Ayuntamiento de Vitoria

  • Adopción de animales recogidos en el Centro de Protección Animal de Armentia

    Solicitud de adopción de animales recogidos por los servicios municipales y depositados en el Centro de Protección Animal de Armentia.

    Requisitos | Documentación | Normativa | FAQs | Tramitación

    Requisitos

    Ser mayor de edad.

    Documentación

    Documento de identidad.

    Importe

    Si el animal a adoptar no está electrónicamente identificado se deberá proceder a su identificación y abonar la tasa correspondiente, según vigente Ordenanza Reguladora de Tasas por Prestación de Servicios Públicos y Realización de Actividades (aparatado 6.13).

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial

    Centro de protección animal

    Observaciones

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana, en el Centro de Protección Animal, así como en el teléfono de información 010 o 945 16 11 00 si llama desde fuera de Vitoria-Gasteiz.

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Alquiler de teatros de la Red Municipal

    Alquiler de los teatros de la Red Municipal situados en centros cívicos: Teatro Beñat Etxepare (Centro Cívico Iparralde), Teatro Federico García Lorca (Centro Cívico Lakua), Teatro Félix Petite (Centro Cívico Ibaiondo) y Teatro Jesús Ibáñez de Matauco (Centro Cívico Hegoalde) para la celebración de actos culturales.

    Documentación | Plazo | Normativa | Tramitación

    Documentación

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Plazo

    1 mes antes de la celebración del acto que se pretenda realizar.

    Importe

    Según vigente Ordenanza Reguladora de las Tasas por Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial de los Bienes de Dominio Público (epígrafe 7.11).

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación por correo electrónico

    A través del correo electrónico infoteatros@vitoria-gasteiz.org.

    Observaciones

    • Tendrán derecho a exención aquellas entidades dedicadas a las artes escénicas que tengan firmado convenio de colaboración con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz y siempre que sea para el desarrollo de los fines señalados en dicho convenio. Estas entidades tendrán que hacer frente a los gastos de acomodación, montaje, desmontaje, así como otros gastos derivados que pudiera generar el uso del espacio.


    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Alta en el Padrón Municipal

    Darse de alta en el padrón de habitantes de este municipio.

    Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Requisitos

    • Acreditación de la identidad de la persona que solicita el alta.
    • Residencia en el municipio de Vitoria-Gasteiz.

