de consumo que hayan recibido el acuerdo de inicio del procedimiento sancionador.

Lo que necesitas

Documentos requeridos

  • Solicitud (disponible al pulsar 'Tramitar').
  • Documentación especificada en el formulario.

Requisitos previos

  • Disponer de un sistema de firma electrónica reconocido por la Comunidad de Madrid.
  • Tener una dirección electrónica habilitada en el Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.

Costes y plazos

  • Este trámite no requiere el pago de tasas.
  • El plazo para presentar alegaciones es de 15 días hábiles tras la puesta de manifiesto del expediente.

Cómo hacerlo

Paso a paso del proceso

  1. Prepara la documentación y anexos necesarios.
  2. Descarga y completa el formulario de solicitud.
  3. Accede al Registro electrónico y presenta la solicitud junto con los documentos requeridos.

Información sobre cada etapa

  • La tramitación se realiza exclusivamente por medios electrónicos.
  • Las notificaciones se enviarán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.

Después de hacerlo

Qué sucede después

Una vez registrada la solicitud, podrás consultar el estado de tu expediente y enviar comunicaciones adicionales.

Plazos de resolución

No especificado.

Ayuda

Contacto

  • Consejería de Economía, Hacienda y Empleo
  • Viceconsejería de Economía y Empleo
  • Dirección General de Comercio, Consumo y Servicios

Recursos adicionales

Normativa


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