Ayuntamiento de Zaragoza

  • DESCRIPCIÓN

    Concesión Final de Ayudas Económicas de la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, 2016

    MIEMBROS DE LA COMISIÓN TÉCNICA

    1. MESA CULTURA TRADICIONAL

    • Jesús López Baguena
    • Vicente Miguel Chueca
    • Maite Serrano
    • Técnico: Angelina Chambon

    2. MESA AAEE

    • Ana Continente
    • Antonio Ayesta
    • Alfredo Abadía
    • Técnico: Angelina Chambon

    3. MESA ARTES PLÁSTICAS Y VISUALES

    • Mariela García Vives
    • Juan Alberto Albiac
    • Ramón Peris Bellver
    • Técnico: Sonia Sín

    4. CINE Y ADIOVISUAL

    • Ana Pavia
    • Jaime fontan
    • Jose Alejandro Gonzalez
    • Técnico: Álvaro Mazarrasa

    5. LIBRO Y LECTURA

    • Javier Fernández López
    • César Muñío
    • Antonio Pérez Lasheras
    • Técnico: Diego Garulo

    6. MÚSICA Y ACTIVIDADES MUSICALES

    • Pablo Ferrer
    • Santiago Torre
    • Juan Miguel Sanchez
    • Técnico: Victor Domeque

    7. CULTURA COMUNITARIA Y PROFESIONALIZACIÓN

    • Patricia Sanchon
    • Pilar Muniesa
    • Juan Antonio Gordón
    • Técnico: José Luis Martínez

    Las presentes Bases regulan el régimen de concesión de ayudas económicas a aquellas personas físicas o jurídicas que promuevan la organización y realización de actividades culturales en la ciudad de Zaragoza a través de cualquiera de sus manifestaciones, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2016 que, a juicio de esta Sociedad, complementen o suplan actividades culturales organizadas por los organismos y entidades municipales en la ciudad.

    Específicamente, es objeto de la convocatoria las actividades culturales de:

    • 1. Cultura Tradicional Aragonesa
    • 2. Artes Escénicas
    • 3. Artes Plásticas y Visuales
    • 4. Cine y Audiovisual
    • 5. Promoción del libro y la lectura
    • 6. Música y actividades musicales
    • 7. Profesionalización y Cultura Comunitaria

    La dotación económica para la concesión de estas ayudas económicas asciende a un máximo de 458.441,00 euros.

    Las subvenciones podrán otorgarse tanto a los proyectos pendientes de realización como a los ya iniciados. En ambos casos, los comprobantes de gastos a entregar deberán referirse al año de la convocatoria.

    Criterios de valoración de las solicitudes

    La adjudicación y la determinación de la ayuda económica se ajustará a los siguientes criterios de valoración de los proyectos:

    1. El interés cultural, social y artístico del proyecto.
    2. El grado de innovación para el desarrollo de la cultura de Zaragoza.
    3. La viabilidad del proyecto: su capacidad de mantener y generar empleo; su vocación de continuidad; su calidad artística y técnica; su equilibrada proporción con el coste; su capacidad de buscar otras fuentes de financiación y su planteamiento de objetivos evaluables y medibles.
    4. La accesibilidad ciudadana a la cultura.
    5. La contribución del proyecto al fomento de la cultura aragonesa.
    6. La contribución específica a la programación cultural de la ciudad de Zaragoza.
    7. La implicación con otros agentes culturales locales distintos del solicitante en el desarrollo del proyecto.
    8. La trayectoria, cualificación, profesionalidad y experiencia del solicitante.
    9. La trayectoria, cualificación, profesionalidad y experiencia en el desarrollo del proyecto.
    10. Dimensión internacional del proyecto.
    11. Las herramientas previstas que persigan la inclusión social.
    12. La cooperación cultural internacional.
    13. La cooperación entre proyectos culturales territoriales.
    14. Los mecanismos de evaluación.
    15. La contribución específica al concepto de Utopía promovido por el Ayuntamiento.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

    Normativas

    Plazo Presentación

    El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de su publicación en la página web indicada, es decir, hasta las 13:00 horas del lunes 23 de mayo de 2016.