    Documentación

    Para la acreditación de la identidad
    • Las personas mayores de 14 años presentarán: documento identificativo original en vigor (DNI, Tarjeta de residencia, NIE, Pasaporte).
    • Las personas menores de 14 años edad presentarán: documento identificativo original en vigor (DNI, pasaporte, tarjeta de residencia, NIE) o libro de familia.
    • Será necesaria la identificación de todas las personas que intervengan en el trámite.
    Para la acreditación de la residencia
    • Titulares del derecho de propiedad de la vivienda:
      • Título de propiedad de la misma (escrituras públicas, notas simples de registro, sentencias judiciales reconocedoras de un derecho sobre una vivienda...).
    • Titulares del derecho de arrendamiento de una vivienda completa:
      • Contrato de arrendamiento en vigor.
      • En el caso de contratos firmados por representante, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho: poder notarial, documento privado con firma notarial, o declaración en comparecencia personal del interesado.
      • Si la fecha de inicio del contrato fuese anterior a 1 mes, al contrato se añadirá el recibo de pago de la última mensualidad.
    • Titulares del derecho de arrendamiento de una habitación:
      • Contrato de arrendamiento en vigor.
      • En el caso de contratos firmados por representante, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho: poder notarial, documento privado con firma notarial, o declaración en comparecencia personal del interesado.
      • Si la fecha de inicio del contrato fuese anterior a 1 mes, al contrato se añadirá el recibo de pago de la última mensualidad.
    • Titulares del derecho de subarrendamiento de una vivienda o una habitación:
      • Contrato de arrendamiento en vigor.
      • Contrato de subarrendamiento en vigor.
      • En el caso de contratos firmados por representante, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho: poder notarial, documento privado con firma notarial, o declaración en comparecencia personal del interesado.
      • Si la fecha de inicio del contrato fuese anterior a 1 mes, al contrato se añadirá el recibo de pago de la última mensualidad.
      • Declaración jurada conjunta de las personas propietarias y arrendatarias. Esta declaración se deberá presentar directamente, y de manera conjunta, ante las oficinas de atención ciudadana para lo cual las personas implicadas deberán personarse en las mismas.
    • Casos de Cesión de uso de la vivienda o contrato a coste 0:
      • Declaración responsable de la persona titular de la vivienda.
      • Documento de identidad de la declarante.
      • Acreditación del derecho de ocupación (escrituras, contrato).
      • Documento de identidad de la persona a la que se cede el uso de la vivienda.
      • Si la fecha de inicio de la cesión o contrato fuese anterior a 1 mes, se añadirá el recibo de abono de gastos generales de la vivienda o certificación, firmada por la persona titular de la vivienda, de que la cesión o contrato están en vigor.
    • En caso de no ser titular de ningún derecho de ocupación de la vivienda, será necesaria la INVITACIÓN de una persona empadronada en la vivienda donde se va a realizar el empadronamiento:
      • Si quien invita es una persona propietaria empadronada:
        • Declaración jurada, firmada por la persona propietaria. Esta declaración se deberá presentar directamente, y de manera conjunta, ante las oficinas de atención ciudadana para lo cual las personas implicadas deberán personarse en las mismas debidamente identificadas.
      • Si quien invita es una persona arrendataria empadronada:
        • Contrato de arrendamiento en vigor.
        • En el caso de contratos firmados por representante, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho: poder notarial, documento privado con firma notarial, o declaración en comparecencia personal del interesado.
        • Declaración jurada, firmada por la persona arrendataria. Esta declaración se deberá presentar directamente, y de manera conjunta, ante las oficinas de atención ciudadana para lo cual las personas implicadas deberán personarse en las mismas debidamente identificadas.
      • Si quien invita es una persona subarrendataria empadronada:
        • Contrato de arrendamiento en vigor.
        • Contrato de subarrendamiento en vigor.
        • En el caso de contratos firmados por representante, la representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho: poder notarial, documento privado con firma notarial, o declaración en comparecencia personal del interesado.
        • Declaración jurada, firmada por la persona subarrendataria. Esta declaración se deberá presentar directamente, y de manera conjunta, ante las oficinas de atención ciudadana para lo cual las personas implicadas deberán personarse en las mismas debidamente identificadas.
        • Declaración jurada conjunta, firmada por la propiedad y la persona arrendataria. Esta declaración se deberá presentar directamente, y de manera conjunta, ante las oficinas de atención ciudadana para lo cual las personas implicadas deberán personarse en las mismas debidamente identificadas.
    Otra documentación
    • Para el alta de menores no emancipados con uno sólo de los progenitores, se deberá acreditar la guarda y custodia mediante resolución judicial, libro de familia que así lo acredite o una declaración responsable del progenitor.
    • Para el alta de menores no emancipados con terceros, se deberá aportar autorización expresa por parte del o de los tutores.

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial

    En las Oficinas de Atención Ciudadana.

    Observaciones

    • Las personas con 16 años o más actuarán en su propio nombre y representación.
    • No se admite la representación, salvo para los menores de 16 años.
    • Las personas nacionales de los países miembros de la Unión Europea deberán firmar el documento de intención de voto.


    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de Información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Alta para suministro de agua en lonjas, comercios, oficinas, industrias, etc.

    Formalizar contrato de alta para suministro de agua.

    Quién

    Personas físicas o jurídicas interesadas con legitimidad suficiente para ocupar el inmueble.

    Requisitos

    • Estar al corriente en el pago de otras viviendas, lonjas, etc.
    • No se podrá causar alta sin la baja anterior, en el caso de que el local hubiera estado ocupado previamente.

    Documentación

    • Escrituras o documentación acreditativa de la legitimidad suficiente para ocupar el inmueble.
    • Boletín de instalación sellado por la Delegación de Industria del Gobierno Vasco situado en la calle Samaniego, 2, en el caso de que sea primera alta.
    • Alta en el Impuesto de Actividades Económicas o diligencia del Ayuntamiento si aún no lo tiene.
    • Original o fotocopia del DNI o NIF.
    • Original o fotocopia de la libreta de ahorro o talonario, para la domiciliación de recibos.
    • Los gastos de contador, derechos de enganche, fianzas y demás conceptos facturables se abonarán en las oficinas de AMVISA, en el momento de formalizar el contrato.
    • En caso de alta por fallecimiento de uno de los cónyuges, además:
      • Certificado de defunción.
      • Libro de familia.
      • Para tramitar la baja anterior, lectura del contador.
    • En caso de alta por separación o divorcio, además:
      • Sentencia de separación o divorcio.
      • Para tramitar la baja anterior, lectura del contador.

