Fraccionamiento y aplazamiento del pago de deudas
Fraccionamiento y aplazamiento del pago de deudas
El Ayuntamiento podrá conceder o no, el aplazamiento (un plazo) o fraccionamiento (varios plazos) del pago de las deudas de los contribuyentes, previa solicitud de éstos cuando su situación económico-financiera les impida transitoriamente satisfacer sus obligaciones económicas.
- Aplazamiento de pago de deudas: se trata de pagar la deuda tributaria en un momento posterior al de su vencimiento y de una sola vez.
- Fraccionamiento de pago de deudas: se trata de dividir en diferentes cuotas en el tiempo el pago de deudas tributarias.
Quién | Qué | Requisitos | Documentación | Normativa | Efectos | FAQs | Tramitación
Quién
Pueden solicitar aplazamientos o fraccionamientos las personas físicas y jurídicas que por dificultades temporales de liquidez no puedan hacer frente al pago de su deuda tributaria en ese momento.
¿Qué deudas se pueden fraccionar o aplazar?
Se pueden fraccionar o aplazar todas las deudas tributarias y demás de naturaleza pública, salvo las cuotas de urbanización, tanto en periodo voluntario como en ejecutivo, teniendo en cuenta las siguientes condiciones:
- Si se pretende aplazar o fraccionar deudas y existen en ese momento deudas en vía ejecutiva, se deberá solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del total de la deuda, excepto las ya garantizadas, fraccionadas, aplazadas o suspendidas por recursos sin resolver en el momento de su petición. Su tramitación se realizará de forma conjunta.
- El incumplimiento de pago de cualquier fraccionamiento o aplazamiento en el último año impedirá la concesión de nuevos aplazamientos o fraccionamientos de cualquier otra deuda que se solicite.
- No se puede aplazar y fraccionar simultáneamente la misma deuda.
- Durante el periodo de vigencia del fraccionamiento o aplazamiento concedido al interesado, podrá compensarse total o parcialmente la deuda con los pagos, devoluciones, créditos o derechos que pudieran reconocerse a su favor durante el mismo periodo de tiempo.
Requisitos
Las cantidades aplazadas o fraccionadas devengarán el interés determinado en la Ley en cada ejercicio económico. Se exigirán garantías conforme a los siguientes criterios:
- Fraccionamientos: Cuando la deuda sea superior a 18.000 y el plazo de fraccionamiento sea superior a 18 meses.
- Aplazamientos: Cuando la deuda esté comprendida entre 6.000,01 y 10.000.
La garantía cubrirá el importe principal y el interés antes citado, más de un 25% de la suma de ambas partidas, y en su caso el recargo correspondiente.
La garantía deberá presentarse en el plazo máximo de 20 días siguientes a la notificación de la Resolución Municipal de concesión del pago aplazado o fraccionado. Transcurrido dicho plazo sin haberse formalizado la garantía, quedará sin efecto el acuerdo de concesión sin necesidad de comunicárselo al solicitante y se iniciará o continuará el procedimiento de apremio de la deuda pendiente.
Fraccionamientos
El fraccionamiento se concederá por un plazo máximo de 24 meses según los siguientes criterios:
- Deudas de importe inferior o igual a 1.500,00 podrán fraccionarse por un periodo máximo de 12 meses.
- Deudas comprendidas entre 1.500,01 a 3.000 podrán fraccionarse hasta un periodo máximo de 18 meses.
- Deudas por importe superior a 3.000,01 podrán fraccionarse por un periodo máximo de 24 meses.
Las cuotas fraccionadas no podrán ser inferiores a 30
Aplazamientos
El aplazamiento se concederá por un plazo máximo de 12 meses, para deudas comprendidas entre 350 y 10.000 euros según los siguientes criterios:
- Deudas comprendidas entre 350 y 3.000,00 podrán aplazarse por un periodo máximo de 6 meses.
- Deudas comprendidas entre 3.000,01 a 6.000 podrán aplazarse hasta un periodo máximo de 9 meses.
- Deudas comprendidas entre 6000,01 y 10.000 podrán aplazarse hasta un periodo máximo de 12 meses
No son aplazables aquellas deudas inferiores a 350 o superiores a 10.000 .
Documentación
Las solicitudes se podrán presentar en el caso de deudas en periodo voluntario de recaudación, en cualquier momento antes del fin del plazo de pago fijado para su ingreso, o en el mismo momento de presentar la autoliquidación por el obligado tributario.
En el caso de deudas en vía ejecutiva, en cualquier momento antes de la notificación al obligado tributario de la enajenación de los bienes embargados.