    Publicación en el B.O.P: Año CLXXXIII - Núm. 102 - Sábado, 7 de mayo de 2016

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    PROCESO:

    Las solicitudes con la documentación exigida se presentarán en el Departamento de Planificación, Cooperación y Nuevos Proyectos de la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, sito en la planta calle del edificio Torreón Fortea, calle Torrenueva, 25 de Zaragoza (en horario de 9,00 h. a 13:00 h., de lunes a viernes, o bien en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza; en ese caso, acompañando la solicitud de la instancia oportuna.

    Quienes presenten sus solicitudes en el Registro General del Ayuntamiento de Zaragoza, deberán comunicar por correo electrónico a la dirección siguiente:

    subvenciones@zaragozacultural.com

    DOCUMENTACIÓN:

    Ver Bases de la convocatoria, contenido de la solicitud y Anexos I, II, III, IV y V.

    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Oficina de Registro Plaza del Pilar
    Pza. del Pilar , 18, Planta B - Zaragoza 50003

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 13,00 h.
      • AVISO: Los sábados son días inhábiles (equiparándolos a domingos y festivos).

    Oficina de Registro Seminario
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 721234 - 010
    • Horario:
      • De lunes a viernes: de 8,30 a 14,30 h. y de 16,10 a 18,50
      • AVISO: Los sábados son días inhábiles (equiparándolos a domingos y festivos).

    Sociedad Municipal Zaragoza Cultural
    C/ Torrenueva, 25, Planta 2ª - Zaragoza 50003

    Impresos relacionados

    Órgano Gestor

    Sociedad Municipal Zaragoza Cultural
    C/ Torrenueva, 25, Planta 2ª - Zaragoza 50003

  • ## Resumen Estas bases regulan la concesión de ayudas económicas a personas físicas o jurídicas que organicen y realicen actividades culturales en Zaragoza entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024. El objetivo es apoyar la producción, difusión y promoción del tejido cultural de la ciudad, fomentando la profesionalidad y la estabilidad en el sector. **¿Quién puede usar este servicio?** Personas físicas o jurídicas que promuevan actividades culturales en Zaragoza. ## Lo que necesitas * **Requisitos:** * Tener sede social o realizar la actividad en Zaragoza. * Cumplir con los requisitos establecidos en las bases reguladoras. ## Cómo hacerlo **Paso a paso del proceso:** 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios, incluyendo el formulario de solicitud, la declaración de cumplimiento de obligaciones, el proyecto detallado de la actividad, el presupuesto total de gastos e ingresos, y el certificado de situación en el Censo de Actividades Económicas. 2. **Presentar la solicitud:** Presenta la solicitud y la documentación de forma digital a través del formulario en línea. **Información sobre cada etapa:** * Es obligatorio cumplimentar el formulario y entregar el proyecto detallado. * En caso de problemas con la presentación digital, contacta con subvenciones@zaragozacultural.com antes de que finalice el plazo. ## Ayuda **Contacto:** * Para información y orientación sobre las ayudas y la documentación, solicita cita previa a través de subvenciones@zaragozacultural.com. **Recursos adicionales:** * Bases reguladoras de la Convocatoria Pública de Ayudas Económicas de la Sociedad Municipal Zaragoza Cultural, 2024 * Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público