    AMVISA se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Importe

    Tramitación

    Plazos de resolución

    Normativa

    Unidad responsable

    AMVISA.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana y en AMVISA, así como en los teléfonos de información 010 y 945161100 y en el teléfono de AMVISA 945161000.

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.


    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Alta para suministro de agua en viviendas nuevas o de segunda mano

    Formalizar contrato de alta para suministro de agua en viviendas.

    Quién

    Personas físicas o jurídicas interesadas con legitimidad suficiente para ocupar el inmueble.

    Requisitos

    • Estar al corriente en el pago de otras viviendas, lonjas, etc.
    • No se podrá causar alta sin la baja anterior, en el caso de que la vivienda hubiera estado ocupada previamente.

    Documentación

    • Escrituras o documentación acreditativa de la legitimidad para la ocupación del inmueble.
    • Original o fotocopia del DNI o NIF.
    • Original o fotocopia de la libreta de ahorro o talonario, para la domiciliación de recibos.
    • Los gastos de contador, derechos de enganche, fianzas y demás conceptos facturables se abonarán en el momento de formalizar el contrato.
    • En caso de alta por fallecimiento de uno de los cónyuges, además:
      • Certificado de defunción.
      • Libro de familia.
      • Para tramitar la baja anterior, lectura del contador.
    • En caso de alta por separación o divorcio, además:
      • Sentencia de separación o divorcio.
      • Para tramitar la baja anterior, lectura del contador.

    AMVISA, se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Importe

    Tramitación

    .

    Plazos de resolución

    Normativa

    Unidad responsable

    AMVISA.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana. y en AMVISA, así como en los teléfonos de información 010 y 945161100 y en el teléfono de AMVISA 945161000.

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.


    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Autorización para el uso del vertedero de Gardelegi

    Documento de admisión (DA) del residuo para poder efectuar el vertido de residuos inertes y no peligrosos generados en Álava en el vertedero de Gardelegi.
    La clasificación de los residuos que se pueden verter en Gardelegi se puede consultar en el Reglamento del Servicio de Vertedero.

    Documentación | Normativa | Tramitación

    Iniciar tramitación online(Se abre en una ventana nueva).

    Quién

    • Los ayuntamientos, mancomunidades, consorcios y cuadrillas del Territorio Histórico de Álava.
    • Las personas físicas o jurídicas productoras de residuos radicadas en el ámbito territorial del Territorio Histórico de Álava.
    • Los ayuntamientos del Condado de Treviño previo convenio con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

    Documentación

    Para obtener el documento de admisión (DA) del residuo
    Antes de cada vertido

    La unidad tramitadora se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Importe

    Normativa

    Tramitación

    Observaciones

    • Los residuos de construcción y demolición no se verterán en el vertedero de Gardelegi, se deberán gestionar en la Planta de Tratamiento de Residuos de Construcción y Demolición, ubicada en la entrada de las instalaciones del vertedero de Gardelegi.
    • Los envases y embalajes no se verterán en el vertedero de Gardelegi, se deberán gestionar a través de gestores autorizados.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

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  • Autorización para la exposición y venta de vehículos de motor y ciclomotores en la vía pública

    Obtener autorización para exponer y vender vehículos de motor y ciclomotores en la vía pública.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    • Personas físicas o jurídicas.

    Plazo

    • Ilimitado, desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Alava (BOTHA nº 7, de 16 de enero de 2015).

    Requisitos

    • El seguro obligatorio del vehículo debe estar en vigor.
    • En el caso de tener obligación, el vehículo deberá haber pasado la Inspección Técnica de Vehículos.
    • La carga máxima del vehículo deberá ser igual o menor a 3.500 Kg.
    • El vehículo deberá estar a nombre del particular solicitante. No se emitirán autorizaciones a establecimientos de venta de vehículos.
    • Estar al corriente de pagos con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz (se comprobará de oficio).

