Adhesión de empresas al Sistema Arbitral de Consumo
Información Rápida
Objetivo
Permite a las empresas adherirse al Sistema Arbitral de Consumo, un mecanismo extrajudicial para resolver conflictos con consumidores de forma voluntaria, gratuita y rápida.
¿Quién puede solicitarlo?
Empresarios, profesionales o autónomos que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad de Madrid.
Requisitos principales
- Dirigirse a la junta arbitral correspondiente según el ámbito territorial de la actividad principal.
- Indicar si la adhesión se realiza en derecho o en equidad.
- Indicar la duración de la oferta de adhesión (si no se indica, se entiende por tiempo indefinido).
Plazos
Plazo indefinido.
Duración del trámite
3 meses
Información adicional
Para consultas sobre este trámite, puedes dirigirte al Instituto Regional de Arbitraje de Consumo (IRAC) por correo electrónico a irac@madrid.org.
Resumen
Este trámite permite a las empresas de la Comunidad de Madrid adherirse al Sistema Arbitral de Consumo. Este sistema ofrece una vía extrajudicial, voluntaria y gratuita para resolver conflictos entre consumidores y empresas.
Quién puede usar este servicio:
Empresarios, profesionales o autónomos que desarrollen su actividad principalmente en la Comunidad de Madrid.
Lo que necesitas
Documentos requeridos:
- Solicitud (se completa online durante el trámite).
- Copia de la escritura de constitución (solo para personas jurídicas).
- Copia del documento de apoderamiento del representante.
- Anexo de autorización múltiple para presentación de solicitud (solo para representación mancomunada).
La Comunidad de Madrid puede consultar electrónicamente la Declaración Censal de Alta o IAE, a menos que te opongas.
Requisitos previos:
- La empresa debe desarrollar su actividad principalmente en la Comunidad de Madrid.
- La solicitud debe indicar si la adhesión se realiza en derecho o en equidad, y la duración de la oferta.
Costes y plazos:
- Este trámite es gratuito.
- El plazo de resolución es de 3 meses.
Cómo hacerlo
Paso a paso del proceso:
- Preparación: Reúne la documentación necesaria.
- Tramitación online: Accede al enlace "Tramitar" y completa el formulario en línea.
- Envío: Adjunta la documentación y envía la solicitud.
Información sobre cada etapa:
- La tramitación es exclusivamente electrónica, requiriendo firma electrónica reconocida por la Comunidad de Madrid.
- Las notificaciones se recibirán a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid.
Después de hacerlo
Qué sucede después:
El presidente de la Junta Arbitral resolverá si acepta o no la adhesión.
Plazos de resolución:
El plazo máximo de resolución es de 3 meses. Si no hay respuesta en ese tiempo, se considera aprobada.
Siguientes pasos:
Si la adhesión es aceptada, la empresa se incluirá en los registros correspondientes y recibirá un distintivo que deberá exhibir.
Ayuda
Contacto:
Instituto Regional de Arbitraje de Consumo:
- Calle Ramírez de Prado 5Bis, 28045 Madrid.
- Correo electrónico: irac@madrid.org
Recursos adicionales:
Normativa
- Real Decreto 713/2024, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que regula el Sistema Arbitral de Consumo (BOE nº 178, de 24 de julio).
- Ley 7/2017, de 2 de noviembre, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la Directiva 2013/11/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo (BOE nº 268, de 4 de noviembre).
- Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias (BOE nº 287, de 30 de noviembre).
- Ley 60/2003, de 23 de diciembre, de Arbitraje (BOE nº 309 de 26 diciembre).