  • ## Ayudas Económicas y Subvenciones en Derechos Sociales ### Tengo problemas para moverme y necesito ayuda... El Ayuntamiento de Zaragoza pone a disposición de la ciudadanía que vean reducidas su autonomía para la realización de las actividades cotidianas el servicio de Ayuda a Domicilio. Se puede consultar el [trámite para iniciar el procedimiento de solicitud de este servicio](https://www.zaragoza.es/sede/portal/servicios-sociales/personas-mayores/servicio/tramite/179) También estaría el [servicio de Teleasistencia](https://www.zaragoza.es/sede/portal/servicios-sociales/personas-mayores/servicio/tramite/180),que presta atención telefónica a personas con algún problema de autonomía,enfermedad crónica o personas en riesgo. Estos servicios se solicitan a través de la [Red municipal centros de servicios sociales.](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/equipamiento/category/92) Trámites relacionados * [Alta en el Servicio de Ayuda a Domicilio](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/179) * [Alta en el Servicio de Teleasistencia](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/180) ### ¿Las Ayudas de Urgente Necesidad se conceden por un tiempo? Las ayudas de Urgente Necesidad son prestaciones económicas de carácter extraordinario y puntual,subsidiarias y complementarias de los Servicios Sociales previstos en la legislación vigente,destinadas a atender situaciones de urgencia sobrevenidas,que afecten a individuos,familias o unidades económicas de convivencia,que no puedan hacer frente a necesidades básicas sociales e imprescindibles. Trámites relacionados * [Solicitud de Ayudas de Urgente necesidad](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/113) ### No sé qué es mejor para mi situación,¿el servicio de Teleasistencia o el de Ayuda a Domicilio? Ambos servicios atienden situaciones de merma de autonomía,pero tienen algunas diferencias. En el Servicio de ayuda a domicilio,la persona solicitante recibe una ayuda presencial en casa para realizar determinadas tareas cotidianas. En el de Teleasistencia,se realiza un seguimiento telefónico de la situación de la persona solicitante y atiende,de manera urgente,situaciones de emergencia. Para poder optar a cualquiera de estos dos servicios,se necesita pedir cita en el Centro Municipal de Servicios Sociales donde valorarán la situación concreta del caso que se plantee. Se puede consultar la [red de Centros Municipales de Servicios Sociales](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/equipamiento/category/105) Trámites relacionados * [Alta en el Servicio de Ayuda a Domicilio](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/179) * [Alta de las Ayudas para Cargas Familiares](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/3620) * [Alta en el Servicio de Teleasistencia](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/180) ### Para acceder a las Ayudas de Urgente necesidad,¿qué requisitos hay que reunir? Puede consultar los requisitos necesarios de acceso en el trámite relacionado debajo. Trámites relacionados * [Solicitud de Ayudas de Urgente necesidad](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/tramite/113)