Documentación:
- Modelo de solicitud de fraccionamiento o aplazamiento de deudas
- DNI, NIE, CIF o pasaporte.
- Acreditación de la representación en su caso.
- Identificación de la deuda cuyo aplazamiento o fraccionamiento se solicita.
- Causas que motivan la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento.
- Plazos y demás condiciones del aplazamiento o fraccionamiento que se solicita.
- Garantía que se ofrece.
- Domiciliación bancaria.
El órgano competente, el Servicio de Recaudación, podrá requerir al solicitante, cuantos documentos o justificantes estime oportunos.
Efectos
Efectos de la solicitud
Si se presenta en periodo voluntario impedirá el inicio del periodo ejecutivo, pero no el devengo del interés de demora.
Si las solicitudes son presentadas en periodo ejecutivo, se podrá continuar con el procedimiento de apremio, mientras se tramita el aplazamiento o fraccionamiento. No obstante, no se realizarán actuaciones de enajenación de los bienes que se hubieran embargado, hasta la notificación de la resolución denegatoria de la concesión del aplazamiento o fraccionamiento.
Aceptación de la compensación de la deuda durante la vigencia del aplazamiento o fraccionamiento, con los créditos que puedan reconocerse a favor del solicitante, durante el mismo periodo de tiempo.
Efectos del incumplimiento
El incumplimiento de pago en el último año supondrá la denegación de la solicitud de otros fraccionamientos o aplazamientos.
Supuestos de deudas tributarias sin garantía:
- El impago del aplazamiento o fraccionamiento de una deuda en período voluntario implicará su exigencia por vía de apremio por el total pendiente, con los correspondientes recargos e intereses.
- El impago del aplazamiento o fraccionamiento de una deuda en período ejecutivo supondrá la continuación del procedimiento de apremio, iniciándose sin más las actuaciones de embargo.
Supuestos de deudas tributarias con garantía:
- Procederá a ejecutarse la misma en el plazo de 15 días siguientes al del requerimiento de ejecución.
Normativa
- Norma Foral General Tributaria de Álava 6/2005
- Decreto Foral 48/1994 Reglamento General de Recaudación del Territorio Histórico de Álava
- Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los Tributos y Otros Ingresos de Derecho Público locales del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
Tramitación
Tramitación presencial
- En las Oficinas de Atención Ciudadana.
- En la oficinas municipales de San Martín, para las solicitudes sin necesidad de presentar garantía.
Tramitación online
Iniciar tramitación online de los siguientes fraccionamientos de pagos:
- Pago en plazos del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Pago en plazos de la Tasa de basuras.
- Pago en plazos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles urbanos (IBI).
Tramitación por correo electrónico
Los cuatro fraccionamientos de pagos anteriores también se pueden tramitar a través del correo electrónico: hacienda@vitoria-gasteiz.org
Observaciones
Cualquier aclaración sobre este trámite se proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, en las oficinas municipales de San Martín, así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).
Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.
En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.
Oficinas de la administración
Polideportivo Municipal Hegoalde
Alberto Schommer Kalea, 10, Vitoria , 01006
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Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
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Polideportivo Municipal Lakua
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Tel. 945162630
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Direccion Provincial De Educacion Y Ciencia En Alava Mec
Av. Gasteiz , Vitoria , 01008
Tel. 945161216
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Junta Administrativa De Armentia
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Juntas Generales De Alava
C/ Vicente Goicoechea, 2 , Vitoria , 01008
Tel. 945125100
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Residencia De Oficiales Y Suboficiales De Vitoria Mde
Lugar Base Militar De Araca , Vitoria , 01013
Tel. 945287300
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Inst Nal De Empleo Direccion Provincial De Alava
C/ J. Atxotegui, 1 , Vitoria , 01009
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Herri Kontuen Euskal Epaitegia Tribunal Vasco De Cuentas Publicas Ceu
C/ Beato Tomas De Zumarraga, 69 , Vitoria , 01008
Tel. 945016000
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Comision Provincial De Asistencia Social Penitenciaria De Alava Mju
C/ Portal De Arriaga, 14 , Vitoria , 01012
Tel. 945286870
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Diputacion Foral De Alava
Pza. Provincia - Vitoria, S/n , Vitoria , 01001
Tel. 945181818
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado
Gobierno Civil De Alava-ministerio Del Interior
C/ Olabiguel, 1 , Vitoria
Tel. 945269111
Horario: Lunes 9:00 - 14:00 Martes 9:00 - 14:00 Miércoles 9:00 - 14:00 Jueves 9:00 - 14:00 Viernes 9:00 - 14:00 Sábado Cerrado Domingo Cerrado