    Documentación

    • Instancia, solicitando la autorización.
    • Copia del D.N.I. de la persona titular. Además, en el caso de que el solicitante actuara mediante representante, acreditación del poder de representación.
    • Original y copia del permiso de circulación del vehículo.
    • Justificante bancario de pago del seguro obligatorio, en el que se aprecie la fecha de vencimiento.
    • Certificado de la estación de inspección técnica de vehículos (ITV) en la que conste que está en vigor la revisión periódica del vehículo.
    • Además, en el caso de persona jurídicas: Copia del NIF y copia de la parte del documento público (escritura de constitución de la sociedad, estatutos...), en la que conste que la persona solicitante es la representante legal de la sociedad.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial

    En las Oficinas de Atención Ciudadana.

    Observaciones

    • Se permitirá una autorización por cada titular.
    • La autorización podrá recogerse en el plazo de 15 días desde la presentación de la solicitud, en la misma oficina en que se solicitó.
    • La autorización tendrá una validez de tres meses, prorrogable por otros tres. En todo caso, caducará cuando lo hagan el seguro o la ITV.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información municipal 010 ( 945 16 11 00).


    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios residenciales en el municipio de Vitoria-Gasteiz. Ejercicio 2018

    El BOTHA ha publicado la norma de ayudas a la rehabilitación de viviendas y edificios residenciales en Vitoria-Gasteiz para el año 2018.

    Con esta normativa, la Sociedad Urbanística Municipal Ensanche 21 Zabalgunea, S.A. Udal Hirigintza Elkartea regula el procedimiento y las condiciones para la concesión de ayudas económicas para la promoción de actuaciones de rehabilitación en viviendas y edificios residenciales del término municipal de Vitoria-Gasteiz durante el ejercicio 2018.

    Las ayudas reguladas en esta norma tienen, en todo caso, carácter finalista y sólo podrán ser utilizadas para la financiación de las obras de rehabilitación que las justificaron. Las ayudas tendrán, además, el carácter de préstamos hipotecarios sin interés reintegrables en caso de transmisión lucrativa de la vivienda o local en el plazo de diez años desde su efectiva concesión, o convertibles automáticamente en ayudas a fondo perdido, si se mantuviera la propiedad de la vivienda o local durante ese plazo.

    Normativa | Documentación | Tramitación

    Normativa

    Documentación

    • Obras de Comunidad:
      • Solicitud a entregar por quien represente a la Comunidad con su correspondiente documentación. Solicitud comunidad obra común (pdf).
      • Solicitud individual a entregar por los y las propietarias de las viviendas con su correspondiente documentación. Solicitud particular obra común (pdf).
      • Solicitud de certificación de final de obra a entregar por quien represente a la Comunidad una vez finalizada la obra con su correspondiente documentación. Solicitud de certificación final de obras (pdf). Si el coste final de la obra es inferior en un 5% o excede en más de un 10% al presupuesto inicial, se presentará una tabla comparativa entre ambos presupuestos indicando precios unitarios y mediciones en el que se muestren las variaciones surgidas en obra según modelo (pdf).
    • Obras particulares:
      • Solicitud de ayuda para obra particular con su correspondiente documentación. Solicitud de ayuda para obra particular (pdf).
      • Solicitud de certificación de final de obra a entregar una vez finalizada la obra con su correspondiente documentación. Solicitud de certificación final de obras (pdf). Si el coste final de la obra es inferior en un 5% o excede en más de un 10% al presupuesto inicial, se presentará una tabla comparativa entre ambos presupuestos indicando precios unitarios y mediciones en el que se muestren las variaciones surgidas en obra según modelo (pdf).
    • Realización de la “Inspección Técnica de Edificios”:
      • Solicitud a entregar por quien represente a la Comunidad de propietarios y propietarias de edificios de más de 50 años si sólo se solicitan ayudas por dicho informe con su correspondiente documentación. Solicitud Ayudas ITE (pdf).
      • Solicitud a entregar en caso de que se trate de una vivienda unifamiliar. Solicitud ayudas ITE viviendas unifamiliares (pdf).

    Tramitación

    Tramitación presencial

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana así como en el teléfono de información 010 (945 16 11 00).

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    El Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, informa que los datos personales que Vd. nos proporciona serán incluidos en los ficheros automatizados de datos de carácter personal titularidad de esta entidad, cuya finalidad es la realización de tareas propias de la gestión municipal en el ámbito de sus competencias. Si lo desea puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiéndose a las Oficinas de Atención Ciudadana.

  • Ayudas para el transporte a los centros educativos que participan en los programas municipales

    Subvención para el transporte a los centros educativos que participan en los programas educativos del Servicio de Educación del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo | Requisitos | Documentación | Normativa | Tramitación

    Quién

    Centros educativos de Vitoria-Gasteiz.