  • ## Descripción **Los solicitantes que deban de aportar mas recibos de alquiler disponen de plazo como FECHA MÁXIMA el 3 de FEBRERO del 2025 (ver apartado "INSTRUCCIONES")** **AVISO**:si el Ayuntamiento ya dispone de tu Ficha de Terceros y NO HAS CAMBIADO DE NÚMERO DE CUENTA BANCARIA,no es necesario aportar de nuevo dicha Ficha de Terceros. En caso de haber obtenido DNI después de tu solicitud,debes de presentar nueva ficha de Terceros junto al Certificado de Concordancia. **RESOLUCIONES DEFINITIVAS** * [Decreto concesión bloque 6](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/13327) * [Decreto concesión bloques 3,4 y 5](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/13326) * [Consulte Listado ](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/emancipacion_joven_res_def12_24.pdf)(Bloque 1 y 2) * [Financiación Resto de Beneficiarios](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/emancipacion_joven_res_def12_24-resto.pdf) (Decreto de 17.12.2024) **INSTRUCCIONES** * [Solo para las solicitudes concedidas.](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/emancipacion_joven_instru_24.pdf) **TRAMITAR** * A través de tu**[CARPETA CIUDADANA](https://www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana)** Es un programa del *Servicio de Juventud,* cuyo objeto es facilitar la emancipación de las personas jóvenes en la ciudad de Zaragoza mediante una ayuda para el alquiler de la vivienda. Dicha ayuda se solicita de forma individual. Si en el contrato de alquiler figura como titular más de una persona,podría solicitarla cada una de ellas si cumple los requisitos. Además,puedes beneficiarte de esta Ayuda hasta en 3 convocatorias diferentes. El presupuesto para estas ayudas este ejercicio de 1.551.660,84 euros. La cuantía de la ayuda de Emancipación Joven será hasta un máximo de: * 3.000 € para jóvenes cuyos ingresos brutos mensuales estén comprendidos entre 450€ (0,75 veces el IPREM) y 1.050€ (1,75 veces IPREM) . * 2.000 € para jóvenes con ingresos brutos mensuales comprendidos entre 1.050,01€ y 1.650€ (2,75 veces IPREM). En cualquier caso,la cuantía de la ayuda tendrá como límite el importe de los justificantes de pago de alquiler que puedan presentarse hasta diciembre de 2024. ### Más información * En las Bases que se adjuntan en al apartado de *Normativa*. * Vivienda Joven * Tel. 976 721 880 * [viviendajoven@zaragoza.es](mailto:viviendajoven@zaragoza.es) * Horario:de lunes a viernes:de 09,30 a 14h. ## Requisitos **Podrán ser beneficiarias de la ayuda,las personas que en el momento de presentación de la correspondiente solicitud cumplan:** a) Tener entre 18 y 30 años (ambos incluidos). b) Ser titular del contrato de alquiler del piso para el que se solicita la subvención. En el contrato debe figurar el sello de fianzas del Gobierno de Aragón o venir acompañado del justificante de depósito de la fianza. No se admiten contratos de subarriendo,arriendo de habitaciones ni anexos de contratos. c) El coste del alquiler de la vivienda no podrá superar los 650 €/mes. En el caso de pisos compartidos se podrá superar este límite siempre que la aportación que cada persona hace de forma individual no supere los 350 €/mes. Se entenderá por Piso Compartido aquél en cuyo contrato de alquiler figure más de un titular como parte arrendataria. d) Disponer de 4 recibos de alquiler pagados correspondientes al año 2024 en el momento de presentar la solicitud . e) No poseer vivienda en propiedad en el municipio de Zaragoza. f) Estar empadronada en la vivienda objeto de la subvención. g) Disponer de una fuente de ingresos cuyo importe bruto mensual no sea inferior a 450€ (0,75 veces el IPREM ) ni superior a 1.650€ al mes (2,75 veces el IPREM) h) Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento de Zaragoza,Seguridad Social,Agencia Estatal Tributaria y Gobierno de Aragón. i) Existen otros requisitos que se pueden consultar en las Bases de Subvenciones. ## Impresos relacionados * [Ayudas Emancipación Joven:Autorización de Representación](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Eman-Joven-representacion24-new.pdf) * [Ayudas Emancipación Joven:Declaración responsable](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Declaracion_Responsable_2024_PDFEditable.pdf) ## Normativas * [Bases para la Ayuda a la Emancipación Joven en Zaragoza,(2024)](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/Ayuda-Emancipacion-2024-Bases.pdf) * [Modificación Bases(2024) (Texto refundido)](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/texto_refundido_bases_emancipaciondocument.pdf) * [Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/81) * [Publicación concesión de ayudas de emancipación joven 2024. Bloques 3,4 y 5.](https://www.zaragoza.es/contenidos/normativa/decreto-ayudas-emancipacionjoven24.pdf)

