Ayudas para vivienda (alquiler o hipoteca) a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres.
Información Rápida
Objetivo
Ofrecer ayudas económicas para el pago del alquiler o hipoteca a mujeres víctimas de violencia,facilitando su autonomía y permanencia en su vivienda.
¿Quién puede solicitarlo?
Mujeres víctimas de violencia que acrediten la vigencia de su situación de violencia.
Requisitos principales
- Ser mujer víctima de violencia.
- Acreditar la vigencia de la situación de violencia.
- Cumplir con los requisitos de ingresos.
- Ser titular de la vivienda en alquiler o propiedad en Zaragoza.
Plazos
Plazo de solicitudes:del 6 de junio al 30 de septiembre de 2024
Duración del trámite
El plazo máximo para resolver y notificar la subvención no podrá exceder de 3 meses desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Ayudas para vivienda a mujeres víctimas de violencia
Ayudas para el pago de alquiler o hipoteca de vivienda a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres,2024.
Es un programa del Servicio de Igualdad y Mujer,cuyo objeto es favorecer la autonomía e independencia,así como de facilitar el mantenimiento de la vivienda de las mujeres víctimas de violencia contra las mujeres en la ciudad de Zaragoza,mediante una ayuda para el pago del alquiler o de la hipoteca de la vivienda.
- Dicha ayuda se solicita de forma individual.
- Para titular de vivienda en alquiler o en propiedad de Zaragoza.
- Precio máximo de alquiler o hipoteca:700 euros /mes
- En pisos compartidos:350 euros / mes
- Ingresos brutos entre 420 euros y 1.500 euros al mes
Las presentes bases tienen por objeto regular el régimen de concesión de ayudas para el pago de renta arrendaticia o de cuotas hipotecarias dirigidas a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres para el año 2024.
La finalidad de estas ayudas es el apoyo económico para la financiación de parte de la renta arrendaticia y de la cuota hipotecaria a satisfacer por las arrendatarias o propietarias que tengan reconocida la condición de víctima de violencia contra las mujeres. Con esta convocatoria se persigue favorecer su autonomía e independencia,así como facilitar la permanencia en su residencia habitual y permanente.
MÁS INFORMACIÓN
- En las Bases que se adjuntan en al apartado de "Normativa".
- Subvenciones a la vivienda para mujeres víctimas de violencia contra las mujeres. Tel.:976 726040 ayudasvivienda@zaragoza.es Horario:de lunes a viernes:de 09 a 14 h.
Requisitos
Podrán ser beneficiarias de las ayudas contempladas en estas bases las mujeres víctimas de violencia,de conformidad con lo establecido en la Ley 1/2004,de 28 de diciembre de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género,que acrediten la vigencia de la situación de violencia a fecha de solicitud de la ayuda.
Impresos relacionados
- Anexo 1. Ayuda a la vivienda para víctimas de violencia contra las mujeres:Solicitud,Declaración responsable y Documento de consentimiento informado,2024.
- Anexo 2. Ayuda a la vivienda para víctimas de violencia contra las mujeres:Declaración responsable de ingresos,2024
- Anexo 3. Ayuda a la vivienda para víctimas de violencia contra las mujeres:Modelo de representaci ón,2024
- Ayuda a la vivienda para víctimas de violencia contra las mujeres:Impresos de solicitud 2024 (incluyen todos los Anexos en formato.doc)
- Certificado Bancario para Pagos (Ficha de Terceros)
Normativas
- BASES de Ayudas al alquiler o hipoteca a mujeres víctimas de violencia contra las mujeres (violencia ejercida por su pareja o ex-pareja de acuerdo a la Ley 1/2004). Año 2024
- Ordenanza General Municipal y Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Zaragoza y su Sector Público
Plazo de Presentación
- Publicadas en el BOPZ de 5 de junio de 2024
- Plazo de solicitudes: del 6 de junio al 30 de septiembre de 2024
Plazo de Resolución
El plazo máximo para resolver y ser notificada cada subvención concedida no podrá exceder de 3 meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes en el Registro General. Este plazo podrá ser interrumpido en los supuestos de suspensión del procedimiento establecidos en el art. 22 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Formas de tramitación
Por internet
Por Internet
Iniciar trámite con certificado o Cl@ve
Documentación
Consulte documentación necesaria en las Bases descargables en el apartado de "Normativas".
Proceso.
- Iniciar el procedimiento,seleccionar la opción iniciar trámite con certificado electrónico y accederá a una instancia general en la que deberá completar sus datos e indicar si quiere que las notificaciones se le hagan en " Mi Carpeta",es decir,en un espacio de acceso restringido del que dispondrá en esta sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,o si prefiere que se le remita en soporte papel.
- Incorpore a la instancia los impresos especiíficos ( y anexos)la documentación adicional y pulse la opción Enviar.
- A continuación se le pedirá que firme su presentación y se pondrá a su disposición el correspondiente justificante,que podrá conservar en su ordenador,imprimir o consultar en su espacio "Mi Carpeta".
Presencial
Presencial
Lugar de Presentación
Oficina de Registro Seminario
- Direccion:Vía Hispanidad,20 50071
- Horario
- Lunes a viernes de 8:30 a 13,30h.
Oficina de Registro Plaza del Pilar
- Direccion:Pza. del Pilar,18 50071
- Horario
- Lunes a viernes de 8:30 a 13:30 h. (excepto festivos)
- Lunes y Jueves y el primer y último viernes de cada mes de 16 a 19 h.
También en:En Las Juntas Municipales y Juntas Vecinales
Documentación
Consulte documentación necesaria en las Bases descargables en el apartado de "Normativas".
Proceso
- La solicitud y demás anexos,se cumplimentarán en el correspondiente modelo normalizado que conste como anexo en la correspondiente convocatoria y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Zaragoza,
- La solicitud y los anexos deberán acompañarse de la documentación establecida en la cláusula séptima de estas bases y presentarse en cualquiera de los registros y por los medios indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015,de 1 de octubre,del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Preguntas frecuentes
Oficinas de la administración
JUNTA MUNICIPAL OLIVER-VALDEFIERRO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL ACTUR-REY FERNANDO
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL SANTA ISABEL
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LA ALMOZARA
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
JUNTA MUNICIPAL LAS FUENTES
Lunes a viernes de 8,30 a 13 h.
REGISTRO GENERAL
Lunes a viernes de 8,30 a 14,30 y de 16,10 a 18,30 h; sábado de 9,10 a 13,30 h. Julio y agosto de 8,30 a 13,30 h.