    Plazo

    Curso 2019- 2020: a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de las bases de esta convocatoria en el BOTHA (nº 70 de 17 de junio de 2019) y hasta el 11 de octubre de 2019.

    Requisitos

    • Impartir enseñanza obligatoria.
    • Tener alumnado que, en todo o en parte, participe en alguno de los programas educativos organizados por el Servicio de Educación del Ayuntamiento, y que para participar hayan necesitado utilizar algún medio de transporte colectivo.

    Documentación

    • Solicitud de subvención
    • Relación de programas educativos, organizados por el Servicio Municipal de Educación, en los que se encuentra inscrito el centro educativo Anexo 1
    • En el caso de solicitar subvención por primera vez o de modificación de datos:
      • NIF.
      • Certificación de la entidad bancaria, del número de cuenta de la que es titular el centro educativo.

    Normativa

    Tramitación

    Tramitación presencial
    Tramitación online

    Requisitos para operar en el Registro electrónico:

    • Es necesario conectarse con una tarjeta de identificación digital.
    • Hay que descargarse y cumplimentar los documentos antes de adjuntarlos.
    • La documentación adjuntada no podrá exceder de 10MB y el nombre del fichero deberá contener menos de 64 caracteres.

    Observaciones

    • Curso 2019-2020:
      • Será objeto de ayudas el gasto soportado por el centro educativo, entre el 2 de septiembre de 2019 y el 19 de junio de 2020, en relación al servicio de transporte colectivo que hubiera sido necesario para el traslado de su alumnado, con motivo de la participación en los programas educativos organizados por el Servicio Municipal de Educación en el curso 2019-2020.
      • Por transporte colectivo se entiende tanto el transporte colectivo público (autobús y tranvía), como el transporte colectivo contratado al efecto por los centros educativos.
      • La justificación de la subvención concedida se realizará antes del 30 de junio de 2020.
    • Documentación para justificaciones (curso 2019-2020):
      • Anexo2
      • Anexos para justificación de las bases generales (): 1-J, 2-J, 3-J, 5-J
      • En el caso de haber hecho uso de transporte colectivo público, el gasto ejecutado podrá justificarse a través de los billetes emitidos al efecto. Todos ellos habrán de ser emitidos el mismo día y hora, y habrán de corresponder al día y trayecto efectuado con motivo de asistencia a un programa educativo.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en el Servicio de Educación, teléfono 945 16 16 16 ext. 6540 y 945 16 12 16 correos electrónicos dberzosa@vitoria-gasteiz.org y allamosas@vitoria-gasteiz.org, o a través del teléfono de información 010 (945 16 11 00)

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.

  • Baja en acometida de aguas para obras

    Baja en suministro de agua para obras.

    Quién

    Personas físicas o jurídicas interesadas.

    Requisitos

    • Solicitar la visita de la inspección, a efectos de examinar la obra y si ésta es conforme, tomará lectura del consumo (este requisito es imprescindible para recuperar la fianza, depositada en AMVISA en el momento de cursar el alta).
    • Liquidar el consumo en el momento de presentar la baja.
    • No se podrá causar baja con recibos impagados.

    Documentación

    • Resguardo original de la fianza depositada en AMVISA.

    AMVISA se reserva la posibilidad de recabar cualquier tipo de documentación complementaria para la correcta gestión del trámite.

    Importe

    Según vigente Ordenanza reguladora de la tasa por prestación de los servicios municipales de abastecimiento y saneamiento de aguas (epígrafe 6.7).

    Tramitación

    .

    Plazos de resolución

    Normativa

    Unidad responsable

    AMVISA.

    Cualquier aclaración sobre este trámite se le proporcionará en las Oficinas de Atención Ciudadana y en AMVISA, así como en los teléfonos de información 010 y 945161100 y en el teléfono de AMVISA 945161000.

    Se podrá remitir la documentación en la forma establecida en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: presencialmente en cualquiera de las oficinas y registros que establece la ley o a través de las oficinas de Correos.

    En cumplimiento con el Reglamento General de Protección de datos (RGPD), se puede consultar la política de privacidad del Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz que tiene como finalidad dar a conocer las condiciones que rigen la recogida y tratamiento de datos personales tanto online en este sitio Web y en cualquiera de sus subdominios, microsites y/o aplicaciones móviles, como offline.


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