  • ## Resumen Este programa del Servicio de Juventud facilita la emancipación de jóvenes en Zaragoza mediante una ayuda para el alquiler de vivienda. Se solicita individualmente, y si varias personas figuran en el contrato, cada una puede solicitarla si cumple los requisitos. Puedes beneficiarte hasta en 3 convocatorias. **Importante:** * Si debes aportar más recibos de alquiler, tienes hasta el 3 de febrero de 2025. * Si el Ayuntamiento ya tiene tu Ficha de Terceros y no has cambiado tu número de cuenta, no es necesario volver a presentarla. Si obtuviste el DNI después de la solicitud, presenta una nueva ficha de Terceros con el Certificado de Concordancia. **Resoluciones Definitivas:** * [Decreto concesión bloque 6](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/13327) * [Decreto concesión bloques 3,4 y 5](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/13326) * [Consulte Listado ](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/emancipacion_joven_res_def12_24.pdf) (Bloque 1 y 2) * [Financiación Resto de Beneficiarios](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/emancipacion_joven_res_def12_24-resto.pdf) (Decreto de 17.12.2024) **Instrucciones:** * [Solo para las solicitudes concedidas.](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/emancipacion_joven_instru_24.pdf) **Tramitar:** * A través de tu **[CARPETA CIUDADANA](https://www.zaragoza.es/sede/portal/tramites-servicios/carpeta-ciudadana)** ## Cuantía de la ayuda La ayuda máxima es: * 3.000 € para ingresos brutos mensuales entre 450€ y 1.050€. * 2.000 € para ingresos brutos mensuales entre 1.050,01€ y 1.650€. El límite de la ayuda es el importe de los justificantes de pago de alquiler hasta diciembre de 2024. ## Requisitos Para optar a la ayuda, debes cumplir estos requisitos al presentar la solicitud: * Tener entre 18 y 30 años. * Ser titular del contrato de alquiler (con sello de fianzas del Gobierno de Aragón o justificante de depósito). No se admiten subarriendos, alquiler de habitaciones ni anexos. * El alquiler no debe superar los 650 €/mes. En pisos compartidos, la aportación individual no debe superar los 350 €/mes. * Tener 4 recibos de alquiler pagados de 2024 al presentar la solicitud. * No poseer vivienda en propiedad en Zaragoza. * Estar empadronado en la vivienda. * Tener ingresos brutos mensuales entre 450€ y 1.650€. * Estar al corriente de pago con el Ayuntamiento, Seguridad Social, Agencia Tributaria y Gobierno de Aragón. * Otros requisitos detallados en las Bases de Subvenciones. ## Impresos relacionados * [Ayudas Emancipación Joven: Autorización de Representación](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Eman-Joven-representacion24-new.pdf) * [Ayudas Emancipación Joven: Declaración responsable](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Declaracion_Responsable_2024_PDFEditable.pdf) ## Normativa * [Bases para la Ayuda a la Emancipación Joven en Zaragoza, (2024)](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/Ayuda-Emancipacion-2024-Bases.pdf) * [Modificación Bases(2024) (Texto refundido)](https://www.zaragoza.es/contenidos/ayudasysubvenciones/texto_refundido_bases_emancipaciondocument.pdf) * [Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/81) * [Publicación concesión de ayudas de emancipación joven 2024. Bloques 3,4 y 5.](https://www.zaragoza.es/contenidos/normativa/decreto-ayudas-emancipacionjoven24.pdf) ## Más información * En las Bases que se adjuntan en al apartado de *Normativa*. * Vivienda Joven * Tel. 976 721 880 * [viviendajoven@zaragoza.es](mailto:viviendajoven@zaragoza.es) * Horario: de lunes a viernes: de 09,30 a 14h.

  • ## Descripción El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas a jóvenes residentes en la ciudad de Zaragoza menores de 35 años que hayan suscrito un contrato de arrendamiento **a partir del 1 de enero de 2023** para ayudarles en los gastos iniciales que conlleva la puesta en marcha de una vivienda de alquiler. Entregas dinerarias sin contraprestación. ## Órgano gestor **Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.** * C/ San Pablo,61 - 50003 * [http://www.zaragozavivienda.es/](http://www.zaragozavivienda.es/) * [mailto:informacion@zaragozavivienda.es](mailto:informacion@zaragozavivienda.es) * 976 405 888 * 976 281 062 * De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h * La atención presencial NO requiere CITA PREVIA,salvo los jueves por la tarde y para consultas relacionadas con:[https://www.zaragozavivienda.es/#gsc.tab=0](https://www.zaragozavivienda.es/#gsc.tab=0) * Pueden solicitar su cita en recepción,ó 976 405 888 ó [mailto:%20informacion@zaragozavivienda.es](mailto:%20informacion@zaragozavivienda.es)

  • ## Resumen Esta convocatoria ofrece ayudas económicas a jóvenes menores de 35 años que residen en Zaragoza para cubrir los gastos iniciales al alquilar una vivienda. Los contratos de alquiler deben haberse firmado a partir del 1 de enero de 2023. ## Quién puede usar este servicio Jóvenes menores de 35 años que residan en Zaragoza y hayan firmado un contrato de alquiler a partir del 1 de enero de 2023. ## Órgano gestor **Sociedad Municipal Zaragoza Vivienda S.L.** * C/ San Pablo, 61 - 50003 * [http://www.zaragozavivienda.es/](http://www.zaragozavivienda.es/) * [informacion@zaragozavivienda.es](mailto:informacion@zaragozavivienda.es) * 976 405 888 * 976 281 062 * Horario: De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 h * Atención presencial sin cita previa, excepto los jueves por la tarde y para consultas sobre [Rehabilitación Urbana y Alquila Zaragoza](https://www.zaragozavivienda.es/#gsc.tab=0). Solicitar cita en recepción, llamando al 976 405 888 o enviando un correo a [informacion@zaragozavivienda.es](mailto:%20informacion@zaragozavivienda.es)

  • ## Ayudas para vivienda a mujeres víctimas de violencia Ayudas para el pago de alquiler o hipoteca de vivienda a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres,2024. Es un programa del *Servicio de Igualdad y Mujer*,cuyo objeto es favorecer la autonomía e independencia,así como de facilitar el mantenimiento de la vivienda de las mujeres víctimas de violencia contra las mujeres en la ciudad de Zaragoza,mediante una **ayuda para el pago del alquiler o de la hipoteca de la vivienda**. * Dicha ayuda se solicita de **forma individual**. * Para titular de vivienda en **alquiler o en propiedad** de Zaragoza. * Precio **máximo** de alquiler o hipoteca:**700 euros /mes** * En **pisos compartidos:350 euros / mes** * **Ingresos brutos** entre **420 euros y 1.500 euros** al mes Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de ayudas para el pago de renta arrendaticia o de cuotas hipotecarias dirigidas a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres para el año 2024. La finalidad de estas ayudas es el apoyo económico para la financiación de parte de la renta arrendaticia y de la cuota hipotecaria a satisfacer por las arrendatarias o propietarias que tengan reconocida la condición de víctima de violencia contra las mujeres. Con esta convocatoria se persigue favorecer su autonomía e independencia,así como facilitar la permanencia en su residencia habitual y permanente. **MÁS INFORMACIÓN** * En las **Bases** que se adjuntan en al apartado de *"Normativa".* * **Subvenciones a la vivienda para mujeres víctimas de violencia contra las mujeres.** **Tel**.:976 726040 [ayudasvivienda@zaragoza.es](mailto:ayudasvivienda@zaragoza.es) **Horario**:de lunes a viernes:de 09 a 14 h. ## Requisitos Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en estas bases las mujeres víctimas de violencia,de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2004,de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género,que acrediten la vigencia de la situación de violencia a fecha de solicitud de la ayuda. ## Impresos relacionados * [Anexo 1. Ayuda a la vivienda para víctimas de violencia contra las mujeres:Solicitud,Declaración responsable y Documento de consentimiento informado,2024.](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/01-violencia-genero-24.pdf) * [Anexo 2. Ayuda a la vivienda para víctimas de violencia contra las mujeres:Declaración responsable de ingresos,2024](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/02-violencia-genero-24.pdf) * [Anexo 3. Ayuda a la vivienda para víctimas de violencia contra las mujeres:Modelo de representación,2024](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/03-violencia-genero-24.pdf) * [Ayuda a la vivienda para víctimas de violencia contra las mujeres:Impresos de solicitud 2024 (incluyen todos los Anexos en formato.doc) ](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/Violencia-genero-impresos-24.doc) * [Certificado Bancario para Pagos (Ficha de Terceros)](https://www.zaragoza.es/contenidos/tramites/impresos/certificado_bancario.pdf) ## Normativas * [BASES de Ayudas al alquiler o hipoteca a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres (violencia ejercida por su pareja o ex-pareja de acuerdo a la Ley 1/2004). Año 2024](https://www.zaragoza.es/contenidos/normativa/Bases-ayudas-vivienda-mujer-24.pdf) * [Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/normativa/81) ## Plazo de Presentación * **Publicadas** en el **BOPZ** de 5 de junio de 2024 * **Plazo de solicitudes:** del **6 de junio al 30 de septiembre de 2024** ## Plazo de Resolución El plazo máximo para resolver y ser notificada cada subvención concedida no podrá exceder de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en el Registro General. Este plazo podrá ser interrumpido en los supuestos de suspensión del procedimiento establecidos en el art. 22 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. ## Formas de tramitación Por internet Por Internet [Iniciar trámite **con certificado o Cl@ve**](https://www.zaragoza.es/regTelematico/RT2_1NuevaEntInteresado.faces?codProc=36575) Documentación Consulte documentación necesaria en las Bases descargables en el apartado de *"Normativas".* Proceso. 1. Iniciar el procedimiento,seleccionar la opción *iniciar trámite con certificado electrónico* y accederá a una instancia general en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en " Mi Carpeta",es decir,en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,o si prefiere que se le remita en soporte papel. 2. Incorpore a la instancia los impresos especiíficos ( y anexos)la documentación adicional y pulse la opción **Enviar**. 3. A continuación se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante,que podrá conservar en su ordenador,imprimir o consultar en su espacio *"Mi Carpeta".* Presencial Presencial Lugar de Presentación **Oficina de Registro Seminario** * Direccion:Vía Hispanidad,20 50071 * Horario * Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h. **Oficina de Registro Plaza del Pilar** * Direccion:Pza. del Pilar,18 50071 * Horario * Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos) * Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h. **También en:[En Las Juntas Municipales](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/equipamiento/category/90) y [Juntas Vecinales](https://www.zaragoza.es/sede/servicio/equipamiento/category/91)** Documentación Consulte documentación necesaria en las **Bases** descargables en el apartado de *"Normativas".* Proceso * La solicitud y demás anexos,se cumplimentarán en el correspondiente modelo normalizado que conste como anexo en la correspondiente convocatoria y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza, * La solicitud y los anexos deberán acompañarse de la documentación establecida en la cláusula séptima de estas bases y presentarse en cualquiera de los registros y por los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

  • ## Resumen Este programa del Servicio de Igualdad y Mujer ofrece ayuda económica para el pago del alquiler o la hipoteca a mujeres que han sufrido violencia de género en Zaragoza. **Quién puede usar este servicio:** * Mujeres víctimas de violencia de género residentes en Zaragoza. * Titulares de una vivienda en alquiler o propiedad. **Requisitos principales:** * Precio máximo de alquiler o hipoteca: 700 euros/mes. * En pisos compartidos: 350 euros/mes. * Ingresos brutos mensuales entre 420 y 1.500 euros. ## Lo que necesitas * Acreditar la condición de víctima de violencia de género. * Cumplimentar la solicitud y anexos correspondientes. * Presentar la documentación requerida según las bases. ## Cómo hacerlo **Paso a paso:** 1. **Preparar la documentación:** Reúne todos los documentos necesarios según las bases de la convocatoria. 2. **Presentar la solicitud:** Puedes hacerlo online con certificado digital o Cl@ve, o de forma presencial en las oficinas de registro del Ayuntamiento o en las Juntas Municipales y Vecinales. 3. **Seguimiento:** Estate atento a las notificaciones en "Mi Carpeta" (si elegiste esta opción) o por correo postal. **Formas de tramitación:** * **Online:** A través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza (Iniciar trámite con certificado o Cl@ve). * **Presencial:** En las Oficinas de Registro del Seminario (Vía Hispanidad, 20) y Plaza del Pilar (Pza. del Pilar, 18), o en las Juntas Municipales y Vecinales (En Las Juntas Municipales y Juntas Vecinales). ## Después de hacerlo * El Ayuntamiento revisará tu solicitud y documentación. * Recibirás una notificación con la resolución. **Plazo de resolución:** Máximo 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes. ## Ayuda * **Teléfono:** 976 726040 * **Correo electrónico:** ayudasvivienda@zaragoza.es * **Horario:** Lunes a viernes, de 09:00 a 14:00. **Recursos adicionales:** * Bases de la convocatoria: BASES de Ayudas al alquiler o hipoteca a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres (violencia ejercida por su pareja o ex-pareja de acuerdo a la Ley 1/2004). Año 2024 * Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público: Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público

  • DESCRIPCIÓN

    Dirigido a:

    Según se contempla en el art. 18 de la Ordenanza Fiscal nº 2 del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, y de conformidad con lo establecido en el art. 74.5 del Texto Refundido de la Ley reguladora de Haciendas Locales, tendrán derecho a una bonificación del 50% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, los edificios que incorporen sistemas de aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol durante los tres periodos impositivos siguientes al de la finalización de su instalación. La bonificación se concederá a petición del interesado, la cual podrá efectuarse en cualquier momento anterior a la terminación de los tres periodos impositivos de duración de la misma y surtirá efectos, en su caso, desde el periodo impositivo siguiente a aquel en que se solicite.

    No se concederá esta bonificación cuando la instalación de estos sistemas de aprovechamiento de la energía solar sea o haya sido obligatoria a tenor de la normativa urbanística o de cualquier otra naturaleza en el momento de la concesión de la licencia de obras.

    Dirigido a Personas Físicas, Personas Jurídicas

    Normativas

    FORMAS DE TRAMITACIÓN

    Presencial

    DOCUMENTACIÓN:

    Para poder gozar de la bonificación los interesados deberán instar su concesión aportando la siguiente documentación y de acuerdo con los siguientes requisitos:

    • Proyecto técnico o memoria técnica, certificado de montaje, en su caso, y certificado de instalación debidamente diligenciados por el organismo autorizado por la Comunidad Autónoma de Aragón.
    • Licencia urbanística de obras.
    • Carta de pago de la tasa por la licencia de obras que se haya tramitado.
    • Carta de pago por el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
    • Certificado final de las obras.
    • De conformidad con lo establecido en el art. 18. h) de la Ordenanza nº 1 Fiscal General Tributaria, para el disfrute de esta bonificación deberá estar al corriente de pago de todas las exacciones municipales tanto en el momento de la solicitud como en el de cada devengo, así como domiciliar el pago de los recibos correspondientes a este impuesto.
    LUGAR DE PRESENTACIÓN:

    Sección Impuesto Bienes Inmuebles
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 724560, 3440, 3441, 3438
    • Fax: 976 721766
    • Horario: De lunes a viernes: de 8,30 a 13 h

    Órgano Gestor

    Sección Impuesto Bienes Inmuebles
    Vía Hispanidad, 20, Planta B - Zaragoza 50071

    • Tfno: 976 724560, 3440, 3441, 3438
    • Fax: 976 721766
    • Horario: De lunes a viernes: de 8,30 a 13 h

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